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Inscripcion registral

2 Comentarios
 
Inscripcion registral
12/03/2003 12:34
Hola, soy abogado de malaga y descubri ayer esta pagina. Aqui os mando esta consulta y estoy a vuestra dicposicion para lo que pueda ayudaros
Un matrimonio compra una vivienda en 1939 ante notario, no se inscribe en el registro a causa de encontrarse este en reconstrucciion segun indica la escritura.
Tras la muerte del matrimonio heredan la vivienda sus cuatro hijos (sin constarnos acta de notoriedad, declaracion de herederos, cuaderno particional...); posteriormente mediante contrato privado uno de los hermanos compra al resto. Tras ello, un hermano vendedor fallece dejando hijos herederos.
El que compro la finca fallece dejando mujer e hijos mayores de edad, los hijos pretenden inscribir en el registro la propiedad a nombre de uno solo de ellos. ¿Como podemos convertir esta finca en finca registral y que el titular sea el hijo que la familia pretende?
12/03/2003 14:11
Estimado compañero, por lo que planteas entiendo que existen pruebas testificales de todo lo que manifiestas, aparte del documento privado que vendrá firmado por todos los hermanos, y que posiblemente describa el como esa finca llegó a ellos por herencia, y que acuerdan vender al heredero cuyos herederos son tus clientes.
Puedes intentar inscribirla mediante expediente de dominio, haciendo una relación detallada, y a ser posible cronológica del iter traslativo de la finca; aportando todos los documentos que poseas y puedas conseguir; llamando a los testigos que puedan atestiguar todo lo que manifiestas (quienes eran los herederos, la posesión pacífica de los bienes durante años por el padre y esposo de tus clientes, etc.), incluida la de los hermanos del fallecido que aun vivan.
Y has de indicar en el expediente el nombre y dirección de todos los que pudieran tener un interés en esa vivienda, para que sean oidos (hermanos y sobrinos herederos, del padre de tus clientes, y colindantes).
Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
02/04/2003 18:41
Mi consejo es el siguiente: si la finca no consta registrada, lo mejor es olvidarse de su historia y empezar de nuevo; para ello el cliente que la quiera poner a su nombre deberá realizar un Acta de Notoriedad declarando que la finca es de su propiedad, y si estuviera casado,posterior aportación a gananciales, con lo cual tendrá los dos títulos necesarios para su inscripción. Será necesario para el Acta de Notoriedad que en catastro la finca figure amirallada a su nombre.


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Hola, soy abogado de malaga y descubri ayer esta pagina. Aqui os mando esta consulta y estoy a vuestra dicposicion para lo que pueda ayudaros
Un matrimonio compra una vivienda en 1939 ante notario, no se inscribe en el registro a causa de encontrarse este en reconstrucciion segun indica la escritura.
Tras la muerte del matrimonio heredan la vivienda sus cuatro hijos (sin constarnos acta de notoriedad, declaracion de herederos, cuaderno particional...); posteriormente mediante contrato privado uno de los hermanos compra al resto. Tras ello, un hermano vendedor fallece dejando hijos herederos.
El que compro la finca fallece dejando mujer e hijos mayores de edad, los hijos pretenden inscribir en el registro la propiedad a nombre de uno solo de ellos. ¿Como podemos convertir esta finca en finca registral y que el titular sea el hijo que la familia pretende?
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Estimado compañero, por lo que planteas entiendo que existen pruebas testificales de todo lo que manifiestas, aparte del documento privado que vendrá firmado por todos los hermanos, y que posiblemente describa el como esa finca llegó a ellos por herencia, y que acuerdan vender al heredero cuyos herederos son tus clientes.
Puedes intentar inscribirla mediante expediente de dominio, haciendo una relación detallada, y a ser posible cronológica del iter traslativo de la finca; aportando todos los documentos que poseas y puedas conseguir; llamando a los testigos que puedan atestiguar todo lo que manifiestas (quienes eran los herederos, la posesión pacífica de los bienes durante años por el padre y esposo de tus clientes, etc.), incluida la de los hermanos del fallecido que aun vivan.
Y has de indicar en el expediente el nombre y dirección de todos los que pudieran tener un interés en esa vivienda, para que sean oidos (hermanos y sobrinos herederos, del padre de tus clientes, y colindantes).
Un saludo,
emarbra@abogadosdeasturias.com
02/04/2003 18:41
Mi consejo es el siguiente: si la finca no consta registrada, lo mejor es olvidarse de su historia y empezar de nuevo; para ello el cliente que la quiera poner a su nombre deberá realizar un Acta de Notoriedad declarando que la finca es de su propiedad, y si estuviera casado,posterior aportación a gananciales, con lo cual tendrá los dos títulos necesarios para su inscripción. Será necesario para el Acta de Notoriedad que en catastro la finca figure amirallada a su nombre.