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Invalidez

8 Comentarios
 
01/09/2003 08:13
Muchas gracias por vuestra contestación y siento haber creado una mini polémica.
Un saludo.
29/08/2003 22:26
Para zitro. Perdon.

Perdona Zitro. en mi cortedad pensé que te diriguias a mi. no te ofendas por favor. fué una lamentable equivocación provodada sin duda por mi escas´sisima esperiencia en esto de los foros.

Recibe un afectoso saludo de Ninfa.
29/08/2003 19:19
Haber como contesto yo a esto.
Vamos a ver compañera, compañero o como prefieras (ya que no se como tratarte) que me dirija a ti. Si miras bien mi contestación inicial observarás que contesto a "un supuesto compañero" tratando (como siempre hago, ya que no me mueve otra finalidad) de ayudarle hasta donde me pide y mis conocimientos (cortos o largos) me lo permiten. Posteriormente "SE DIRIGE A MI" dándome las gracias y para corregirme de que "se trata de compañera" y me amplia la pregunta. Cuando voy a contestarle, me encuentro con que tu le has dado tu opinión. Me parece muy bien y estás en tu derecho; pero yo tendré que contestarle a lo que me pregunta. Como podrás observar (y delante está) en la mía, NO HAGO ninguna mención de contestación alguna: ni rectificando ni dando conformidad a ninguna otra. Ignoro, pués, y no entiendo cual es el motivo de tu respuesta hacia mi.

Finalmente decirte compañero(a) que te deseo un buen día. Saludos.
29/08/2003 18:47
Para Zitro.

Hola zitro.No he tratado de corregirte, líbrenme los dioses de ello. Leo con atencion tus opiniones y créeme que demuestras conocimientos y experiencia, muchos y mucha.
Aceptarás que las ninfas somo etereas.Por eso que mas dá lo que sea.

Estoy de acuerdo contigo en que la empresa recibe notificación de la invalidez que se le concede al trabajador y si actua con la honradez que actúan la mayor parte de las empresas , como ya habrá contratado esta responsabilidad con una compañía de seguros, le comunicará tal situación a ésta para que se haga cargo de la indemnización y al trabajador para que contacte con la compañía para su cobro si antes no contactó ella con éste.

A lo que yo me refería es cuando la empresa "pasa", " se hace el despìstado" "yono sabía que había que contratar un seguro. etc. etc.

Un afectuoso saludo.
29/08/2003 18:30
Gracias compañera por la corrección. No me agrada el dirigirme a alguien virtualmente, que no sabes (no quien es, que no me importa) si se trata de mujer o de hombre. Creo no debe importar mucho, pero si es mujer, la sensibilidad que pongo es mayor. No se si es virtud o defecto, solo que me lo enseñaron así y que yo me complazco y procuro practicarlo.

Dicho lo anterior y con relación a tu pregunta, te comento que trás la evaluación por el EVI de la incapacidad que esté afecto el trabajador, deberá de inicarse (la resolución se le enviará también a la empresa, como parte interesada) la petición de la oportuna indemnización a la empresa. Lo más seguro será que ésta haya tenido la previsión de concertar una póliza de seguro que cubra este riesgo en favor de los trabajadores. No obstante, la reponsabilidad en todo caso es de la empresa y si no ha tenido la previsión será la responsable directa del pago.

Decirte finalmente, que como la previsión de invalidez parece (por lo que cuentas) cierta, no estaría de más ,el tratar de tener un contacto con la empresa para ver que dice y hacer una evaluación de los bienes (si tiene disponibles conocidos para hacer frente), con la finalidad de no encontrarnos en un supuesto de alzamiento de bienes, suspensión de pagos o algo parecido, ya que no dices si persona física o jurídica.

Saludos.
29/08/2003 17:15
Si el convenio señala una indemnización pro incapacidad permanente total o absoluta creo que deberías demandar a la empresa en reclamación de la cantidad que establece el convenio como indemnización por el tipo de invalidez que se le conceda y ésta ya lo derivará a la compañía de seguros con la que tenga asegurada esta contingencia que obliga el convenio y si no lha contratado póliza alguna no le quedará mas remedio que sacarlo de su bolsillo.
saludos.
29/08/2003 08:18
Gracias Zitro por tus respuestas siempre tan rápidas.
Respecto a la empresa, en el convenio colectivo de aplicación se establece una indemnización por incapacidad permanente o absoluta. Mi pregunta es si la empresa está obligada a la externalización y si me podeis decir donde puedo encontrar más información sobre este tema. Muchas gracias.

P.D.: Zitro, te corrigo en una cosa soy Compañera
28/08/2003 20:30
Hola compañero. La incapacidad temporal tiene unos periodos o plazos (hasta 12 meses, prorrogables por otros 6) que no necesariamente han de agotarse si no es que se presuma la curación, parcial o total. El facultativo y los servicios correspondientes, emitirán en su caso, un alta e informe con propuesta de invalidez, que tras su examen de evaluación determinará la correspondiente pensión de invalidez.
Saludos.
Invalidez
28/08/2003 16:51
Otra vez os solicito vuestra ayuda en una situación un poco dificil. En una de las empresas que llevo a uno de los trabajadores le dio un infarto cerebral y por lo que dicen los médicos media parte de su cuerpo va a quedar inmóvil. Mi pregunta es si este señor tiene que esperar los 12 meses (que entiendo no prorroguen por otros seis) para solicitar la invalidez. Muchas gracias por vuestra ayuda.
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01/09/2003 08:13
Muchas gracias por vuestra contestación y siento haber creado una mini polémica.
Un saludo.
29/08/2003 22:26
Para zitro. Perdon.

Perdona Zitro. en mi cortedad pensé que te diriguias a mi. no te ofendas por favor. fué una lamentable equivocación provodada sin duda por mi escas´sisima esperiencia en esto de los foros.

Recibe un afectoso saludo de Ninfa.
29/08/2003 19:19
Haber como contesto yo a esto.
Vamos a ver compañera, compañero o como prefieras (ya que no se como tratarte) que me dirija a ti. Si miras bien mi contestación inicial observarás que contesto a "un supuesto compañero" tratando (como siempre hago, ya que no me mueve otra finalidad) de ayudarle hasta donde me pide y mis conocimientos (cortos o largos) me lo permiten. Posteriormente "SE DIRIGE A MI" dándome las gracias y para corregirme de que "se trata de compañera" y me amplia la pregunta. Cuando voy a contestarle, me encuentro con que tu le has dado tu opinión. Me parece muy bien y estás en tu derecho; pero yo tendré que contestarle a lo que me pregunta. Como podrás observar (y delante está) en la mía, NO HAGO ninguna mención de contestación alguna: ni rectificando ni dando conformidad a ninguna otra. Ignoro, pués, y no entiendo cual es el motivo de tu respuesta hacia mi.

Finalmente decirte compañero(a) que te deseo un buen día. Saludos.
29/08/2003 18:47
Para Zitro.

Hola zitro.No he tratado de corregirte, líbrenme los dioses de ello. Leo con atencion tus opiniones y créeme que demuestras conocimientos y experiencia, muchos y mucha.
Aceptarás que las ninfas somo etereas.Por eso que mas dá lo que sea.

Estoy de acuerdo contigo en que la empresa recibe notificación de la invalidez que se le concede al trabajador y si actua con la honradez que actúan la mayor parte de las empresas , como ya habrá contratado esta responsabilidad con una compañía de seguros, le comunicará tal situación a ésta para que se haga cargo de la indemnización y al trabajador para que contacte con la compañía para su cobro si antes no contactó ella con éste.

A lo que yo me refería es cuando la empresa "pasa", " se hace el despìstado" "yono sabía que había que contratar un seguro. etc. etc.

Un afectuoso saludo.
29/08/2003 18:30
Gracias compañera por la corrección. No me agrada el dirigirme a alguien virtualmente, que no sabes (no quien es, que no me importa) si se trata de mujer o de hombre. Creo no debe importar mucho, pero si es mujer, la sensibilidad que pongo es mayor. No se si es virtud o defecto, solo que me lo enseñaron así y que yo me complazco y procuro practicarlo.

Dicho lo anterior y con relación a tu pregunta, te comento que trás la evaluación por el EVI de la incapacidad que esté afecto el trabajador, deberá de inicarse (la resolución se le enviará también a la empresa, como parte interesada) la petición de la oportuna indemnización a la empresa. Lo más seguro será que ésta haya tenido la previsión de concertar una póliza de seguro que cubra este riesgo en favor de los trabajadores. No obstante, la reponsabilidad en todo caso es de la empresa y si no ha tenido la previsión será la responsable directa del pago.

Decirte finalmente, que como la previsión de invalidez parece (por lo que cuentas) cierta, no estaría de más ,el tratar de tener un contacto con la empresa para ver que dice y hacer una evaluación de los bienes (si tiene disponibles conocidos para hacer frente), con la finalidad de no encontrarnos en un supuesto de alzamiento de bienes, suspensión de pagos o algo parecido, ya que no dices si persona física o jurídica.

Saludos.
29/08/2003 17:15
Si el convenio señala una indemnización pro incapacidad permanente total o absoluta creo que deberías demandar a la empresa en reclamación de la cantidad que establece el convenio como indemnización por el tipo de invalidez que se le conceda y ésta ya lo derivará a la compañía de seguros con la que tenga asegurada esta contingencia que obliga el convenio y si no lha contratado póliza alguna no le quedará mas remedio que sacarlo de su bolsillo.
saludos.
29/08/2003 08:18
Gracias Zitro por tus respuestas siempre tan rápidas.
Respecto a la empresa, en el convenio colectivo de aplicación se establece una indemnización por incapacidad permanente o absoluta. Mi pregunta es si la empresa está obligada a la externalización y si me podeis decir donde puedo encontrar más información sobre este tema. Muchas gracias.

P.D.: Zitro, te corrigo en una cosa soy Compañera
28/08/2003 20:30
Hola compañero. La incapacidad temporal tiene unos periodos o plazos (hasta 12 meses, prorrogables por otros 6) que no necesariamente han de agotarse si no es que se presuma la curación, parcial o total. El facultativo y los servicios correspondientes, emitirán en su caso, un alta e informe con propuesta de invalidez, que tras su examen de evaluación determinará la correspondiente pensión de invalidez.
Saludos.
Invalidez
28/08/2003 16:51
Otra vez os solicito vuestra ayuda en una situación un poco dificil. En una de las empresas que llevo a uno de los trabajadores le dio un infarto cerebral y por lo que dicen los médicos media parte de su cuerpo va a quedar inmóvil. Mi pregunta es si este señor tiene que esperar los 12 meses (que entiendo no prorroguen por otros seis) para solicitar la invalidez. Muchas gracias por vuestra ayuda.