Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Insultar a una menor

1 Comentarios
 
Insultar a una menor
17/07/2017 12:59
una chica de 17 años me empezo a escribir cosas que no me gustaron por mensaje privado conmigo y me cabree tanto que le dije guarra solo eso me puede pasar algo por ser yo mayor de edad. no hemos tenido ni tengo relación sentimental con ella es amiga de un primo mio pequeño.
Me dijo que me iba a denunciar por decirle guarra. ella me insulto primero no se si es relevante
Que podria pasarme?
19/07/2017 04:27
Victor_36
El calificativo de "guarra" dicho por mensaje privado podría llegar a ser, si acaso, una vejación leve. No obstante la entidad de ese insulto y en las circunstancias descritas tiene muy poca posibilidad de prosperar en un juicio. Por otra parte, incluso si prosperase en ningún caso hablaríamos de pena de cárcel. En todo caso puede consultar el artículo 173 del Código Penal español, que es el que se refiere a estos temas.

No se preocupe, no le pasará absolutamente nada, y aunque la persona denuncie no prosperará en absoluto esa denuncia.
Insultar a una menor | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Insultar a una menor

1 Comentarios
 
Insultar a una menor
17/07/2017 12:59
una chica de 17 años me empezo a escribir cosas que no me gustaron por mensaje privado conmigo y me cabree tanto que le dije guarra solo eso me puede pasar algo por ser yo mayor de edad. no hemos tenido ni tengo relación sentimental con ella es amiga de un primo mio pequeño.
Me dijo que me iba a denunciar por decirle guarra. ella me insulto primero no se si es relevante
Que podria pasarme?
19/07/2017 04:27
Victor_36
El calificativo de "guarra" dicho por mensaje privado podría llegar a ser, si acaso, una vejación leve. No obstante la entidad de ese insulto y en las circunstancias descritas tiene muy poca posibilidad de prosperar en un juicio. Por otra parte, incluso si prosperase en ningún caso hablaríamos de pena de cárcel. En todo caso puede consultar el artículo 173 del Código Penal español, que es el que se refiere a estos temas.

No se preocupe, no le pasará absolutamente nada, y aunque la persona denuncie no prosperará en absoluto esa denuncia.