insta a la comunidad con el fin de que lo hagan constar en junta de propietarios y caso contrario estudia la legitimidad activa del propietario individual para el ejercicio, o bien de la acción de cesación o bien la acción que corresponda para obligar a la comunidad a tomar medidas.
Por cierto, la acción de cesación es una acción colectiva, y en esto estoy solo. Nadie me apoya. Les da igual a mis vecinos que no pueda aparcar mi coche en mi plaza.
En un garaje comunitario, los estatutos contemplan unas servidumbres de unas plazas con respecto a sus adyacentes para la cómoda entrada y salida de los ocupantes del vehículo, así como del equipaje.
Ciertos vecinos invaden esta servidumbre, impidiendo así el pacífico disfrute de la propiedad, con el presumible objeto de coaccionar.
¿Qué pasos legales deben segurse para recuperar esa servidumbre? ¿Podríamos hablar de un delito de coacciones?