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irpf en contrato de arrendamiento

3 Comentarios
 
22/01/2007 17:21
LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y de
modificación parcial de las leyes de los
Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta
de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Art.101.
8. El porcentaje de retención e ingreso a cuenta
sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o
subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, cualquiera
que sea su calificación, será del 18 por ciento.
Este porcentaje se reducirá a la mitad cuando el
inmueble esté situado en Ceuta o Melilla en los términos
previstos en el artículo 68.4 de esta Ley.

REAL DECRETO 1576/2006, de 22 de diciembre,
por el que se modifican, en materia de
pagos a cuenta, el Reglamento del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas,...
Diecinueve. El artículo 98 queda redactado del
siguiente modo:
«Artículo 98. Importe de las retenciones sobre
arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles.
La retención a practicar sobre los rendimientos
procedentes del arrendamiento o subarrendamiento
de inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación,
será el resultado de aplicar el porcentaje
del 18 por ciento sobre todos los conceptos que se
satisfagan al arrendador, excluido el Impuesto sobre
el Valor Añadido.
Este porcentaje se dividirá por dos cuando el
inmueble urbano esté situado en Ceuta o Melilla, en
los términos previstos en el artículo 68.4 de la Ley
del Impuesto.»
19/01/2007 23:48
segun la OCU no varia, sigue siendo el 15%, me podeis aclarar algo mas. gracias
15/01/2007 18:31
La retención para rendimientos de capital inmobiliario pasa del 15% al 18%. El IVA no varía.
Irpf en contrato de arrendamiento
12/01/2007 22:49
soy el arrendador en un contrato de arrendamiento de uso distinto al de vivienda, a partir de enero ¿sabeis que porcentaje de irpf me tiene que retener el arrendatario, ¿ y el iva sique siendo el 16 %.
gracias
irpf en contrato de arrendamiento | PorticoLegal
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22/01/2007 17:21
LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y de
modificación parcial de las leyes de los
Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta
de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Art.101.
8. El porcentaje de retención e ingreso a cuenta
sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento o
subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos, cualquiera
que sea su calificación, será del 18 por ciento.
Este porcentaje se reducirá a la mitad cuando el
inmueble esté situado en Ceuta o Melilla en los términos
previstos en el artículo 68.4 de esta Ley.

REAL DECRETO 1576/2006, de 22 de diciembre,
por el que se modifican, en materia de
pagos a cuenta, el Reglamento del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas,...
Diecinueve. El artículo 98 queda redactado del
siguiente modo:
«Artículo 98. Importe de las retenciones sobre
arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles.
La retención a practicar sobre los rendimientos
procedentes del arrendamiento o subarrendamiento
de inmuebles urbanos, cualquiera que sea su calificación,
será el resultado de aplicar el porcentaje
del 18 por ciento sobre todos los conceptos que se
satisfagan al arrendador, excluido el Impuesto sobre
el Valor Añadido.
Este porcentaje se dividirá por dos cuando el
inmueble urbano esté situado en Ceuta o Melilla, en
los términos previstos en el artículo 68.4 de la Ley
del Impuesto.»
19/01/2007 23:48
segun la OCU no varia, sigue siendo el 15%, me podeis aclarar algo mas. gracias
15/01/2007 18:31
La retención para rendimientos de capital inmobiliario pasa del 15% al 18%. El IVA no varía.
Irpf en contrato de arrendamiento
12/01/2007 22:49
soy el arrendador en un contrato de arrendamiento de uso distinto al de vivienda, a partir de enero ¿sabeis que porcentaje de irpf me tiene que retener el arrendatario, ¿ y el iva sique siendo el 16 %.
gracias