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Interpretacion sentencia

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
28/02/2006 13:17
Creo que tenemos un problema de comunicación.
Lo que yo quiero decir es que a veces, no merece la pena reclamar, porque no hay nada que embargar, por ejemplo, y lo único que se consigue es una sentencia que nos da la razón. El dinero no se recupera. Creo que el ejemplo del desahucio es claro.

¿Por qué descartó el monitorio?. Es un procedimiento que tiene unos presupuestos bastante claros (deuda vencida, exigible y documentada).

Ud., de tener un problema, lo tiene con su abogado.

No desprecie el turno. Son los mismos abogados que tiene despacho, con la diferencia de que en el turno se garantiza un mínimo de tres años de ejercicio.

No tengo soluciones nuevas a su problema, así que me remito a lo dicho.

Por mi parte, nada más.

Un saludo
28/02/2006 00:13
No lo entendeis:

con todos mis respetos, se equivoca. Como ya le dije, creo , y si no lo hago ahora, antes de reclamar hay que ver lo que se puede ganar y lo que se puede perder.

Antes iba a ganar todo, facilmente, con costas, con un verbal de nada.
El monitorio lo descartó porque yo le dije que me parecía que no era el caso. Y respondió, bueno pues un simple verbal.

Y ya puedes ir al colegio, que arreglado vas.

O ya te puedes ir al turno, que perdido lo tienes.

Y si te traer un abogado de la coruña, y pierdes, ya te acordarás del abuso.
24/02/2006 13:47
Con todos mis respetos, se equivoca. Como ya le dije, creo , y si no lo hago ahora, antes de reclamar hay que ver lo que se puede ganar y lo que se puede perder.

Los honorarios son los que son. Unas veces nos parece poco y otras veces mucho, pero los aprueban los colegios. Y si por reclamar una pequeña cantidad (¿minitorio o verbal?. En el monitorio no hay costas. Podía haberlo elegido, creo que nadie le obligó a presentar un verbal), el colegio dice que hay que cobrar una cantidad, lo que en la práctica se traduce a "recuperar" 100 euros, pues no es cuestión de justicia o injusticia, es lo que hay.

Por ejemplo, en los desahucios por impago de rentas, muchas veces conviene presentar sólo la demanda de desahucio. ¿Por qué?. Porque el inquilino es insolvente y el dinero no se va a recuperar, y al cliente le sale más barata la demanda.

Si cree que su abogado lo engañó, puede reclamar ante el Colegio de Abogados o ante los Tribunales de Justicia.

Caro-barato.

Hace unos meses un conocido cogió un virus. En el Centro de Salud el médico de cabecera le dijo que era ..., que los síntomas eran ..., que estaría así ...meses y que después desaperacería. No había tratamiento.

No quedó muy convencido y fue a un especialista. Le dijo exactamente lo mismo y le cobrá 60 euros. ¿"Robo", como Ud. dice?. No, es su tarifa.

Y no es justo cargar con los honorarios propios al contrario. Imagine que Ud. vive en Coruña, por ejemplo, y el contrario se trae a un super-abogado de Barcelona, Madrid o Canarias. ¿Le pagaría los honorarios?.

Que unos ea más caro no supopne que sea mejor. Lo único que significa es que tiene una clientela que le paga esos honorarios; de no ser así, le aseguro que bajaría las tarifas.

Y si no tiene conocidos que le recomienden un abogado, puede acudir al turno y que le asignen uno de entre los de la lista.
24/02/2006 13:16
Y dale que dale, con los abogados caros.
NO ES ESA LA CUESTION. pero ya entraré.

La cuestion es que sobre el minimo establecido por el colegio aun quieran pagarte solo 1/3 de ese minimo.
No entiendo justificado que reclame, gane, y no gane nada, AL REVES, AUN PIERDA SI LO CUENTO TODO.
ESTA ES LA CUESTION.

Y el abogado me dio a entender que; era muy facil, dijo un monitorio, un verbal, nada cosa facil; ganando en costas, sus honorarios los recuperaria.
En base a ello yo tomé la decision.
En este proceso, en mi opinion, la temeridad es demostrable con facilitad, sin embargo en el juicio no lo explicitó, y luego no apeló.
Y tampoco entendí que me cobrara en exceso sobre el minimo del colegio. De ser así tuvo que avisarme.

Por todo ello, yo os plantee la pregunta:
"estimar integramente la demanda", ¿significa con el 100% de costas?"
(Y me refiro al minimos estableciodo por el colegio.)

Con relacion a los abogados caros, aun así, discrepo con vuestras apreciaciones:
Vamos a ver si consigo centrar la cuestion.
La idea central ha de ser si el demandante ( o demandado) tiene razon "justa" o no, independientemente del abogado que lo demuestre. Es lo unico en que debiera entrar la "Justicia". La Justicia debiera aceptar que los honorarios pagados , no lo han sido por capricho, sino para demostrar las razones del demandante (o demandado), en lugar de pensar que por menos dinero otro abogado puede hacer lo mismo.
Aceptar que el "barato" te va a defender "igual" seria lo mismo que decir que hay abogados "caros" que roban al cliente. Si esto fuera así no se les debiera permitir honorarios libres.
O buscar al "barato", con riesgo a que no te defienda bien y aun con toda la razon de "justicia", encima pierdas. ¿Seria esto de justicia?
Los honorarios son libres, si pierdes los vas a tener que pagar, y lo justo es que si ganas los pague el contrario, porque es un gasto que te ha provocado.
Y todo ello porque lo importante seria si se hace justicia o no, independientemente de los gastos de abogado.
Yo fui a un abogado, sin conocer si es de los "caros" o de los "baratos", ese no fue un criterio para la eleccion. No sé cual es el caso, pero si fuera de los caros y aun me ha dado el sevicio que me ha dado, aun peor.
Resulta que los abogados pueden "hacer lo que le dé la gana" independientemente de su calidad. Tienen los honorarios seguros.
Sobre el criterio de eleccion tambien tiene miga, si no tienes conocidos en este mundillo que te digan donde estan "los buenos", "los especialistas", estas arreglado... Vas al primero que encuentras y con mucha probabilidad te va a coger el caso por poca idea que tenga sobre el asunto.

Y SI ADMITIERAMOS como razonable lo que ahora se hace, lo que ya es INEXPLICABLE es que sobre el minimo aun solo te pagen 1/3.







21/02/2006 21:30
Totalmente de acuerdo con Rus. Es totalmente lógico que la otra parte no pague una minuta excesiva; al fin y al cabo, no fue él quien eligió al abogado "caro". Esto es como en medicina: si usted tiene algún mal curable sólo por un médico privado (supongamos que se trata de una enfermedad que no se puede curar en mutuas, ni seguros, ni SS), acudirá al mejor médico privado que exista, ¿no? Y el mejor, que tiene renombre y fama, aprovechará estas circunstacias y cobrará la consulta más cara que lo otros, ¿no? ¿O es que me va a venir ahora con que usted no lo haría?. Pues bien, usted tenía la posibilidad de acudir a un médico más barato y no lo hizo. Pues lo mismo con el abogado: podría haber acudido a otro y no lo hizo. Éste, además, le ha ganado el pleito, cosa que usted solo no podía hacer (no por falta de capacidad, no se me enfade que no entro en eso, sino porque la ley no se lo permitiría). Si usted elige el abogado más caro, pues allá con todas las consecuencias; pero no exija ahora que se le abone todo, porque se puede llevar la respuesta de "hubiese usted acudido a un abogado más barato".

Le recuerdo que los honorarios que establecen los Colegios de Abogados son mínimos, y a partir de ahí, el profesional puede cobrar lo que quiera, siempre dentro de los límites de lo razonable, claro. Y hay muchos clientes que realmente se merecen que se les cobre lo más caro...
Saludos.
21/02/2006 12:24
Sr. David2, no creo que sea mucha indiscrección preguntarle:

a) Tipo de procedimiento
b) Cuantía del asunto
c) "Actuaciones" de su abogado

Habla de 1.100 euros, ¿es lo que reclamaba?. Quizás su abogado no fue del todo "honrado", o quizás usted quiso plantear esa reclamación a toda costa, no sé. El caso es que antes de reclamar, hay que ver cuánto va a costar el procedimiento, y aún más, conviende asegurarse de que la otra parte va a pagar (o tienen bienes), porque si no hay nada que se pueda embargar, su sentencia no sirve para nada.


Se exige abogado para evitar indefensión.
La otra parte no tiene por qué pagar una minuta excesiva. Para eso están las tasaciones de costas.
21/02/2006 11:30
Vamos a ver. Si ud ganó el pleito, el contrario paga a su abogado y procurador. Punto pelota.
Ahora bien, si ud PACTÓ unos honorarios (superiores a los orientadores del Colegio), ud deberá pagar LA DIFERENCIA.
20/02/2006 23:24
Lo que me tenian que haber dicho de entrada es que no iba a ganar nada, antes al contrario, perder tiempo.
HONESTIDAD, QUE NO PARECE SER TU CASO.
Y la gente lo seras tu.
19/02/2006 20:47
Si, para gente como tu es mucho pedir. Vete a un abogado y continúa pagando que, no se porque me da, debes tener el dinero por castigo.

No hay peor ciego que el que no quiere ver...pobrecito tu abogado si te aguanta. Conmigo no habrías durado ni cinco minutos.

19/02/2006 20:23
Me olvidaba, por si ya fuera poco la tomadura de pelo:

Para la apelacion el abogado ya me ha pedido 300 iva.
El procurador hará algo similar.

Con lo cual "cornudo y apaleado", con toda la razon, aun tendré que poner dinero encima.

Para esto , no hace falta Justicia ni abogados.

O sea que para que se mantenga la sentencia, aun me costará 2/3 de esas cantidades como minimo.

Y todo suponiendo que haya confirmacion, porque si la tombola no funciona fina y cambian el sentido de la sentencia, aun puede ser mucho peor.

Al final constato que mi pregunta inicial ha quedado sin respuesta:
Yo preguntaba si estimar integramente la demanda significaba con el 100% de las costas. Pero bueno ya veo....que eso es mucho pedir.
19/02/2006 20:06
Esto NO ES LO MISMO que decir que si el abogado le ha costado 900 €, el demandado sólo le vaya a pagar 300 €. ¿Ve ahora la diferencia y el sin sentido de su enfado?

Me da la impresion que no quiso decir lo que dice...

Me estan diciendo exactamente lo que yo entendia.

Yo no veo por ninguna parte mi "sin sentido".

Si yo reclamo 1100 euros, y el abogado y procurador ya me costó 900, más 100 a dos testigos, más varios burofaxes, más una demanda de conciliacion,etc..., sin que me fuera informado que 600 euros 100 no sé qué más, no son recuperables...
Mas todo lo sufrido en la disputa con el demnadado....
MAS EL RECOCHINEO DEL DEMANDADO...

¿Por qué exigen abogado a partir de 900 euros...?

Todo esto si es un sin sentido, y ganas de potenciar la "impunidad", la injusticia.

¿Así espera la Justicia reconvertirse?
¿Espera llegar a dictar sentencias con arreglo al sentido comun , no de 4 , sino de toda poblacion?
17/02/2006 19:44
Y ese límite jugaría en cada una de las instancias. No son las mismas costas si un procedimiento termina en primera instancia que si lo hace en casación.
17/02/2006 14:44
A ver David33... Está usted demasiado liado o mal informado o desinformado com ya le han dicho. Como muy bien dice Rus, no es lo mismo cuantía del procedimiento y costas.

Las costas son lo que cuestan abogado y procurador y peritos.

La cuantía del procedimiento es lo que cuesta aquello sobre lo qeu se discute; aquello que provocó el pleito.

Imagine que usted reclama al demandado una deuda dineraria que asciende a 900 €. Y gana. Entonces ese artículo dice que el vencido pagará las costas pero hasta un límite máximo de 300 €. Esto NO ES LO MISMO que decir que si el abogado le ha costado 900 €, el demandado sólo le vaya a pagar 300 €. ¿Ve ahora la diferencia y el sin sentido de su enfado?
17/02/2006 13:18
Una cosa son los honorarios y otra la cuantía del procedimiento.

Si los honorarios superan el tercio de la cuantía, el condenado en costas no está obligado a pagar el exceso.

La cuantía viene determinada en la demanda. Calcule la tercera parte, y todo lo que exceda no le será abonado.

Yo lo entiendo así.
16/02/2006 22:19
rafael33,

Entonces qué significa lo siguiente: art 394
3. Cuando, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, se impusieren las costas al litigante vencido, éste sólo estará obligado a pagar, de la parte que corresponda a los abogados y demás profesionales que no estén sujetos a tarifa o arancel, una cantidad total que no exceda de la tercera parte de la cuantía del proceso

¿Si se estima integramente la demanda, pero no se hace especial referencia a la temeridad, yo pagaré 2/3 de mi abogado y procurador el exceso respecto a tarifas minimas del colegio?

¿A que se debia referir mi abogado cuando me insinuo la rebajita de los 2/3?

16/02/2006 11:45
Cuando alguien gana con costas tiene derecho a que el demandado le abone los honorarios de abogado y procurador.

¿Cual es el límite? el fijado por los honorarios profesionales de su colegio. Se establecen con la finalidad de evitar controversias entre las partes.

En muchos casos el coste de un abogado de renombre supera esos honorarios y ese plus lo debe asumir quien ha acudido al mismo.

En su caso, el demandado condenado abonará las costas consforme a los honorarios profesionales de su colegio. Es resto le corresponde abonar a usted por haber pactado unos honorarios superiores con su abogado.

Si no los ha pactado, su abogado deberá asumir que no está usted obligado a abonarle esa diferencia.


¿Me he expresado corectamente?

Un saludo
16/02/2006 11:06
Es que si no entendemos cuál es el problema, difícimente podemos responder.
15/02/2006 22:12
Bueno, no me he enterado, ni aqui ni por mi abogado.

Gracias de todas formas.
14/02/2006 12:18
Sr. David2, no entiendo cuál es su duda o problema.

Ud. es demandante, creo que ha ganado con costas en la primera instancia, ¿o no?, pues no paga. Si hubiera perdido, pagaría.

En la segunda instancia, habrá que ver lo que dice la Sentencia.

De las costas le informará SU abogado, no tiene por qué ir a otro. Y si no está conforme, puede acudir al Colegio de Abogados.

Quizás su abogado no apeló para evitar que le impongan las costas.

Y un consejo, si me lo permite. Los foros, como Ud. dice, son para "charlar". Aquí no se pueden solucionar problemas jurídicos. De haber algún interviniente que sea Juez, está claro que no pone sentencias.
14/02/2006 10:29
Menudo lío tiene usted......
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Interpretacion sentencia

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
28/02/2006 13:17
Creo que tenemos un problema de comunicación.
Lo que yo quiero decir es que a veces, no merece la pena reclamar, porque no hay nada que embargar, por ejemplo, y lo único que se consigue es una sentencia que nos da la razón. El dinero no se recupera. Creo que el ejemplo del desahucio es claro.

¿Por qué descartó el monitorio?. Es un procedimiento que tiene unos presupuestos bastante claros (deuda vencida, exigible y documentada).

Ud., de tener un problema, lo tiene con su abogado.

No desprecie el turno. Son los mismos abogados que tiene despacho, con la diferencia de que en el turno se garantiza un mínimo de tres años de ejercicio.

No tengo soluciones nuevas a su problema, así que me remito a lo dicho.

Por mi parte, nada más.

Un saludo
28/02/2006 00:13
No lo entendeis:

con todos mis respetos, se equivoca. Como ya le dije, creo , y si no lo hago ahora, antes de reclamar hay que ver lo que se puede ganar y lo que se puede perder.

Antes iba a ganar todo, facilmente, con costas, con un verbal de nada.
El monitorio lo descartó porque yo le dije que me parecía que no era el caso. Y respondió, bueno pues un simple verbal.

Y ya puedes ir al colegio, que arreglado vas.

O ya te puedes ir al turno, que perdido lo tienes.

Y si te traer un abogado de la coruña, y pierdes, ya te acordarás del abuso.
24/02/2006 13:47
Con todos mis respetos, se equivoca. Como ya le dije, creo , y si no lo hago ahora, antes de reclamar hay que ver lo que se puede ganar y lo que se puede perder.

Los honorarios son los que son. Unas veces nos parece poco y otras veces mucho, pero los aprueban los colegios. Y si por reclamar una pequeña cantidad (¿minitorio o verbal?. En el monitorio no hay costas. Podía haberlo elegido, creo que nadie le obligó a presentar un verbal), el colegio dice que hay que cobrar una cantidad, lo que en la práctica se traduce a "recuperar" 100 euros, pues no es cuestión de justicia o injusticia, es lo que hay.

Por ejemplo, en los desahucios por impago de rentas, muchas veces conviene presentar sólo la demanda de desahucio. ¿Por qué?. Porque el inquilino es insolvente y el dinero no se va a recuperar, y al cliente le sale más barata la demanda.

Si cree que su abogado lo engañó, puede reclamar ante el Colegio de Abogados o ante los Tribunales de Justicia.

Caro-barato.

Hace unos meses un conocido cogió un virus. En el Centro de Salud el médico de cabecera le dijo que era ..., que los síntomas eran ..., que estaría así ...meses y que después desaperacería. No había tratamiento.

No quedó muy convencido y fue a un especialista. Le dijo exactamente lo mismo y le cobrá 60 euros. ¿"Robo", como Ud. dice?. No, es su tarifa.

Y no es justo cargar con los honorarios propios al contrario. Imagine que Ud. vive en Coruña, por ejemplo, y el contrario se trae a un super-abogado de Barcelona, Madrid o Canarias. ¿Le pagaría los honorarios?.

Que unos ea más caro no supopne que sea mejor. Lo único que significa es que tiene una clientela que le paga esos honorarios; de no ser así, le aseguro que bajaría las tarifas.

Y si no tiene conocidos que le recomienden un abogado, puede acudir al turno y que le asignen uno de entre los de la lista.
24/02/2006 13:16
Y dale que dale, con los abogados caros.
NO ES ESA LA CUESTION. pero ya entraré.

La cuestion es que sobre el minimo establecido por el colegio aun quieran pagarte solo 1/3 de ese minimo.
No entiendo justificado que reclame, gane, y no gane nada, AL REVES, AUN PIERDA SI LO CUENTO TODO.
ESTA ES LA CUESTION.

Y el abogado me dio a entender que; era muy facil, dijo un monitorio, un verbal, nada cosa facil; ganando en costas, sus honorarios los recuperaria.
En base a ello yo tomé la decision.
En este proceso, en mi opinion, la temeridad es demostrable con facilitad, sin embargo en el juicio no lo explicitó, y luego no apeló.
Y tampoco entendí que me cobrara en exceso sobre el minimo del colegio. De ser así tuvo que avisarme.

Por todo ello, yo os plantee la pregunta:
"estimar integramente la demanda", ¿significa con el 100% de costas?"
(Y me refiro al minimos estableciodo por el colegio.)

Con relacion a los abogados caros, aun así, discrepo con vuestras apreciaciones:
Vamos a ver si consigo centrar la cuestion.
La idea central ha de ser si el demandante ( o demandado) tiene razon "justa" o no, independientemente del abogado que lo demuestre. Es lo unico en que debiera entrar la "Justicia". La Justicia debiera aceptar que los honorarios pagados , no lo han sido por capricho, sino para demostrar las razones del demandante (o demandado), en lugar de pensar que por menos dinero otro abogado puede hacer lo mismo.
Aceptar que el "barato" te va a defender "igual" seria lo mismo que decir que hay abogados "caros" que roban al cliente. Si esto fuera así no se les debiera permitir honorarios libres.
O buscar al "barato", con riesgo a que no te defienda bien y aun con toda la razon de "justicia", encima pierdas. ¿Seria esto de justicia?
Los honorarios son libres, si pierdes los vas a tener que pagar, y lo justo es que si ganas los pague el contrario, porque es un gasto que te ha provocado.
Y todo ello porque lo importante seria si se hace justicia o no, independientemente de los gastos de abogado.
Yo fui a un abogado, sin conocer si es de los "caros" o de los "baratos", ese no fue un criterio para la eleccion. No sé cual es el caso, pero si fuera de los caros y aun me ha dado el sevicio que me ha dado, aun peor.
Resulta que los abogados pueden "hacer lo que le dé la gana" independientemente de su calidad. Tienen los honorarios seguros.
Sobre el criterio de eleccion tambien tiene miga, si no tienes conocidos en este mundillo que te digan donde estan "los buenos", "los especialistas", estas arreglado... Vas al primero que encuentras y con mucha probabilidad te va a coger el caso por poca idea que tenga sobre el asunto.

Y SI ADMITIERAMOS como razonable lo que ahora se hace, lo que ya es INEXPLICABLE es que sobre el minimo aun solo te pagen 1/3.







21/02/2006 21:30
Totalmente de acuerdo con Rus. Es totalmente lógico que la otra parte no pague una minuta excesiva; al fin y al cabo, no fue él quien eligió al abogado "caro". Esto es como en medicina: si usted tiene algún mal curable sólo por un médico privado (supongamos que se trata de una enfermedad que no se puede curar en mutuas, ni seguros, ni SS), acudirá al mejor médico privado que exista, ¿no? Y el mejor, que tiene renombre y fama, aprovechará estas circunstacias y cobrará la consulta más cara que lo otros, ¿no? ¿O es que me va a venir ahora con que usted no lo haría?. Pues bien, usted tenía la posibilidad de acudir a un médico más barato y no lo hizo. Pues lo mismo con el abogado: podría haber acudido a otro y no lo hizo. Éste, además, le ha ganado el pleito, cosa que usted solo no podía hacer (no por falta de capacidad, no se me enfade que no entro en eso, sino porque la ley no se lo permitiría). Si usted elige el abogado más caro, pues allá con todas las consecuencias; pero no exija ahora que se le abone todo, porque se puede llevar la respuesta de "hubiese usted acudido a un abogado más barato".

Le recuerdo que los honorarios que establecen los Colegios de Abogados son mínimos, y a partir de ahí, el profesional puede cobrar lo que quiera, siempre dentro de los límites de lo razonable, claro. Y hay muchos clientes que realmente se merecen que se les cobre lo más caro...
Saludos.
21/02/2006 12:24
Sr. David2, no creo que sea mucha indiscrección preguntarle:

a) Tipo de procedimiento
b) Cuantía del asunto
c) "Actuaciones" de su abogado

Habla de 1.100 euros, ¿es lo que reclamaba?. Quizás su abogado no fue del todo "honrado", o quizás usted quiso plantear esa reclamación a toda costa, no sé. El caso es que antes de reclamar, hay que ver cuánto va a costar el procedimiento, y aún más, conviende asegurarse de que la otra parte va a pagar (o tienen bienes), porque si no hay nada que se pueda embargar, su sentencia no sirve para nada.


Se exige abogado para evitar indefensión.
La otra parte no tiene por qué pagar una minuta excesiva. Para eso están las tasaciones de costas.
21/02/2006 11:30
Vamos a ver. Si ud ganó el pleito, el contrario paga a su abogado y procurador. Punto pelota.
Ahora bien, si ud PACTÓ unos honorarios (superiores a los orientadores del Colegio), ud deberá pagar LA DIFERENCIA.
20/02/2006 23:24
Lo que me tenian que haber dicho de entrada es que no iba a ganar nada, antes al contrario, perder tiempo.
HONESTIDAD, QUE NO PARECE SER TU CASO.
Y la gente lo seras tu.
19/02/2006 20:47
Si, para gente como tu es mucho pedir. Vete a un abogado y continúa pagando que, no se porque me da, debes tener el dinero por castigo.

No hay peor ciego que el que no quiere ver...pobrecito tu abogado si te aguanta. Conmigo no habrías durado ni cinco minutos.

19/02/2006 20:23
Me olvidaba, por si ya fuera poco la tomadura de pelo:

Para la apelacion el abogado ya me ha pedido 300 iva.
El procurador hará algo similar.

Con lo cual "cornudo y apaleado", con toda la razon, aun tendré que poner dinero encima.

Para esto , no hace falta Justicia ni abogados.

O sea que para que se mantenga la sentencia, aun me costará 2/3 de esas cantidades como minimo.

Y todo suponiendo que haya confirmacion, porque si la tombola no funciona fina y cambian el sentido de la sentencia, aun puede ser mucho peor.

Al final constato que mi pregunta inicial ha quedado sin respuesta:
Yo preguntaba si estimar integramente la demanda significaba con el 100% de las costas. Pero bueno ya veo....que eso es mucho pedir.
19/02/2006 20:06
Esto NO ES LO MISMO que decir que si el abogado le ha costado 900 €, el demandado sólo le vaya a pagar 300 €. ¿Ve ahora la diferencia y el sin sentido de su enfado?

Me da la impresion que no quiso decir lo que dice...

Me estan diciendo exactamente lo que yo entendia.

Yo no veo por ninguna parte mi "sin sentido".

Si yo reclamo 1100 euros, y el abogado y procurador ya me costó 900, más 100 a dos testigos, más varios burofaxes, más una demanda de conciliacion,etc..., sin que me fuera informado que 600 euros 100 no sé qué más, no son recuperables...
Mas todo lo sufrido en la disputa con el demnadado....
MAS EL RECOCHINEO DEL DEMANDADO...

¿Por qué exigen abogado a partir de 900 euros...?

Todo esto si es un sin sentido, y ganas de potenciar la "impunidad", la injusticia.

¿Así espera la Justicia reconvertirse?
¿Espera llegar a dictar sentencias con arreglo al sentido comun , no de 4 , sino de toda poblacion?
17/02/2006 19:44
Y ese límite jugaría en cada una de las instancias. No son las mismas costas si un procedimiento termina en primera instancia que si lo hace en casación.
17/02/2006 14:44
A ver David33... Está usted demasiado liado o mal informado o desinformado com ya le han dicho. Como muy bien dice Rus, no es lo mismo cuantía del procedimiento y costas.

Las costas son lo que cuestan abogado y procurador y peritos.

La cuantía del procedimiento es lo que cuesta aquello sobre lo qeu se discute; aquello que provocó el pleito.

Imagine que usted reclama al demandado una deuda dineraria que asciende a 900 €. Y gana. Entonces ese artículo dice que el vencido pagará las costas pero hasta un límite máximo de 300 €. Esto NO ES LO MISMO que decir que si el abogado le ha costado 900 €, el demandado sólo le vaya a pagar 300 €. ¿Ve ahora la diferencia y el sin sentido de su enfado?
17/02/2006 13:18
Una cosa son los honorarios y otra la cuantía del procedimiento.

Si los honorarios superan el tercio de la cuantía, el condenado en costas no está obligado a pagar el exceso.

La cuantía viene determinada en la demanda. Calcule la tercera parte, y todo lo que exceda no le será abonado.

Yo lo entiendo así.
16/02/2006 22:19
rafael33,

Entonces qué significa lo siguiente: art 394
3. Cuando, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, se impusieren las costas al litigante vencido, éste sólo estará obligado a pagar, de la parte que corresponda a los abogados y demás profesionales que no estén sujetos a tarifa o arancel, una cantidad total que no exceda de la tercera parte de la cuantía del proceso

¿Si se estima integramente la demanda, pero no se hace especial referencia a la temeridad, yo pagaré 2/3 de mi abogado y procurador el exceso respecto a tarifas minimas del colegio?

¿A que se debia referir mi abogado cuando me insinuo la rebajita de los 2/3?

16/02/2006 11:45
Cuando alguien gana con costas tiene derecho a que el demandado le abone los honorarios de abogado y procurador.

¿Cual es el límite? el fijado por los honorarios profesionales de su colegio. Se establecen con la finalidad de evitar controversias entre las partes.

En muchos casos el coste de un abogado de renombre supera esos honorarios y ese plus lo debe asumir quien ha acudido al mismo.

En su caso, el demandado condenado abonará las costas consforme a los honorarios profesionales de su colegio. Es resto le corresponde abonar a usted por haber pactado unos honorarios superiores con su abogado.

Si no los ha pactado, su abogado deberá asumir que no está usted obligado a abonarle esa diferencia.


¿Me he expresado corectamente?

Un saludo
16/02/2006 11:06
Es que si no entendemos cuál es el problema, difícimente podemos responder.
15/02/2006 22:12
Bueno, no me he enterado, ni aqui ni por mi abogado.

Gracias de todas formas.
14/02/2006 12:18
Sr. David2, no entiendo cuál es su duda o problema.

Ud. es demandante, creo que ha ganado con costas en la primera instancia, ¿o no?, pues no paga. Si hubiera perdido, pagaría.

En la segunda instancia, habrá que ver lo que dice la Sentencia.

De las costas le informará SU abogado, no tiene por qué ir a otro. Y si no está conforme, puede acudir al Colegio de Abogados.

Quizás su abogado no apeló para evitar que le impongan las costas.

Y un consejo, si me lo permite. Los foros, como Ud. dice, son para "charlar". Aquí no se pueden solucionar problemas jurídicos. De haber algún interviniente que sea Juez, está claro que no pone sentencias.
14/02/2006 10:29
Menudo lío tiene usted......