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instalacion pergola

2 Comentarios
 
Instalacion pergola
08/11/2003 13:46
Agradeceria me ayudarais con un problema que se me acaba de presentar,hace un mes decidi instalar en una terraza de un primer piso,una pergola de madera,para la cual pedimos la aprobacion de todos y cada uno de los vecinos con su firma,lo hice por escrito y remitiendoles a cada uno de ellos una circular comunicandolo.Circular que me devolvieron todos firmadas y con D.N.I.
Una vez instalada la pergola,justo cuando esta acabada,nos dice la vecina dels segundo (es decir la inmediata) que le molesta,que no puede tender etc etc........ siendo que no hemos invadido su parte de vivenda.
Mi pregunta es , que habiendo autorizado con su firma dicha instalacion,tiene derecho a hacer que la quite,siendo que en su dia no bajo ainformrse de las caracteristicas de dicha pergola.
Agradezco de antemano vuestra atencion.
Un saludo
10/11/2003 11:40
En principio Usted debería haber solicitado la autorización en Junta de Propietarios, previa mención expresa en el Orden del Día de la Convocatoria.

De todas maneras existen Sentencias que admiten la unanimidad fuera de la Junta si ésta se ha logrado mediante la recogida de firmas de todos los propietarios, lo consideran un consentimiento unanime de la Comunidad aunque no se haya realizado por los cauces establecidos en la LPH y por tanto despues la Comunidad o cualquiera de los propietarios no puede ir en contra de sus actos en perjuicio de terceros.
Soluciones: en principio quien puede demandar (esto es, legitimación) es la Comunidad y no estaría legitimada la propietaria del segundo. Por tanto, Ustedes si ella demanda pueden conseguir que no se admita la demanda por falta de legitimación.
La Comunidad puede demandar, pero estamos en lo expuesto anteriormente, la Comunidad ha dado el consentimiento unanime y no puede ir contra sus actos en perjuicio de un tercero, como no sea a cambio de una indemnización que se solicitaría judicialmente por Usted en el mismo juicio por los costes de la obra autorizada si se pretendiera derribar.
Trate de llegar a un acuerdo con su vecina, si no lo logra, simplemente disfrute de su pergola y espere a que sean los demas quienes actuen, pues son los demas quienes han de actuar y no Usted.
Si me permite, un consejo, la experiencia me dice que en numerosas ocasiones (por supuesto, no siempre) si un propietario es conciliador y "buen vecino" (un buenos días a todos con una sonrisa se agradece mucho) de todos la Comunidad no demanda e incluso apoya sus pretensiones.
Espero haberle servido de pequeña ayuda.
Salu2
22/11/2003 20:21
Muchísimas gracias, por su respuesta, nos ha sido de gran ayuda para nuestra tranquilidad.
Da gusto encontrarse con personas como usted, dispuestas a ayudar cuando se las necesita.
Reiteramos las gracias.

Un saludo.
instalacion pergola | PorticoLegal
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Instalacion pergola
08/11/2003 13:46
Agradeceria me ayudarais con un problema que se me acaba de presentar,hace un mes decidi instalar en una terraza de un primer piso,una pergola de madera,para la cual pedimos la aprobacion de todos y cada uno de los vecinos con su firma,lo hice por escrito y remitiendoles a cada uno de ellos una circular comunicandolo.Circular que me devolvieron todos firmadas y con D.N.I.
Una vez instalada la pergola,justo cuando esta acabada,nos dice la vecina dels segundo (es decir la inmediata) que le molesta,que no puede tender etc etc........ siendo que no hemos invadido su parte de vivenda.
Mi pregunta es , que habiendo autorizado con su firma dicha instalacion,tiene derecho a hacer que la quite,siendo que en su dia no bajo ainformrse de las caracteristicas de dicha pergola.
Agradezco de antemano vuestra atencion.
Un saludo
10/11/2003 11:40
En principio Usted debería haber solicitado la autorización en Junta de Propietarios, previa mención expresa en el Orden del Día de la Convocatoria.

De todas maneras existen Sentencias que admiten la unanimidad fuera de la Junta si ésta se ha logrado mediante la recogida de firmas de todos los propietarios, lo consideran un consentimiento unanime de la Comunidad aunque no se haya realizado por los cauces establecidos en la LPH y por tanto despues la Comunidad o cualquiera de los propietarios no puede ir en contra de sus actos en perjuicio de terceros.
Soluciones: en principio quien puede demandar (esto es, legitimación) es la Comunidad y no estaría legitimada la propietaria del segundo. Por tanto, Ustedes si ella demanda pueden conseguir que no se admita la demanda por falta de legitimación.
La Comunidad puede demandar, pero estamos en lo expuesto anteriormente, la Comunidad ha dado el consentimiento unanime y no puede ir contra sus actos en perjuicio de un tercero, como no sea a cambio de una indemnización que se solicitaría judicialmente por Usted en el mismo juicio por los costes de la obra autorizada si se pretendiera derribar.
Trate de llegar a un acuerdo con su vecina, si no lo logra, simplemente disfrute de su pergola y espere a que sean los demas quienes actuen, pues son los demas quienes han de actuar y no Usted.
Si me permite, un consejo, la experiencia me dice que en numerosas ocasiones (por supuesto, no siempre) si un propietario es conciliador y "buen vecino" (un buenos días a todos con una sonrisa se agradece mucho) de todos la Comunidad no demanda e incluso apoya sus pretensiones.
Espero haberle servido de pequeña ayuda.
Salu2
22/11/2003 20:21
Muchísimas gracias, por su respuesta, nos ha sido de gran ayuda para nuestra tranquilidad.
Da gusto encontrarse con personas como usted, dispuestas a ayudar cuando se las necesita.
Reiteramos las gracias.

Un saludo.