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15/11/2010 20:43

¿Es legal la incorporación al trabajo desde una situación de IT en mitad de la jornada laboral? Ejemplo: trabajador cuyo horario de trabajo en turnos de 24 horas comienza a las 08:00 h. y finaliza a las 08:00 h. del día siguiente. ¿Puede la empresa obligarle a incorporarse al trabajo después de una IT a las 00:00 h. del día x cuando la jornada de trabajo comienza a las 08:00 h. del día anterior, considerando que la fecha de alta del parte médico corresponde al día x?
.

Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/05/¿como-se-convierte-los-granos-de-maiz-en-palomitas/#ixzz15NgEzTL4
15/11/2010 20:58
La jornada laboral cuando se realiza entre dos fechas corresponde a la fecha de inciio de la jornada, es decir dia x-1, por lo tanto deberá incorporarse en el horario de entrada habitual que corresponda al dia x o posteriores, no en otro horario o jornada.
It | PorticoLegal
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La jornada laboral cuando se realiza entre dos fechas corresponde a la fecha de inciio de la jornada, es decir dia x-1, por lo tanto deberá incorporarse en el horario de entrada habitual que corresponda al dia x o posteriores, no en otro horario o jornada.