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Intentos de notificacion en el mismo dia

3 Comentarios
 
16/11/2006 08:44
En el BOE 311 de 2004 aparece:

Sentencia de 28 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que, a efecto de dar cumplimiento al artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la expresión en una hora distinta determina la validez de cualquier notificación que guarde una diferencia de al menos sesenta minutos a la hora en que se practicó el primer intento de notificación».
15/11/2006 22:48
TSJ Navarra Sala de lo Contencioso Administrativo, seccion 1ª, S 4-2-2005.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
QUINTO. La doctrina precedente ha sido seguida por las sentencias del Tribunal Supremo de 28 de Octubre y 10 de Noviembre de 2004, que se centran en el analisis de la diferencia horariaque debe existir respecto a los dos intentos de notificacion, si bien con alguna diferencia interpretativa entre ambas en cuanto a la preimera razona que el segundo intento de notificacion ha de realizarse en" un dia distinto" y en una hora distinta
que guarde una diferencia de, al menos, 60 minutos respecto a aquella en la que se practico el primer intento, en tanto que la segunda reputa que el segundo intento de notificacion ha de realiarse en "un dia diferente" y en una franja horaria distinta(mañana, tarde, primeras o ultimas horas de la mañana o de la tarde) a aquella en la que se practico el primer intento.

Audiencia Nacional Sala de lo Contencioso Administrtivo,sec 2ª, S 17-10-2005
El uso por la Administracion de Agentes notificadores se hace con la intencion que los mismos procuren obtener un resultado positivo en la notificacion personal, de forma que localiado el domicilio fiscal y no lograda la notificacion" en dos
dias consecutivos".........
Por lo que yo veo mas claro, agua.
Espero vuestra opinion.
15/11/2006 22:08
La Ley dice que un intento y el segundo, de proceder, dentro de los 3 dias siguientes, y a hora distinta. Sobre la hora ya se ha pronunciado el TS, y es eso, una hora distinta, o lo q es lo mismo, 60 minutos antes o despues. Q sea dentro de los 3 dias siguientes obedece, a mi entender, a que si un dia X no esta a una hora (o de hecho a ninguna), podria estar otro dia, y ademas a hora distinta. No creo que pueda servir a esos efectos X intentos el mismo dia, ni siquiera para romper un posible silencio estimatorio. Quizas algun forero conozca algun pronunciamiento al respecto, del cual yo tambien estaria muy interesado.
Intentos de notificacion en el mismo dia
15/11/2006 21:35
En un expediente disciplinario la Administracion a traves de la Policia Local, intentaron notificar la resolucion del mismo, tanto el primer como segundo intento el mismo dia,con independencia que siguieron intentandolo tres veces mas, con la siguiente cronologia 1.- 11,15 2.- 12,40 3.-15,00 4.-19,30 y 5.-21,45 h.
A mi entender a vulnerado el art.59 de la ley 30/92.
Como lo veis?
Intentos de notificacion en el mismo dia | PorticoLegal
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16/11/2006 08:44
En el BOE 311 de 2004 aparece:

Sentencia de 28 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija la siguiente doctrina legal: «Que, a efecto de dar cumplimiento al artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la expresión en una hora distinta determina la validez de cualquier notificación que guarde una diferencia de al menos sesenta minutos a la hora en que se practicó el primer intento de notificación».
15/11/2006 22:48
TSJ Navarra Sala de lo Contencioso Administrativo, seccion 1ª, S 4-2-2005.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
QUINTO. La doctrina precedente ha sido seguida por las sentencias del Tribunal Supremo de 28 de Octubre y 10 de Noviembre de 2004, que se centran en el analisis de la diferencia horariaque debe existir respecto a los dos intentos de notificacion, si bien con alguna diferencia interpretativa entre ambas en cuanto a la preimera razona que el segundo intento de notificacion ha de realizarse en" un dia distinto" y en una hora distinta
que guarde una diferencia de, al menos, 60 minutos respecto a aquella en la que se practico el primer intento, en tanto que la segunda reputa que el segundo intento de notificacion ha de realiarse en "un dia diferente" y en una franja horaria distinta(mañana, tarde, primeras o ultimas horas de la mañana o de la tarde) a aquella en la que se practico el primer intento.

Audiencia Nacional Sala de lo Contencioso Administrtivo,sec 2ª, S 17-10-2005
El uso por la Administracion de Agentes notificadores se hace con la intencion que los mismos procuren obtener un resultado positivo en la notificacion personal, de forma que localiado el domicilio fiscal y no lograda la notificacion" en dos
dias consecutivos".........
Por lo que yo veo mas claro, agua.
Espero vuestra opinion.
15/11/2006 22:08
La Ley dice que un intento y el segundo, de proceder, dentro de los 3 dias siguientes, y a hora distinta. Sobre la hora ya se ha pronunciado el TS, y es eso, una hora distinta, o lo q es lo mismo, 60 minutos antes o despues. Q sea dentro de los 3 dias siguientes obedece, a mi entender, a que si un dia X no esta a una hora (o de hecho a ninguna), podria estar otro dia, y ademas a hora distinta. No creo que pueda servir a esos efectos X intentos el mismo dia, ni siquiera para romper un posible silencio estimatorio. Quizas algun forero conozca algun pronunciamiento al respecto, del cual yo tambien estaria muy interesado.
Intentos de notificacion en el mismo dia
15/11/2006 21:35
En un expediente disciplinario la Administracion a traves de la Policia Local, intentaron notificar la resolucion del mismo, tanto el primer como segundo intento el mismo dia,con independencia que siguieron intentandolo tres veces mas, con la siguiente cronologia 1.- 11,15 2.- 12,40 3.-15,00 4.-19,30 y 5.-21,45 h.
A mi entender a vulnerado el art.59 de la ley 30/92.
Como lo veis?