tengo una sentencia en la que se declara la obligacion de los demandados de constiuir UNA servidumbre en su local para la instalación de UN ascensor. Se podría inscribir en el registro de la Propiedad?
No son inscribibles la obligación de constituir, transmitir, modificar o extinguir el dominio o un derecho real sobre cualquier inmueble, o la de celebrar en lo futuro cualquiera de los contratos comprendidos en los artículos anteriores, ni en general cualesquiera otras obligaciones o derechos personales, sin perjuicio de que en cada uno de estos casos se inscriba la garantía real constituida para asegurar su cumplimiento, o se tome anotación cuando proceda, de conformidad con el artículo 42 de la Ley.
No obstante, tb lo consultaría con el Registrador de la Propiedad. Saludos¡