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Inspección en un bar

2 Comentarios
 
26/09/2003 18:19
gracias, Pang, pero es que el jubilado jamás ha trabajado allí, si no en una empresa, ¿basta con comunicarlo?,

y respecto a la mujer ella no trabajaba en el bar en el momento de la inspección ni antes, pero luego se le dio de alta , y ahora ello le dan de alta desde la fecha de la inspección ¿que hago, si ella realmente trabaja desde unas semanas DESPUES DE LA INSPECCIÓN?
26/09/2003 13:46
En cuanta al alta de oficio del jubilado habrá que comunicar que ya no sigue trabajando allí (¿porqué no sigue trabajando, no?), por lo que respecta a la trabajadora sí sigue trabajando, con lo cuál no hay ningún problema.
Las normas de procedimiento impiden que el expediente esté más de tres meses sin actuación alguna, por parte de la inspección,pero seguro que después de la visita habrá citación o citaciones y algún requierimiento en el libro de Vistias, por tanto dudo mucho que se pueda alegar caducidad del procedimiento, que además puede prolongarse, sin interrupciones superiores a tres meses, hasta un máximo de 6 meses.
Inspección en un bar
26/09/2003 13:05
-Hace unos meses tuvimos en mi bar una inspección, y nos sancionaron por que en la cocina estaba la mujer de uno de los socios y un amigo que está jubilado. Realmente ninguno de los dos trabajaba allí. Ahora la mujer si ha sido contratado y dada de alta en el régimen general de la ss, pero no por supuesto el jubilado que repito no trabaja alli. La cuestion es hemos recibido de la seguridad social un alta de oficio en la seguridad social tanto de la mujer como del jubilado desde la fecha de la inspeccion. Pregunto:
-¿que puedo alegar como defensa?
-¿que documentos puedo aportar?. El es jubilado y ella ya esta dada de alta.
-El acta de la inspeccion fue recurrida, ¿no podemos pedir qeu se suspenda estas altas hasta qeu se resuleva el recurso en via administrativa?
-la inspeccion fue en fecha 10-05-03 y me comunican las altas el día 18 de septiembre ¿ha prescrito?
-¿podeis ayudarme?. Es injusto.
Inspección en un bar | PorticoLegal
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26/09/2003 18:19
gracias, Pang, pero es que el jubilado jamás ha trabajado allí, si no en una empresa, ¿basta con comunicarlo?,

y respecto a la mujer ella no trabajaba en el bar en el momento de la inspección ni antes, pero luego se le dio de alta , y ahora ello le dan de alta desde la fecha de la inspección ¿que hago, si ella realmente trabaja desde unas semanas DESPUES DE LA INSPECCIÓN?
26/09/2003 13:46
En cuanta al alta de oficio del jubilado habrá que comunicar que ya no sigue trabajando allí (¿porqué no sigue trabajando, no?), por lo que respecta a la trabajadora sí sigue trabajando, con lo cuál no hay ningún problema.
Las normas de procedimiento impiden que el expediente esté más de tres meses sin actuación alguna, por parte de la inspección,pero seguro que después de la visita habrá citación o citaciones y algún requierimiento en el libro de Vistias, por tanto dudo mucho que se pueda alegar caducidad del procedimiento, que además puede prolongarse, sin interrupciones superiores a tres meses, hasta un máximo de 6 meses.
Inspección en un bar
26/09/2003 13:05
-Hace unos meses tuvimos en mi bar una inspección, y nos sancionaron por que en la cocina estaba la mujer de uno de los socios y un amigo que está jubilado. Realmente ninguno de los dos trabajaba allí. Ahora la mujer si ha sido contratado y dada de alta en el régimen general de la ss, pero no por supuesto el jubilado que repito no trabaja alli. La cuestion es hemos recibido de la seguridad social un alta de oficio en la seguridad social tanto de la mujer como del jubilado desde la fecha de la inspeccion. Pregunto:
-¿que puedo alegar como defensa?
-¿que documentos puedo aportar?. El es jubilado y ella ya esta dada de alta.
-El acta de la inspeccion fue recurrida, ¿no podemos pedir qeu se suspenda estas altas hasta qeu se resuleva el recurso en via administrativa?
-la inspeccion fue en fecha 10-05-03 y me comunican las altas el día 18 de septiembre ¿ha prescrito?
-¿podeis ayudarme?. Es injusto.