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Inspección seg.social

1 Comentarios
 
Inspección seg.social
09/04/2019 19:57
Buenas tardes,
Durante los años 2016 y 2017, fuí propietario de una franquicia de Yoigo. El otro día me requirierion para una inspección de la S.S. Se dieron cuenta de que facturé durante dos meses en los que yo estaba de baja por I.T. y cobraba por ello. Yo le dije al inspector que esas facturas las hice yo en casa y que correspondían a contratos anteriores a la baja (cosa incierta ya que tuve que trabajar durante dos meses de mi baja que duró 1 anyo y medio y posteriormente me concedieron una incapacidad permanente total). Yo comencé la it el 10 de abril i el 20 de junio cesé la actividad.

Este jueves 11 de abril me han citado para presentar los contratos.

He pensado en modificar la fecha de los contratos para dar credibilidad a lo que dije en su momento, pero tengo miedo que los cotejen con Yoigo y tenga serios problemas.

La pregunta es: ¿Lo hago? o digo la verdad i acarreo con las consecuencias?. A que me expongo si digo la verdad? ¿Me pueden quitar la pensión que cobro?

Hay que decir que para darme la incapacidad se basaron en mi trabajo anterior, que nada tiene que ver con la tienda.
¿ Me la pueden quitar? ¿ Me sancionarán por mucha cantidad?

Espero sus respuestas. Muchas gracias.
10/04/2019 18:22
Ivan74
Estimado Ivan74,

La decisión de faltar a la verdad (y manipular documentos) depende exclusivamente de usted, lo que si es cierto es que la inspección cuenta con medios para acceder a toda la documentación oportuna y puede que al final acaben descubriendo la irregularidad.

Respeto a la cuantía que deberá pagar si finalmente lo sancionan pueden ir desde 60 euros hasta 180 mil euros, dependiendo de si el inspector califica la sanción como leve, grave o muy grave y el grado de cada una de ellas, pero por los dos meses que usted comenta no creo que llegue a una suma desproporcionada.

De cualquier forma una vez que le comuniquen la infracción y propuesta de sanción cuenta con un plazo para impugnarla. La impugnación no tiene por que centrarse unicamente en el hecho en si (la realidad o no), sino también en la cuantía que se le impone porque pueda resultar "excesiva" para los hechos cometidos.

Por ultimo, en cuanto a la posibilidad de que le quiten la incapacidad permanente, la misma podrá ser revisada de oficio e incluso revocada, pero no van a quitarsela como "castigo" por este hecho.
Inspección seg.social | PorticoLegal
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Inspección seg.social
09/04/2019 19:57
Buenas tardes,
Durante los años 2016 y 2017, fuí propietario de una franquicia de Yoigo. El otro día me requirierion para una inspección de la S.S. Se dieron cuenta de que facturé durante dos meses en los que yo estaba de baja por I.T. y cobraba por ello. Yo le dije al inspector que esas facturas las hice yo en casa y que correspondían a contratos anteriores a la baja (cosa incierta ya que tuve que trabajar durante dos meses de mi baja que duró 1 anyo y medio y posteriormente me concedieron una incapacidad permanente total). Yo comencé la it el 10 de abril i el 20 de junio cesé la actividad.

Este jueves 11 de abril me han citado para presentar los contratos.

He pensado en modificar la fecha de los contratos para dar credibilidad a lo que dije en su momento, pero tengo miedo que los cotejen con Yoigo y tenga serios problemas.

La pregunta es: ¿Lo hago? o digo la verdad i acarreo con las consecuencias?. A que me expongo si digo la verdad? ¿Me pueden quitar la pensión que cobro?

Hay que decir que para darme la incapacidad se basaron en mi trabajo anterior, que nada tiene que ver con la tienda.
¿ Me la pueden quitar? ¿ Me sancionarán por mucha cantidad?

Espero sus respuestas. Muchas gracias.
10/04/2019 18:22
Ivan74
Estimado Ivan74,

La decisión de faltar a la verdad (y manipular documentos) depende exclusivamente de usted, lo que si es cierto es que la inspección cuenta con medios para acceder a toda la documentación oportuna y puede que al final acaben descubriendo la irregularidad.

Respeto a la cuantía que deberá pagar si finalmente lo sancionan pueden ir desde 60 euros hasta 180 mil euros, dependiendo de si el inspector califica la sanción como leve, grave o muy grave y el grado de cada una de ellas, pero por los dos meses que usted comenta no creo que llegue a una suma desproporcionada.

De cualquier forma una vez que le comuniquen la infracción y propuesta de sanción cuenta con un plazo para impugnarla. La impugnación no tiene por que centrarse unicamente en el hecho en si (la realidad o no), sino también en la cuantía que se le impone porque pueda resultar "excesiva" para los hechos cometidos.

Por ultimo, en cuanto a la posibilidad de que le quiten la incapacidad permanente, la misma podrá ser revisada de oficio e incluso revocada, pero no van a quitarsela como "castigo" por este hecho.