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IT y desempleo

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It y desempleo
21/05/2009 15:24
Saludos.

Cuando un trabajador le dan de baja por A.T y el mismo día le despiden, la base reguladora sería la misma que para el desempleo. (art. 222 LGSS)

Pero, ¿QUé pasa si no tiene cotizados los 180 días anteriores a la baja, que son exigibles para el desempleo? ?Cómo se calcula entonces la base reguladora?

Gracias
IT y desempleo | PorticoLegal
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21/05/2009 15:24
Saludos.

Cuando un trabajador le dan de baja por A.T y el mismo día le despiden, la base reguladora sería la misma que para el desempleo. (art. 222 LGSS)

Pero, ¿QUé pasa si no tiene cotizados los 180 días anteriores a la baja, que son exigibles para el desempleo? ?Cómo se calcula entonces la base reguladora?

Gracias