hola, me llamo Montse y necesito que aguien me diga con exactitud cual es la subida de ipc del año 2008 que debo aplicar a un local alquilado, necesito saber que % debo subir este año. me han dicho que es un 2% y otros que u 1.7%.
Hola montse. La actualización SOLO es exigible desde el MES SIGUIENTE a áquel en el que la parte Arrendadora NOTIFIQUE POR ESCRITO la actualización.
Si HUBO notificación el sistema es el siguiente: la renta base será la que se viniese pagando en la anualidad anterior. Para la PRIMERA actualización se tomará como mes de referencia el IPC que corresponda al ÚLTIMO IPC que estuviera publicado EN LA FECHA de celebración del contrato. En las SUCESIVAS actualizaciones se tomará como referencia el índice que corresponda al último aplicado.
Perdona Jan, por lo que he entendio si el contrato se celebró en marzo del 2008, este año le tengo que subir el IPC que marcaba en ese momento?
He consultado por internet y el ipc de marzo de 2008 era un 4.7%. yo pensaba que tenía que aplicar el que se publica como oficial de la subida total anual del IPC? , por eso mi empeño en preguntar cual era el IPC del año 2008. No se pero me gustaría que me lo aseguraras porque no quiero hacer el ridículo y la subida es grande que opinas?
Hola montse. Si la FECHA de celebración del contrato está entre los días 20 y 30 de MARZO es probable que el último IPC publicado en esa fecha fuese el de Febrero.
Si la FECHA de celebración del contrato está entre los días 1 y 19 de MARZO el último IPC publicado en esa fecha fue el de Enero.
En función de lo anterior usted deberá calcular la actualización bien desde Enero de 2008 a Enero de 2009 o bien desde Febrero de 2008 a Febrero de 2009.