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I.P.Total para para su profesion habitual

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I.p.total para para su profesion habitual
25/03/2009 12:13
Nando_BCN,como lo ves???

Imaginemos un trabajador que le han dado una I.P.Total para para su profesion habitual con fecha 3/12/2008.En la resolucion le dan fecha para revision 1/12/2010.

El estatuto de los trabajadores en su articulo 48 dice que el contrato se suspende durante dos años.En principio si pasa la revision y continua con la IPT,la posibildad de reingreso a su antigua empresa se esfuma definitivamente.Si le dan el alta la empresa le tiene que reincorporar.Sino lo hace el trabajador puede demandar por despido.Ese es el espiritu de la ley.
Mi pregunta viene a ser:en que momento te dan el alta,en el momento de la revision o dias mas tarde.
Por que en este supuesto si no te comunican el alta antes de 2 dias y te lo comunican en 15 o mas dias,se entiende que tambien pierdes la oportunidad de reingreso en la empresa ya que habria hecho mas de 2 años desde que te concededieron la IPT si te lo comunican dias mas tarde y no en el momento de la revision.
Alguien podria decirme como funciona esto??

Saludos.
I.P.Total para para su profesion habitual | PorticoLegal
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I.p.total para para su profesion habitual
25/03/2009 12:13
Nando_BCN,como lo ves???

Imaginemos un trabajador que le han dado una I.P.Total para para su profesion habitual con fecha 3/12/2008.En la resolucion le dan fecha para revision 1/12/2010.

El estatuto de los trabajadores en su articulo 48 dice que el contrato se suspende durante dos años.En principio si pasa la revision y continua con la IPT,la posibildad de reingreso a su antigua empresa se esfuma definitivamente.Si le dan el alta la empresa le tiene que reincorporar.Sino lo hace el trabajador puede demandar por despido.Ese es el espiritu de la ley.
Mi pregunta viene a ser:en que momento te dan el alta,en el momento de la revision o dias mas tarde.
Por que en este supuesto si no te comunican el alta antes de 2 dias y te lo comunican en 15 o mas dias,se entiende que tambien pierdes la oportunidad de reingreso en la empresa ya que habria hecho mas de 2 años desde que te concededieron la IPT si te lo comunican dias mas tarde y no en el momento de la revision.
Alguien podria decirme como funciona esto??

Saludos.