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inspeccion de trabajo

4 Comentarios
 
18/01/2007 17:57
Po zi.

Habrá recargos y sanciones, pero hombre, teniendo en cuenta que ha sido poco tiempo no será tan grave. Recargo por un 20 % de la cotización, pero si ha estado 1 mes mas o menos, no será mucho.

La sanción puede ir de 300 a 3000 euros. Lo normal es que os ponga la mínima, entre 300 y 600 euros. Siempre que no estemos hablando de alguien cobrando el paro o un extranjero sin papeles, pues entonces puedes ir preparando mínimo 6000 euros.

MI consejo es que acudais a la Ispección con cara cariacontecida, con aquello de Yo no sabía… y expliqueis lo altruista y deprortivo de la asociación, para que se apiade y os trate bien. Decirle que si a todo, y no será tan grave.

En cuanto al amigo del conocido, consultar mas detalladamente en la asesoría, para ver si ha vuelto o no, sus intenciones si va a demandar o no por despido, por si hay que ingresarle la indemnización por despido, o se le hubiera pasado el plazo,
18/01/2007 14:16
Muchas gracias, stivi. Ya si pretendíamos hacer las cosas bien, pero cada uno trabaja en lo suyo y dedicamos ratillos a la asociación, en fín no es excusa, pero se nos echaron las fiestas encima y.., el caso es que este señor pues ha aprovechado nuestro despiste y nos la ha colao por la escuadra, aunque no pretendíamos tenerlo irregular, y así salió la cosa.
No sé si ahora se puede hacer un contrato con fecha de octubre y dar de alta al trabajador también en esa fecha, se puede? Hay recargos o sanciones por eso?. Colará con el inspector?. Cuánto será la sanción, se podrá pagar poco a poco?. Con la inspección y la sanción acabará todo o el puede ir a también por ésto al juzgado de lo social?. Muchas gracias, si me contestáis.
18/01/2007 12:07
En la Asesoría donde vayáis a tramitar lo del contrato y alta y baja en la SS os van a informar.

Al Inspector hay que llevarle lo que ha pedido.

El libro de visita es un libro que tiene que tener toda empresa, y esa Asociación desde el momento en que tiene un trabajador es una empresa. Teneis que inscribiros como empresa en la SS y diligenciar el libro de visitas, que sirve para que la inspección escriba en él lo que le parece.

Habéis cometido una infracción, que es tener un trabajador sin dar de alta y eso os va a acarrear una sanción.

Yo os recomiendo que vayáis a una asesoría. Quizás lo mejor sea dar de alta al trabajador ya, aunque sea fuera de plazo, y llevarlo a la Inspección, lo que os han pedido.

Otra opción es esperar a la Inspección y hacer lo os mande, que será darle de alta igualmente, cotizar por el con el recargo correspondiente y ya os llegará la sanción.

Una vez que esté dado de alta, le despedís, pagándole la indemnización correspondiente por despido improcedente, ya que al no haber contrato, no hay tampoco periodo de prueba, sino que es fijo desde el principio.

Y para la próxima, ya sabéis, a hacer las cosas bien, que está muy feo tener trabajadores sin dar de alta. Y por otro lado, cuidado con los recomendados de los amigos, que luego pasa lo que pasa.
18/01/2007 09:48
Buenos días, por favor alguna persona entendida en el problema que expuse ayer que me pueda contestar a tantas dudas. Por favor es urgente, necesito ayuda. Gracias.
Inspeccion de trabajo
17/01/2007 15:16
Hola, agradecería que me aconsejárais sobre el siguiente problema.somos una asociación deportiva sin ánimo de lugro y tenemos el uso de un campo de fútbol por arrendamiento con la federación correspondiente, y en ese campo existe una casa que es la vivienda del posible conserje o encargado de las instalaciones desportivas. El problema es que se acordó con una persona, que venía recomendada por un conocido, que fuera el que se encargara del cuidado del campo y viviera en la casa, pero no se le hizo contrato ni se le dio de alta en la seg.soc. Y a los 15 días de vivir en las casa dijo que era mucho trabajo y se le dijo que se marchara porque no habia superado el periodo de prueba, pero no lo hizo. Pasadas las navidades nos han informado que ha llamado a un inspector de trabajo. Quisiera saber qué debemos hacer y qué documentación llevar al inspector;si darlo de alta y hacerle contrato, qué contrato, y comunicarle a finales de mes el despido y darle de baja?.qué es el libro de visita de la seg.soc que dice el inspector que hay que llevar con el alta y la baja seg.soc.queremos hacerlo nosotros sin más gastos.vamos a una gestoria para que tramiten lo del contrato y la alta y la posterior baja. Qué llevamos al inspector. Qué puede pasar o qué va a pasar. Son muchas preguntas pero si me las contestáis me ayudaríais muchísimo, estamos desorientados y agobiados. Muchas gracias.
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18/01/2007 17:57
Po zi.

Habrá recargos y sanciones, pero hombre, teniendo en cuenta que ha sido poco tiempo no será tan grave. Recargo por un 20 % de la cotización, pero si ha estado 1 mes mas o menos, no será mucho.

La sanción puede ir de 300 a 3000 euros. Lo normal es que os ponga la mínima, entre 300 y 600 euros. Siempre que no estemos hablando de alguien cobrando el paro o un extranjero sin papeles, pues entonces puedes ir preparando mínimo 6000 euros.

MI consejo es que acudais a la Ispección con cara cariacontecida, con aquello de Yo no sabía… y expliqueis lo altruista y deprortivo de la asociación, para que se apiade y os trate bien. Decirle que si a todo, y no será tan grave.

En cuanto al amigo del conocido, consultar mas detalladamente en la asesoría, para ver si ha vuelto o no, sus intenciones si va a demandar o no por despido, por si hay que ingresarle la indemnización por despido, o se le hubiera pasado el plazo,
18/01/2007 14:16
Muchas gracias, stivi. Ya si pretendíamos hacer las cosas bien, pero cada uno trabaja en lo suyo y dedicamos ratillos a la asociación, en fín no es excusa, pero se nos echaron las fiestas encima y.., el caso es que este señor pues ha aprovechado nuestro despiste y nos la ha colao por la escuadra, aunque no pretendíamos tenerlo irregular, y así salió la cosa.
No sé si ahora se puede hacer un contrato con fecha de octubre y dar de alta al trabajador también en esa fecha, se puede? Hay recargos o sanciones por eso?. Colará con el inspector?. Cuánto será la sanción, se podrá pagar poco a poco?. Con la inspección y la sanción acabará todo o el puede ir a también por ésto al juzgado de lo social?. Muchas gracias, si me contestáis.
18/01/2007 12:07
En la Asesoría donde vayáis a tramitar lo del contrato y alta y baja en la SS os van a informar.

Al Inspector hay que llevarle lo que ha pedido.

El libro de visita es un libro que tiene que tener toda empresa, y esa Asociación desde el momento en que tiene un trabajador es una empresa. Teneis que inscribiros como empresa en la SS y diligenciar el libro de visitas, que sirve para que la inspección escriba en él lo que le parece.

Habéis cometido una infracción, que es tener un trabajador sin dar de alta y eso os va a acarrear una sanción.

Yo os recomiendo que vayáis a una asesoría. Quizás lo mejor sea dar de alta al trabajador ya, aunque sea fuera de plazo, y llevarlo a la Inspección, lo que os han pedido.

Otra opción es esperar a la Inspección y hacer lo os mande, que será darle de alta igualmente, cotizar por el con el recargo correspondiente y ya os llegará la sanción.

Una vez que esté dado de alta, le despedís, pagándole la indemnización correspondiente por despido improcedente, ya que al no haber contrato, no hay tampoco periodo de prueba, sino que es fijo desde el principio.

Y para la próxima, ya sabéis, a hacer las cosas bien, que está muy feo tener trabajadores sin dar de alta. Y por otro lado, cuidado con los recomendados de los amigos, que luego pasa lo que pasa.
18/01/2007 09:48
Buenos días, por favor alguna persona entendida en el problema que expuse ayer que me pueda contestar a tantas dudas. Por favor es urgente, necesito ayuda. Gracias.
Inspeccion de trabajo
17/01/2007 15:16
Hola, agradecería que me aconsejárais sobre el siguiente problema.somos una asociación deportiva sin ánimo de lugro y tenemos el uso de un campo de fútbol por arrendamiento con la federación correspondiente, y en ese campo existe una casa que es la vivienda del posible conserje o encargado de las instalaciones desportivas. El problema es que se acordó con una persona, que venía recomendada por un conocido, que fuera el que se encargara del cuidado del campo y viviera en la casa, pero no se le hizo contrato ni se le dio de alta en la seg.soc. Y a los 15 días de vivir en las casa dijo que era mucho trabajo y se le dijo que se marchara porque no habia superado el periodo de prueba, pero no lo hizo. Pasadas las navidades nos han informado que ha llamado a un inspector de trabajo. Quisiera saber qué debemos hacer y qué documentación llevar al inspector;si darlo de alta y hacerle contrato, qué contrato, y comunicarle a finales de mes el despido y darle de baja?.qué es el libro de visita de la seg.soc que dice el inspector que hay que llevar con el alta y la baja seg.soc.queremos hacerlo nosotros sin más gastos.vamos a una gestoria para que tramiten lo del contrato y la alta y la posterior baja. Qué llevamos al inspector. Qué puede pasar o qué va a pasar. Son muchas preguntas pero si me las contestáis me ayudaríais muchísimo, estamos desorientados y agobiados. Muchas gracias.