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Insolvencia empresario, cantidad fogasa

3 Comentarios
 
01/03/2014 10:33
El plazo de 2 años al que se refiere RH positivo, depende de la provincia, es una vez presentada toda la documentación correcta en la UAP de Fogasa Actualmente hay expedientes que no han sido valorados de Abril/12
Todo esto si el "gobierno" no saca un decreto cambiando la norma como ha hecho en Enero/14
01/03/2014 09:26
Muchas Gracias RH Positivo
01/03/2014 08:02
Mucha preguntas. Lo primero, si no te pagan será poner una demanda por reclamación de cantidad en el Juzgado de lo Social. La indemnización si no supera los límites establecidos en la ley para éste tipo de despidos, no está sujeta a retención.

Una vez exista sentencia favorable, y si la empresa sigue sin pagarte deberás solicitar la ejecución de la sentencia, y entonces si el Juzgado no puede embargar nada te comunicará la insolvencia de la empresa. Es entonces cuando podrás solicitar el pago al FOGASA. El tiempo que trasncurrirá será por poco unos dos años.

El FOGSA sólo garantiza ciertas cantidades. Aquí te dejo un enlace donde se resumen todos los límites que establece el FOGASA (copialo en tu barra de direcciones):

http://www.arhconsultings.com/blog/f-o-g-a-s-a/
Insolvencia empresario, cantidad fogasa
27/02/2014 19:22
Buenos días,

Si un empresario se declara insolvente, de una empresa de más de 25 trabajadores; para un trabajador con un sueldo bruto anual de 30.000€ y cinco años de antiguedad en un despido colectivo objetivo, que cantidad percibiría del fogasa? Cúanto tiempo tarda el fogasa en abonarlo? En un despido objetivo tributa en IRPF; y la cantidad abonada tributa en el IRPF?

Gracias,
Insolvencia empresario, cantidad fogasa | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
01/03/2014 10:33
El plazo de 2 años al que se refiere RH positivo, depende de la provincia, es una vez presentada toda la documentación correcta en la UAP de Fogasa Actualmente hay expedientes que no han sido valorados de Abril/12
Todo esto si el "gobierno" no saca un decreto cambiando la norma como ha hecho en Enero/14
01/03/2014 09:26
Muchas Gracias RH Positivo
01/03/2014 08:02
Mucha preguntas. Lo primero, si no te pagan será poner una demanda por reclamación de cantidad en el Juzgado de lo Social. La indemnización si no supera los límites establecidos en la ley para éste tipo de despidos, no está sujeta a retención.

Una vez exista sentencia favorable, y si la empresa sigue sin pagarte deberás solicitar la ejecución de la sentencia, y entonces si el Juzgado no puede embargar nada te comunicará la insolvencia de la empresa. Es entonces cuando podrás solicitar el pago al FOGASA. El tiempo que trasncurrirá será por poco unos dos años.

El FOGSA sólo garantiza ciertas cantidades. Aquí te dejo un enlace donde se resumen todos los límites que establece el FOGASA (copialo en tu barra de direcciones):

http://www.arhconsultings.com/blog/f-o-g-a-s-a/
Insolvencia empresario, cantidad fogasa
27/02/2014 19:22
Buenos días,

Si un empresario se declara insolvente, de una empresa de más de 25 trabajadores; para un trabajador con un sueldo bruto anual de 30.000€ y cinco años de antiguedad en un despido colectivo objetivo, que cantidad percibiría del fogasa? Cúanto tiempo tarda el fogasa en abonarlo? En un despido objetivo tributa en IRPF; y la cantidad abonada tributa en el IRPF?

Gracias,