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Interrogatorio cliente

1 Comentarios
 
Interrogatorio cliente
21/12/2010 10:14
El otro dia me plantearon el siguiente supuesto y no lo tengo muy claro.

El letrado no puede interrogar a su cliente a no ser que el contrario solicite la confesión judicial.

¿Que sucedería en el supuesto en que el letrado hubiese interesado el interrogatorio judicial, se hubiese citado, y en el acto de juicio no se hubiese practicado?.

¿Podría yo no obstante interrogar a mi cliente?.

Sería un juicio por despido. El demandante el trabajador y demanda la Empresa.
21/12/2010 10:30
Estimado Pivot, echa un vistazo al 87.3 LPL.

Salvo mejor criterio.