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Invalidez permanente total con caracter retroactivo.

2 Comentarios
 
Invalidez permanente total con caracter retroactivo.
09/04/2019 00:26
Me ha llamado la empresa . Diciendome que me han concedido una IPT con caracter retroactivo .
La resolucion de la IPT se firmo el 25 de marzo de este año.
La empresa tiene la resolucion. Y yo todavia no la tengo. esta mañana estuve en el INSS Y me confirmaron que estaba concedida y firmada. Pero no me han podido decir que invalidez , me han dado , ya que el expediente estaba cerrado.
Yo he seguido cobrando de la empresa desde noviembre en cuanto me dieron el alta con propuesta de invalidez.
Si he cobrado mas de nomina que lo que debo de cobrar de pension . ¿ En que me afecta?
¿ El finiquito desde que dia me lo tienen que pagar ?
Gracias de antemano.
09/04/2019 17:20
Gregorio66
Hola. Si el expediente estaba cerrado... pues que lo abran. Me parece absurdo que no te puedan proporcionar la resolución, por un problema informático. Pide cita en el INSS y que te la den. Si te ponen problemas, pídela por escrito y que te den copia sellada, de tu petición, porque según la Ley 39/2015 -y la que derogó, cuando salió ésta que te he puesto-, tienes derecho a la copia sellada. Todo lo que hayas cobrado de más de nómina, pues... mejor para ti :-). El finiquito, debe saldarse entiendo, con el límite de la fecha en la que se inician los efectos económicos de la pensión que percibes. Saludos, enhorabuena por la pensión y a vivir la vida.
09/04/2019 17:35
Txank
Hola Txank
Gracias por contestar. Haber el expediente esta cerrado , por que al ser un accidente de trabajo el motivo de mi invalidez. Eso se gestiona desde un centro de Barcelona .
La empresa lo recibio el viernes. Y hoy me han comentado en el INSS que he estado.
Que seguramente en unos dias lo recibire en mi domicilio.
Que no me preocupe!!! Que lo recibire en mi casa por correo certificado.
Invalidez permanente total con caracter retroactivo. | PorticoLegal
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09/04/2019 00:26
Me ha llamado la empresa . Diciendome que me han concedido una IPT con caracter retroactivo .
La resolucion de la IPT se firmo el 25 de marzo de este año.
La empresa tiene la resolucion. Y yo todavia no la tengo. esta mañana estuve en el INSS Y me confirmaron que estaba concedida y firmada. Pero no me han podido decir que invalidez , me han dado , ya que el expediente estaba cerrado.
Yo he seguido cobrando de la empresa desde noviembre en cuanto me dieron el alta con propuesta de invalidez.
Si he cobrado mas de nomina que lo que debo de cobrar de pension . ¿ En que me afecta?
¿ El finiquito desde que dia me lo tienen que pagar ?
Gracias de antemano.
09/04/2019 17:20
Gregorio66
Hola. Si el expediente estaba cerrado... pues que lo abran. Me parece absurdo que no te puedan proporcionar la resolución, por un problema informático. Pide cita en el INSS y que te la den. Si te ponen problemas, pídela por escrito y que te den copia sellada, de tu petición, porque según la Ley 39/2015 -y la que derogó, cuando salió ésta que te he puesto-, tienes derecho a la copia sellada. Todo lo que hayas cobrado de más de nómina, pues... mejor para ti :-). El finiquito, debe saldarse entiendo, con el límite de la fecha en la que se inician los efectos económicos de la pensión que percibes. Saludos, enhorabuena por la pensión y a vivir la vida.
09/04/2019 17:35
Txank
Hola Txank
Gracias por contestar. Haber el expediente esta cerrado , por que al ser un accidente de trabajo el motivo de mi invalidez. Eso se gestiona desde un centro de Barcelona .
La empresa lo recibio el viernes. Y hoy me han comentado en el INSS que he estado.
Que seguramente en unos dias lo recibire en mi domicilio.
Que no me preocupe!!! Que lo recibire en mi casa por correo certificado.