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IPC,IBI, repercusión por obras, renta antigua

6 Comentarios
 
10/10/2003 15:22
No podrás cobrar los atrasos con caracter retroactivo, pero dado que supongo acredito que ganaba menos de las x veces el salario mínimo interprofesional, podrás tomar como base del IPC la del año que intentada la actualización esta no prospero, y como ipc final, el del mes en el que se cumpla la última anualidad. De todas formas intentada la actualización la prueba de los ingresos corresponde al arrendatario y la deberá demostrar documentalmente, ten en cuenta que en la declaración del IRPF, puedes deducir una cantidad (un porcentaje sobre el valor catastral) por no poder actualizar la renta, en los términos previstos en la LAU.
Saludos
10/10/2003 00:57
Emill.

Pues no, y no porque no halla querido. En 1995 intentamos hacerselo pero el arrendatario alego que no negaba a dicha actualizacion pero que no podia pagarla.

O sea que sus ingresos no superaban 2,5 el salario minimo interprofesional.

Y desde entonces no he intentado nada en ese aspecto.
Creo no obstante que si puedo intentar la actualizacion todos los años...
A lo mejor lo intento ahora.

Gracias por interesarte Emill
09/10/2003 19:33
No has realizado la actualización de renta que permite la L.A.U? Es independiene del tema de obras.
Saludos
06/10/2003 09:53
No, es más o menos, un fax que se lo llevan al destinatario a casa, suele tardar 2 o 3 días máximo en llegar, la gran ventaja es que puedes pedir acuse de recibo para saber si lo recibe, y una vez hecho esto pides certificación de texto, es decir, el director de la oficina de correos certifica el escrito que has mandado, tiene validez ante los tribunales como prueba de notificación.
Es el medio más adecuado para realizar notificaciones que creas que te van a acarrear algún tipo de problema.
Espero haberme explicado bien.
Saludos
04/10/2003 12:07
¿Que es un Burofax? una carta certificada?
29/09/2003 18:37
Una vez q se ha consolidado una renta, y q ha sido aceptada pro el inquilino este ya no puede volver atras. No te puede pedir q se la bajes.
Efectivament e el incremento del IPC se lo tendrás q hacer sobre la renta y no sobre las obras q le repercutas, este incremento podrá ser del IPC acumulado de los últimos cinco años. Debes pedirlo en el INE. De todas formas, a partir de ahora intenta hacer la subida cada año, te garantizo q da menos problemas y además sales ganando.
Tb le podrás pasar al cobro los recibos de IBI según la disposición transitoria 2ª C) 10.2.
Por último te recuerdo q todo lo q hagas a este respecto lo deberás hacer a través de un medio q demuestre fehaciencia, es decir, a traves de Burofax con acuse de recibo y certificación de texto.
Ipc,ibi, repercusión por obras, renta antigua
27/09/2003 11:44
Hola.
No hace tiempo que me puse en contacto con este foro y me indicaron con bastante acierto las opciones que tenia para mi problema.
Logicamente mis consultas se han trasladado a abogados de carne y hueso y esto es lo que ha pasado.

El contrato es de 1954. Bien las unicas subidas que he podido hacerle han sido 2, y ambas por repercusion por obras.
Ambas subidas fueron rellenadas por abogados pero ahora resulta que estuvieron mal echas.

A ver si me explico. Cuando tu haces una subida por obras , esa subida no puede exceder del 50 % de la renta base.
Y a mi me aplicaron el 12 % en ambas ocasiones para pasar de 3000 pts a 5000 pts y luego a 8000 pts.

Es decir si antes pagaba 5000, lo maximo que podia subirle eran 2500 pts en el caso de que esta fuera la nueva renta, pero ya desconozco si son sobre 3000 (renta base) o 5000.
A ellos el 12% lo aplicaron sobre las 5000 (total de la renta) y subio a 8000, obiamente supera el 50 % de renta base.
(3000 pts).

Bueno pues ahi va mi problema.
Deseo proceder a la revision de la renta, ya que desde 1995 no le he subido la renta. (solo por obras) . Es decir, no le subido en base al IPC anual.
Pues ahora deseo hacerlo y actualizarlo desde 1995, lo cual daria un 26,5.

El abogado aplico dicha subida sobre la renta base 3000 pts y no sobre las 5000.
Al final se le sube 800 pts, lo cual no es mucho pero para mi, si lo es.

El caso es que temo con hacer esto que indage y emprendiera algun tipo de accion por haberle hecho la subida por repercusion por obras mal. ¿ Tiene derecho a pedir indenizacion? ¿Puede que com mi accion no le suba la renta si no que encima la baje?.
Ahora temo que encima que estoy jodido vivo que el recibo baje.
Todavia no si aplicarle el IPC. Desconozco si hay retroactividad para que el arrendatario exiga que se le baje la renta
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10/10/2003 15:22
No podrás cobrar los atrasos con caracter retroactivo, pero dado que supongo acredito que ganaba menos de las x veces el salario mínimo interprofesional, podrás tomar como base del IPC la del año que intentada la actualización esta no prospero, y como ipc final, el del mes en el que se cumpla la última anualidad. De todas formas intentada la actualización la prueba de los ingresos corresponde al arrendatario y la deberá demostrar documentalmente, ten en cuenta que en la declaración del IRPF, puedes deducir una cantidad (un porcentaje sobre el valor catastral) por no poder actualizar la renta, en los términos previstos en la LAU.
Saludos
10/10/2003 00:57
Emill.

Pues no, y no porque no halla querido. En 1995 intentamos hacerselo pero el arrendatario alego que no negaba a dicha actualizacion pero que no podia pagarla.

O sea que sus ingresos no superaban 2,5 el salario minimo interprofesional.

Y desde entonces no he intentado nada en ese aspecto.
Creo no obstante que si puedo intentar la actualizacion todos los años...
A lo mejor lo intento ahora.

Gracias por interesarte Emill
09/10/2003 19:33
No has realizado la actualización de renta que permite la L.A.U? Es independiene del tema de obras.
Saludos
06/10/2003 09:53
No, es más o menos, un fax que se lo llevan al destinatario a casa, suele tardar 2 o 3 días máximo en llegar, la gran ventaja es que puedes pedir acuse de recibo para saber si lo recibe, y una vez hecho esto pides certificación de texto, es decir, el director de la oficina de correos certifica el escrito que has mandado, tiene validez ante los tribunales como prueba de notificación.
Es el medio más adecuado para realizar notificaciones que creas que te van a acarrear algún tipo de problema.
Espero haberme explicado bien.
Saludos
04/10/2003 12:07
¿Que es un Burofax? una carta certificada?
29/09/2003 18:37
Una vez q se ha consolidado una renta, y q ha sido aceptada pro el inquilino este ya no puede volver atras. No te puede pedir q se la bajes.
Efectivament e el incremento del IPC se lo tendrás q hacer sobre la renta y no sobre las obras q le repercutas, este incremento podrá ser del IPC acumulado de los últimos cinco años. Debes pedirlo en el INE. De todas formas, a partir de ahora intenta hacer la subida cada año, te garantizo q da menos problemas y además sales ganando.
Tb le podrás pasar al cobro los recibos de IBI según la disposición transitoria 2ª C) 10.2.
Por último te recuerdo q todo lo q hagas a este respecto lo deberás hacer a través de un medio q demuestre fehaciencia, es decir, a traves de Burofax con acuse de recibo y certificación de texto.
Ipc,ibi, repercusión por obras, renta antigua
27/09/2003 11:44
Hola.
No hace tiempo que me puse en contacto con este foro y me indicaron con bastante acierto las opciones que tenia para mi problema.
Logicamente mis consultas se han trasladado a abogados de carne y hueso y esto es lo que ha pasado.

El contrato es de 1954. Bien las unicas subidas que he podido hacerle han sido 2, y ambas por repercusion por obras.
Ambas subidas fueron rellenadas por abogados pero ahora resulta que estuvieron mal echas.

A ver si me explico. Cuando tu haces una subida por obras , esa subida no puede exceder del 50 % de la renta base.
Y a mi me aplicaron el 12 % en ambas ocasiones para pasar de 3000 pts a 5000 pts y luego a 8000 pts.

Es decir si antes pagaba 5000, lo maximo que podia subirle eran 2500 pts en el caso de que esta fuera la nueva renta, pero ya desconozco si son sobre 3000 (renta base) o 5000.
A ellos el 12% lo aplicaron sobre las 5000 (total de la renta) y subio a 8000, obiamente supera el 50 % de renta base.
(3000 pts).

Bueno pues ahi va mi problema.
Deseo proceder a la revision de la renta, ya que desde 1995 no le he subido la renta. (solo por obras) . Es decir, no le subido en base al IPC anual.
Pues ahora deseo hacerlo y actualizarlo desde 1995, lo cual daria un 26,5.

El abogado aplico dicha subida sobre la renta base 3000 pts y no sobre las 5000.
Al final se le sube 800 pts, lo cual no es mucho pero para mi, si lo es.

El caso es que temo con hacer esto que indage y emprendiera algun tipo de accion por haberle hecho la subida por repercusion por obras mal. ¿ Tiene derecho a pedir indenizacion? ¿Puede que com mi accion no le suba la renta si no que encima la baje?.
Ahora temo que encima que estoy jodido vivo que el recibo baje.
Todavia no si aplicarle el IPC. Desconozco si hay retroactividad para que el arrendatario exiga que se le baje la renta