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Invasión de servidumbre

2 Comentarios
 
13/02/2007 08:45
Muchas gracias bent.
12/02/2007 22:52
En mi opinión yo aqui no utilizaría el Procedimiento Monitorio, éste último es para reclamar cantidades debidas mediante documentos de acreedores, aunque sean redactado unilateralmente. Es decir, aqui no eres el expedicionario de la factura, sino lo que intentas es repercutir o reclamar la indemnización de un daño causado. Por eso pondría un Juicio Declarativo Verbal.
De todas formas, como es una servidumbre que afecta a la comunidad de propietarios intentaría una acción de cesación, es decir, solicitar al presidente de la comunidad que se requiera a este vecino para que cese en el comportamiento que afecta a la comunidad.
Invasión de servidumbre
12/02/2007 10:11
En los estatutos de mi comunidad de Propietarios existe una servidumbre en las plazas de garaje, que permite a cada propietario usar la plaza de garaje contigua para la cómoda apertura de las puertas, y la carga y descarga del equipaje. Es decir, que los vehículos no deben aparcar a menos de 35 ó 40 cm del límite de su plaza para respetar esta servidumbre.

Pues bien. El Sábado el vecino contiguo aparcó dejando tan sólo 5 cm (y así sigue el vehículo), con lo que os podeis imaginar que así es imposible bajar si tienes la más mínima limitación de movilidad. Por ello, he tenido que alquilar otra plaza de garaje que me cuesta 124 euros más IVA por un plazo de 45 días.

Mi intención es repercutir este coste al propietario de la plaza que me ha causado y me está causando este daño. He tomado fotografías esta misma mañana, y me gustaría consultar si es adecuado el procedimiento monitorio para reclamar este daño, o si por el contrario lo correcto es acudir a un abogado ya que no se considera esto una deuda, y no sirve el monitorio.

También me gustaría que opinarais si he hecho lo correcto alquilando otra plaza de garaje, o tenía que haber hecho alguna otra cosa.

Muchas gracias.
Invasión de servidumbre | PorticoLegal
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Invasión de servidumbre

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13/02/2007 08:45
Muchas gracias bent.
12/02/2007 22:52
En mi opinión yo aqui no utilizaría el Procedimiento Monitorio, éste último es para reclamar cantidades debidas mediante documentos de acreedores, aunque sean redactado unilateralmente. Es decir, aqui no eres el expedicionario de la factura, sino lo que intentas es repercutir o reclamar la indemnización de un daño causado. Por eso pondría un Juicio Declarativo Verbal.
De todas formas, como es una servidumbre que afecta a la comunidad de propietarios intentaría una acción de cesación, es decir, solicitar al presidente de la comunidad que se requiera a este vecino para que cese en el comportamiento que afecta a la comunidad.
Invasión de servidumbre
12/02/2007 10:11
En los estatutos de mi comunidad de Propietarios existe una servidumbre en las plazas de garaje, que permite a cada propietario usar la plaza de garaje contigua para la cómoda apertura de las puertas, y la carga y descarga del equipaje. Es decir, que los vehículos no deben aparcar a menos de 35 ó 40 cm del límite de su plaza para respetar esta servidumbre.

Pues bien. El Sábado el vecino contiguo aparcó dejando tan sólo 5 cm (y así sigue el vehículo), con lo que os podeis imaginar que así es imposible bajar si tienes la más mínima limitación de movilidad. Por ello, he tenido que alquilar otra plaza de garaje que me cuesta 124 euros más IVA por un plazo de 45 días.

Mi intención es repercutir este coste al propietario de la plaza que me ha causado y me está causando este daño. He tomado fotografías esta misma mañana, y me gustaría consultar si es adecuado el procedimiento monitorio para reclamar este daño, o si por el contrario lo correcto es acudir a un abogado ya que no se considera esto una deuda, y no sirve el monitorio.

También me gustaría que opinarais si he hecho lo correcto alquilando otra plaza de garaje, o tenía que haber hecho alguna otra cosa.

Muchas gracias.