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Instalación de casa de madera sobre suelo rústico

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05/03/2008 16:55
Mapm, te estás equivocando al contestar de esa forma, dado que tú contestas sobre la normativa de tu comunidad, que es diferente a la de Percasol.

Por ejemplo, la normativa de Comunidad Valenciana ha sido sancionada por permitir lo que tú indicas y, es posible, que dentro de poco tengan que empezar a ordenar demoliciones construidas bajo esa ley.

Además, después, cada Ayuntamiento aplica sus propias normas sobre la normativa de su comunidad, y lo que vale en un Ayuntamiento, no vale en otro situado a 5 km.
02/04/2008 15:13
Buenos días, necesito ayuda, he colocado una caseta de madera para herramientas de 3x3 en mi parcela rustica sin permiso , ya que he estado solicitando permiso para construir apero y me informan que no es posible porque supuestamente pertenece a el LIC , mi miedo es ahora que me digan algo por haberlo hecho y no como debo actuar si me dicen algo, que debo decir para evitar algún conflicto, unos amigos ya lo han hecho y me informaron que podía colocar por lo menos a una caseta de herramientas sin decir nada ni pedir permiso , ya que el ayuntamiento siempre dice que no, Mucho agradecería su ayuda, gracias
02/04/2008 15:29
Buenos días, necesito ayuda, he colocado una caseta de madera para herramientas de 3x3 en mi parcela rustica sin permiso , ya que he estado solicitando permiso para construir apero y me informan que no es posible porque supuestamente pertenece a el LIC , mi miedo es ahora que me digan algo por haberlo hecho y no como debo actuar si me dicen algo, que debo decir para evitar algún conflicto, unos amigos ya lo han hecho y me informaron que podía colocar por lo menos a una caseta de herramientas sin decir nada ni pedir permiso , ya que el ayuntamiento siempre dice que no, Mucho agradecería su ayuda, gracias .
03/04/2008 10:27
Buenos días, necesito ayuda, he colocado una caseta de madera para herramientas de 3x3 en mi parcela rustica sin permiso , ya que he estado solicitando permiso para construir apero y me informan que no es posible porque supuestamente pertenece a el LIC , mi miedo es ahora que me digan algo por haberlo hecho y no como debo actuar si me dicen algo, que debo decir para evitar algún conflicto, unos amigos ya lo han hecho y me informaron que podía colocar por lo menos a una caseta de herramientas sin decir nada ni pedir permiso , ya que el ayuntamiento siempre dice que no, Mucho agradecería su ayuda, gracias .
08/04/2008 19:02
para mapm: das consejos a percasol "siempre que el terreno tuyo no esté protegido" y si lo esta ke pasa?? ke es rustico comun?? cuantos metros debe estar separado de una zona protegida?? quien marca esos limites y donde se pueden consultar?? gracias aquien me ayude
09/04/2008 16:11
Para vitoarenas y mapm, un saludo atodos, hice un escrito a la junta de extremadura de energia, industria y medio ambiente ¨ace mes y medio¨ y me contestaron ace unas dos semanas, que por ellos no avia ningun problema y que iban a embiar un escrito al ayuntamiento, ya que yo tuve que embiarlo a traves del ayuntamiento, y el ayuntamiento tadavia no a recibido nada o eso es lo que dicen, hable con el alcalde y me dijo que si el medio ambiente no ponia pegas el tanpoco y se lo pedi por escrito y me dijo que si. Un saludo cual seria el siguiente paso o cuando tenga las dos cosas tiro para adelante sin mas.
09/04/2008 16:26
me podrias decir mas o menos ke ponias en ese escrito z ke pedias exactamente??
09/04/2008 23:55
hola a todos,bueno de nuevo por aquí despues dde unos dias de ausencia.
Tn,no me estoy equivocando,sé donde piso y sé lo que digo.Precisamente yó tambien estoy en la " comunidad Valenciana " y a no mas lejos de 30 Km hacia el interior.En este Termino,estan costruyendo,bueno,haciendose casitas sin ton ni son,saltandose las normas todos menos dos,o sea yo y otro señor.Aquí,previos todos los tramites que tengas que salvar,que no son pocos,puedes construir,siempre que tengas mas de 10000 mts de parcela,proyecto de obra,aguas sucias,etc.Y lo que hay que tener claro es que no sea protegido.
Una vez concluya la obra,que aun tardaré ya que los euross se acaban,se me dará Licencia de ocupacion para el tema de electricidad.
Aqui en este termino,han puesto casas de madera y han sido sancionadas,pero hay estan hace más de cuatro años,no sé si les daran orden de demolicion,pero repito como he dicho otras veces no han tirado ninguna.Ojo,que no sirva de precedente y luego me digan que hago mal en aconsejar.Yo no aconsejo a nadie,que cada cual se apañe con su cada cuala.
Tn,mira la normativa de suelo de Finestrat y veras como se puede construir en rustico.
Yo soy medio agricultor ya que así cotizo a la S.Social en parte,y veo que mucha gente dice " construir una casa de aperos " pero que aaperos? si no tienen ni arboles ni agricultura en produccion,aquí conozco a varios que la casa de aperos tiene : Parabolica digital,paellero,cuarto de baño,garage,habitaciones y comedor etc,etc pero no tienen ni una mula mecanica,¿que casa dde aperos ?.
VITOARENAS.rustico comun es el campo normal y corriente que no está protegido por proteccionde bosques o parajes naturales y eso te lo informara el tecnico del ayuntamiento.
Bueno,espero haberos entretenido un rato.saludoss
10/04/2008 09:34
Mapm, lee con atención lo que te he dicho

" te estás equivocando al contestar de esa forma, dado que tú contestas sobre la normativa de tu comunidad, que es diferente a la de Percasol"

"la normativa de Comunidad Valenciana ha sido sancionada por permitir lo que tú indicas y, es posible, que dentro de poco tengan que empezar a ordenar demoliciones construidas bajo esa ley"

Por lo que:

1.- Estás contestando con lo que pasa en tu comunidad (Valencia) pero Percasol es de Extremadura, no le puedes dar una contestación siendo de una comunidad diferente, pues la legislación no es lo misma, lo entiendes ahora?

2.- Lo que permite la ley urbanística de la Comunidad Valenciana, ha sido sancionado por los tribunales europeos y los que han construido siguiendo esa normativa, se pueden encontrar con casas fuera de ordenación, el problema pasará al Gobierno de Valencia, porque tendrá que decidir entre cumplir con Europa y dejarlas fuera de ordenación (tras lo cual les lloveran demandas a miles si no indemnizan) o dejarlo como esta y que Europa actue.

3.- Repito lo de los Ayuntamientos, cada cual tiene su propia normativa, pueden ser iguales (si se limitan a repetir lo que indica la ley de su comunidad) o pueden ser muy diferentes.
10/04/2008 18:45
para percasol: he leído los mensajes relativos a tu consulta y he decirte que no estás dirigiendo correctamente tu solicitud. Te explico: para poder construir sobre suelo no urbanizable en Extremadura se precisan dos actos diferentes: calificación urbanística a otorgar por la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio (Consejería de Fomento. Junta de Extremadura. Av/ Vía de la Plata, 31. 06800-Mérida. Tlf. 924.930.000) y licencia urbanística municipal. La solicitud de licencia debe presentarse ante el Ayuntamiento y será éste quien remitirá la solicitud a la Consejería de Fomento solicitando la calificación (arts. 18 a 29 de la Ley 15/2001, de 14 de Diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura). Los requisitos que debe cumplir el proyecto pueden resumirse en los siguientes: 1. deben incorporarse todos los informes de otros órganos que puedan resultar afectados según la ubicación concreta de la, supongo, vivienda (ten en cuenta que si es una vivienda no se precisa de informe de impacto ambiental según la sentencia del TSJ de Extremadura de 26 de abril de 2005 pero sí van a pedirte un informe de no afección a espacios naturales protegidos); 2.el proyecto debe ajustarse al planeamiento urbanístico municipal en vigor (alturas, ocupación, etc...) 3. en cuanto a la parcela mínima, probablemente exista en el planeamiento una coincidencia entre ésta y la unidad mínima de cultivo por lo que te recomiendo que compruebes el tipo de suelo (secano, regadío o forestal) del que dispones. Probablemente esas 8 hectáreas correspondan a suelo forestal o secano. Como regla general en el norte de Cáceres se prevén 7.500 metros cuadrados para terrenos de regadío (en este caso se aplicarían los 15.000 metros previstos por el art. 26 de la Ley).
Espero haberte ayudado en tu cuestión.
Saludos.
11/04/2008 23:24
Tn, ok,disculpa y te pido mil perdones pues ha pesar de haber leido varias veces el tema este,no me percaté del error ya que efectivamente es de Caceres.ya te digo,disculpa por el error.
Aprovecho para decirte.. despues de todo lo solicitado al ayunta,y de construir una casa en suelo rustico ( mi caso ),si me han aprobado la licencia,podrian demolerlo si la Comunidad Europea lo considera preciso?.Veras que explico que soy medio agricultor y el otro medio soy empresario de la Restauración,ya que así tambien se llama a los que tocamos el tema de Restaurante.Bueno,me preocupa un poco lo de la sancion ya que no muy lejano,quiero realizar Turismo Rural en esta casa pues estoy invirtiendo mis ahorros y sacrificios de varios años en decorarla y adaptarla al medio rural,comprando puertass antiguass,tejas,rejas en fin todo.
Dime en que B.O.E o donde puede ver esa sancion.
Muy agradecido por todo y te reitero mil perdones.¿ok?. saludos
12/04/2008 13:05
Sin ánimo de entrometerme, lo que te dice TN, que me corrija si me equivoco, es que los tribunales europeos han declarado-sancionado que no es conforme a Derecho la Ley Urbanística Valenciana, pero ello no significa que se te vaya a sancionar-multar por construir tu casa, puesto que su construcción dispone de licencia municipal.

La verdad es que ignoro si los tribunales europeos han declarado nula en su totalidad o parcialmente la Ley del Suelo valenciana, podría darse el caso de que el tipo de construcción que estás realizando y en el suelo que dices, se ajuste a la normativa europea y no resultase afectada por la sentencia.

Pero también podría darse el caso contrario, que como te digo no lo se, de que las edificaciones que se construyan en ese tipo de suelo, aún con licencia, infrinjan el ordenamiento urbanístico europeo, en ésta supuesto te podrías encontrar con dos posibles situaciones.

1) Que el Gobierno de Valencia impugne esa sentencia alegando, por ejemplo, que el coste de la restauración del ordenamiento jurídico comunitario infringido, será superior al valor del interés público que se pretende proteger con esa sentencia y, aceptándola declare fuera de ordenación todas esas construcciones realizadas con licencia.

La consecuencia que comportaría esa declaración, que debería reflejarse en la Ley, es que en esas edificaciones sólamente se podrían realizar obras de conservación o mantenimiento, nunca se te concedería licencia para realizar obras que supusieran una modificación estructural de la casa o una ampliación de la superficie construída conforme a la licincia que ahora tienes concedida.

2) Que la sentencia determine que las licencias otorgadas no son conforme al ordenamiento urbanístico comunitario y exija que se restaure la legalidad infringida, ordenando la demolición de lo ilegalmente construído.

En éste supuesto se te deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se te hayan causado, precísamente por que tu casa se ha construído con la preceptiva licencia, pero ojo, se te debe indemnizar lo construído conforme al proyecto de ejecución y la licencia otorgada, lo construído en exceso no se te incluirá en el correspondiente expediente de valoración de la indemnización.

Un saludo.
12/04/2008 22:54
La diferencia entre casa de madera en suelo rústico y roulotte en el mismo tipo de suelo es la siguiente:

Una edificación en suelo rústico, es más dificilmente fiscalizable a efecto de impuestos, sobre todo si el catastro no ha tipificado la zona.

Una roulotte paga impuestos desde el mismo momento que se compra, tanto a la Admon. central como a la local.

Por eso, algunos, la mayoría de ayuntamientos, ponen impedimentos par ala instalación de edificaciones de madera.

Un saludo

13/04/2008 20:13
Para cmcjmhr perdona osea que posiblemente no me pongan pegas por la caseta de herramientas que coloque de 3x3? o si ? te lo pregunto ya que veo que creo que tienes algo de conocimientos, la caseta solo es par acolocar cosas dentro y protegerlas del la lluvia y el tiempo, mucho agradeceria que me ayudaras. gracias
14/04/2008 07:58
Procura ponerla, o bien un viernes por la tarde, o un sábado por la mañana.
¿Por qué?. Muy sencillo, a esas horas, no trabajan los inspectores de Urbanismo. No sea que pasen por allí a esas horas.
No sólo se trata de cumplir la ley, sin de que no te cojan.
A hechos consumados, si no te cogen en el ajo,....
Suerte
14/04/2008 08:22
Para tenerifel. No te induzco a que no cumplas le ley, lo que te quiero decir, es que la ley te dice que no puedes instalar la caseta, por tanto,si estás decidido a instalarla, bajo tu responsabilidad, debes evitar provocar a los inspectores. Debido a ello, no puedes ir preguntando a la Admón local si puedes instalarla.
Te pongo por caso un ceda el paso en en una calle: ¿Me lo puedo saltar?,.... si no te ven, allá tu con tu responsabilidad,. Es una decisión personal el saltarse o no la ley. Que cada palo aguante su vela.
14/04/2008 09:48
Gracias cmcjmhr , de todos modos te digo asi sea una caseta que no es casa ni nada ni esta pegada al suelo sino con madera ademas de ser 3x3 y solo es para colocar herramientas? ..... habria problema con eso? jo no entiendo osea que nada de nada? mi correo es viangame@hotmail.com
14/04/2008 16:25
para poho, y despues de acer todo esto tu cres que me diran que si o que no, por que estoy asta las narices de tanto estoria. y me pregunto si tengo que acer lo mismo para una movil que para una casa de ladrillo por que en el medio ambiente me dijeron que era mas facil para una de madera, y si es lo mismo para que me voy a poner una de madera pudiendo poner ladrillo.
14/04/2008 22:37
Para tenerifel.

Amigo, yo no sé que tipo de ordenanzas existen en tu localidad. Lo mejor es que envíes a una persona de tu confianza a consultar en Urbanismo. No vayas personalmente. Con la información que reciba esa persona, ya sabrás a que atenerte. Si tu vas y te dicen que no, sería desobediencia si la colocas
De todas formas, mira a tu alrededor y te harás cargo del nivel de permisividad que existe en estos casos. Si ves muchas casetas de herramientas, es que no pasa nada.
Pero por una caseta, de la condición que dices, donde yo vivo, ni se procupan. Cosas gordas hay como para que estén pendientes de una caseta de 3x3 m2.

Yo no me preocuparía tanto.

Un saludo
15/04/2008 09:06
Muchas Gracias cmcjmhr , haber que sucede lo unico que se es que no es para vivir ni mucho menos es solo para colocar las cosas y no se me dañen , Gracias.
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Instalación de casa de madera sobre suelo rústico

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05/03/2008 16:55
Mapm, te estás equivocando al contestar de esa forma, dado que tú contestas sobre la normativa de tu comunidad, que es diferente a la de Percasol.

Por ejemplo, la normativa de Comunidad Valenciana ha sido sancionada por permitir lo que tú indicas y, es posible, que dentro de poco tengan que empezar a ordenar demoliciones construidas bajo esa ley.

Además, después, cada Ayuntamiento aplica sus propias normas sobre la normativa de su comunidad, y lo que vale en un Ayuntamiento, no vale en otro situado a 5 km.
02/04/2008 15:13
Buenos días, necesito ayuda, he colocado una caseta de madera para herramientas de 3x3 en mi parcela rustica sin permiso , ya que he estado solicitando permiso para construir apero y me informan que no es posible porque supuestamente pertenece a el LIC , mi miedo es ahora que me digan algo por haberlo hecho y no como debo actuar si me dicen algo, que debo decir para evitar algún conflicto, unos amigos ya lo han hecho y me informaron que podía colocar por lo menos a una caseta de herramientas sin decir nada ni pedir permiso , ya que el ayuntamiento siempre dice que no, Mucho agradecería su ayuda, gracias
02/04/2008 15:29
Buenos días, necesito ayuda, he colocado una caseta de madera para herramientas de 3x3 en mi parcela rustica sin permiso , ya que he estado solicitando permiso para construir apero y me informan que no es posible porque supuestamente pertenece a el LIC , mi miedo es ahora que me digan algo por haberlo hecho y no como debo actuar si me dicen algo, que debo decir para evitar algún conflicto, unos amigos ya lo han hecho y me informaron que podía colocar por lo menos a una caseta de herramientas sin decir nada ni pedir permiso , ya que el ayuntamiento siempre dice que no, Mucho agradecería su ayuda, gracias .
03/04/2008 10:27
Buenos días, necesito ayuda, he colocado una caseta de madera para herramientas de 3x3 en mi parcela rustica sin permiso , ya que he estado solicitando permiso para construir apero y me informan que no es posible porque supuestamente pertenece a el LIC , mi miedo es ahora que me digan algo por haberlo hecho y no como debo actuar si me dicen algo, que debo decir para evitar algún conflicto, unos amigos ya lo han hecho y me informaron que podía colocar por lo menos a una caseta de herramientas sin decir nada ni pedir permiso , ya que el ayuntamiento siempre dice que no, Mucho agradecería su ayuda, gracias .
08/04/2008 19:02
para mapm: das consejos a percasol "siempre que el terreno tuyo no esté protegido" y si lo esta ke pasa?? ke es rustico comun?? cuantos metros debe estar separado de una zona protegida?? quien marca esos limites y donde se pueden consultar?? gracias aquien me ayude
09/04/2008 16:11
Para vitoarenas y mapm, un saludo atodos, hice un escrito a la junta de extremadura de energia, industria y medio ambiente ¨ace mes y medio¨ y me contestaron ace unas dos semanas, que por ellos no avia ningun problema y que iban a embiar un escrito al ayuntamiento, ya que yo tuve que embiarlo a traves del ayuntamiento, y el ayuntamiento tadavia no a recibido nada o eso es lo que dicen, hable con el alcalde y me dijo que si el medio ambiente no ponia pegas el tanpoco y se lo pedi por escrito y me dijo que si. Un saludo cual seria el siguiente paso o cuando tenga las dos cosas tiro para adelante sin mas.
09/04/2008 16:26
me podrias decir mas o menos ke ponias en ese escrito z ke pedias exactamente??
09/04/2008 23:55
hola a todos,bueno de nuevo por aquí despues dde unos dias de ausencia.
Tn,no me estoy equivocando,sé donde piso y sé lo que digo.Precisamente yó tambien estoy en la " comunidad Valenciana " y a no mas lejos de 30 Km hacia el interior.En este Termino,estan costruyendo,bueno,haciendose casitas sin ton ni son,saltandose las normas todos menos dos,o sea yo y otro señor.Aquí,previos todos los tramites que tengas que salvar,que no son pocos,puedes construir,siempre que tengas mas de 10000 mts de parcela,proyecto de obra,aguas sucias,etc.Y lo que hay que tener claro es que no sea protegido.
Una vez concluya la obra,que aun tardaré ya que los euross se acaban,se me dará Licencia de ocupacion para el tema de electricidad.
Aqui en este termino,han puesto casas de madera y han sido sancionadas,pero hay estan hace más de cuatro años,no sé si les daran orden de demolicion,pero repito como he dicho otras veces no han tirado ninguna.Ojo,que no sirva de precedente y luego me digan que hago mal en aconsejar.Yo no aconsejo a nadie,que cada cual se apañe con su cada cuala.
Tn,mira la normativa de suelo de Finestrat y veras como se puede construir en rustico.
Yo soy medio agricultor ya que así cotizo a la S.Social en parte,y veo que mucha gente dice " construir una casa de aperos " pero que aaperos? si no tienen ni arboles ni agricultura en produccion,aquí conozco a varios que la casa de aperos tiene : Parabolica digital,paellero,cuarto de baño,garage,habitaciones y comedor etc,etc pero no tienen ni una mula mecanica,¿que casa dde aperos ?.
VITOARENAS.rustico comun es el campo normal y corriente que no está protegido por proteccionde bosques o parajes naturales y eso te lo informara el tecnico del ayuntamiento.
Bueno,espero haberos entretenido un rato.saludoss
10/04/2008 09:34
Mapm, lee con atención lo que te he dicho

" te estás equivocando al contestar de esa forma, dado que tú contestas sobre la normativa de tu comunidad, que es diferente a la de Percasol"

"la normativa de Comunidad Valenciana ha sido sancionada por permitir lo que tú indicas y, es posible, que dentro de poco tengan que empezar a ordenar demoliciones construidas bajo esa ley"

Por lo que:

1.- Estás contestando con lo que pasa en tu comunidad (Valencia) pero Percasol es de Extremadura, no le puedes dar una contestación siendo de una comunidad diferente, pues la legislación no es lo misma, lo entiendes ahora?

2.- Lo que permite la ley urbanística de la Comunidad Valenciana, ha sido sancionado por los tribunales europeos y los que han construido siguiendo esa normativa, se pueden encontrar con casas fuera de ordenación, el problema pasará al Gobierno de Valencia, porque tendrá que decidir entre cumplir con Europa y dejarlas fuera de ordenación (tras lo cual les lloveran demandas a miles si no indemnizan) o dejarlo como esta y que Europa actue.

3.- Repito lo de los Ayuntamientos, cada cual tiene su propia normativa, pueden ser iguales (si se limitan a repetir lo que indica la ley de su comunidad) o pueden ser muy diferentes.
10/04/2008 18:45
para percasol: he leído los mensajes relativos a tu consulta y he decirte que no estás dirigiendo correctamente tu solicitud. Te explico: para poder construir sobre suelo no urbanizable en Extremadura se precisan dos actos diferentes: calificación urbanística a otorgar por la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio (Consejería de Fomento. Junta de Extremadura. Av/ Vía de la Plata, 31. 06800-Mérida. Tlf. 924.930.000) y licencia urbanística municipal. La solicitud de licencia debe presentarse ante el Ayuntamiento y será éste quien remitirá la solicitud a la Consejería de Fomento solicitando la calificación (arts. 18 a 29 de la Ley 15/2001, de 14 de Diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura). Los requisitos que debe cumplir el proyecto pueden resumirse en los siguientes: 1. deben incorporarse todos los informes de otros órganos que puedan resultar afectados según la ubicación concreta de la, supongo, vivienda (ten en cuenta que si es una vivienda no se precisa de informe de impacto ambiental según la sentencia del TSJ de Extremadura de 26 de abril de 2005 pero sí van a pedirte un informe de no afección a espacios naturales protegidos); 2.el proyecto debe ajustarse al planeamiento urbanístico municipal en vigor (alturas, ocupación, etc...) 3. en cuanto a la parcela mínima, probablemente exista en el planeamiento una coincidencia entre ésta y la unidad mínima de cultivo por lo que te recomiendo que compruebes el tipo de suelo (secano, regadío o forestal) del que dispones. Probablemente esas 8 hectáreas correspondan a suelo forestal o secano. Como regla general en el norte de Cáceres se prevén 7.500 metros cuadrados para terrenos de regadío (en este caso se aplicarían los 15.000 metros previstos por el art. 26 de la Ley).
Espero haberte ayudado en tu cuestión.
Saludos.
11/04/2008 23:24
Tn, ok,disculpa y te pido mil perdones pues ha pesar de haber leido varias veces el tema este,no me percaté del error ya que efectivamente es de Caceres.ya te digo,disculpa por el error.
Aprovecho para decirte.. despues de todo lo solicitado al ayunta,y de construir una casa en suelo rustico ( mi caso ),si me han aprobado la licencia,podrian demolerlo si la Comunidad Europea lo considera preciso?.Veras que explico que soy medio agricultor y el otro medio soy empresario de la Restauración,ya que así tambien se llama a los que tocamos el tema de Restaurante.Bueno,me preocupa un poco lo de la sancion ya que no muy lejano,quiero realizar Turismo Rural en esta casa pues estoy invirtiendo mis ahorros y sacrificios de varios años en decorarla y adaptarla al medio rural,comprando puertass antiguass,tejas,rejas en fin todo.
Dime en que B.O.E o donde puede ver esa sancion.
Muy agradecido por todo y te reitero mil perdones.¿ok?. saludos
12/04/2008 13:05
Sin ánimo de entrometerme, lo que te dice TN, que me corrija si me equivoco, es que los tribunales europeos han declarado-sancionado que no es conforme a Derecho la Ley Urbanística Valenciana, pero ello no significa que se te vaya a sancionar-multar por construir tu casa, puesto que su construcción dispone de licencia municipal.

La verdad es que ignoro si los tribunales europeos han declarado nula en su totalidad o parcialmente la Ley del Suelo valenciana, podría darse el caso de que el tipo de construcción que estás realizando y en el suelo que dices, se ajuste a la normativa europea y no resultase afectada por la sentencia.

Pero también podría darse el caso contrario, que como te digo no lo se, de que las edificaciones que se construyan en ese tipo de suelo, aún con licencia, infrinjan el ordenamiento urbanístico europeo, en ésta supuesto te podrías encontrar con dos posibles situaciones.

1) Que el Gobierno de Valencia impugne esa sentencia alegando, por ejemplo, que el coste de la restauración del ordenamiento jurídico comunitario infringido, será superior al valor del interés público que se pretende proteger con esa sentencia y, aceptándola declare fuera de ordenación todas esas construcciones realizadas con licencia.

La consecuencia que comportaría esa declaración, que debería reflejarse en la Ley, es que en esas edificaciones sólamente se podrían realizar obras de conservación o mantenimiento, nunca se te concedería licencia para realizar obras que supusieran una modificación estructural de la casa o una ampliación de la superficie construída conforme a la licincia que ahora tienes concedida.

2) Que la sentencia determine que las licencias otorgadas no son conforme al ordenamiento urbanístico comunitario y exija que se restaure la legalidad infringida, ordenando la demolición de lo ilegalmente construído.

En éste supuesto se te deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se te hayan causado, precísamente por que tu casa se ha construído con la preceptiva licencia, pero ojo, se te debe indemnizar lo construído conforme al proyecto de ejecución y la licencia otorgada, lo construído en exceso no se te incluirá en el correspondiente expediente de valoración de la indemnización.

Un saludo.
12/04/2008 22:54
La diferencia entre casa de madera en suelo rústico y roulotte en el mismo tipo de suelo es la siguiente:

Una edificación en suelo rústico, es más dificilmente fiscalizable a efecto de impuestos, sobre todo si el catastro no ha tipificado la zona.

Una roulotte paga impuestos desde el mismo momento que se compra, tanto a la Admon. central como a la local.

Por eso, algunos, la mayoría de ayuntamientos, ponen impedimentos par ala instalación de edificaciones de madera.

Un saludo

13/04/2008 20:13
Para cmcjmhr perdona osea que posiblemente no me pongan pegas por la caseta de herramientas que coloque de 3x3? o si ? te lo pregunto ya que veo que creo que tienes algo de conocimientos, la caseta solo es par acolocar cosas dentro y protegerlas del la lluvia y el tiempo, mucho agradeceria que me ayudaras. gracias
14/04/2008 07:58
Procura ponerla, o bien un viernes por la tarde, o un sábado por la mañana.
¿Por qué?. Muy sencillo, a esas horas, no trabajan los inspectores de Urbanismo. No sea que pasen por allí a esas horas.
No sólo se trata de cumplir la ley, sin de que no te cojan.
A hechos consumados, si no te cogen en el ajo,....
Suerte
14/04/2008 08:22
Para tenerifel. No te induzco a que no cumplas le ley, lo que te quiero decir, es que la ley te dice que no puedes instalar la caseta, por tanto,si estás decidido a instalarla, bajo tu responsabilidad, debes evitar provocar a los inspectores. Debido a ello, no puedes ir preguntando a la Admón local si puedes instalarla.
Te pongo por caso un ceda el paso en en una calle: ¿Me lo puedo saltar?,.... si no te ven, allá tu con tu responsabilidad,. Es una decisión personal el saltarse o no la ley. Que cada palo aguante su vela.
14/04/2008 09:48
Gracias cmcjmhr , de todos modos te digo asi sea una caseta que no es casa ni nada ni esta pegada al suelo sino con madera ademas de ser 3x3 y solo es para colocar herramientas? ..... habria problema con eso? jo no entiendo osea que nada de nada? mi correo es viangame@hotmail.com
14/04/2008 16:25
para poho, y despues de acer todo esto tu cres que me diran que si o que no, por que estoy asta las narices de tanto estoria. y me pregunto si tengo que acer lo mismo para una movil que para una casa de ladrillo por que en el medio ambiente me dijeron que era mas facil para una de madera, y si es lo mismo para que me voy a poner una de madera pudiendo poner ladrillo.
14/04/2008 22:37
Para tenerifel.

Amigo, yo no sé que tipo de ordenanzas existen en tu localidad. Lo mejor es que envíes a una persona de tu confianza a consultar en Urbanismo. No vayas personalmente. Con la información que reciba esa persona, ya sabrás a que atenerte. Si tu vas y te dicen que no, sería desobediencia si la colocas
De todas formas, mira a tu alrededor y te harás cargo del nivel de permisividad que existe en estos casos. Si ves muchas casetas de herramientas, es que no pasa nada.
Pero por una caseta, de la condición que dices, donde yo vivo, ni se procupan. Cosas gordas hay como para que estén pendientes de una caseta de 3x3 m2.

Yo no me preocuparía tanto.

Un saludo
15/04/2008 09:06
Muchas Gracias cmcjmhr , haber que sucede lo unico que se es que no es para vivir ni mucho menos es solo para colocar las cosas y no se me dañen , Gracias.