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Jornada completa, luego parcial y despido.

3 Comentarios
 
Jornada completa, luego parcial y despido.
19/05/2009 17:06
Hola amigos:

Pues en el título va explícita mi pregunta.

Si has estado trabajando en una empresa durante 12 años seguidos a jornada completa y de repente te ofrecen reducirla a la mitad, aceptas, y a los 2 meses te despiden......

¿Se calcula la indemnización prorrateadamente según los años a jornada completa y parcial? o sencillamente se calcula en función del último sueldo percibido, es decir, a jornada parcial, perdiendo por lo tanto el trabajador en la práctica la mitad de la indemnización que de otro modo así le habría correspondido 2 meses antes.

Es que creo que esta es la trampa que le están preparando a mi hermana después de estar un mes de baja por aborto. Nos choca y mucho que tras varias tentativas de ella pidiendo la media jornada a lo largo de estos 12 años se la hayan negado clara y tasativamente y ahora que queda claro su intención de traer un hijo al mundo se la ofrezcan a iniciativa propia.

En otra baja de 2 meses que anteriormente tuvo por operación las compañeras ya la hablaron que sólo la cuantía del despido impidió que la despidieran.

En fin, un millón de Gracias por vuestro asesoramiento.

Alambrillos

Alambrillos.


19/05/2009 17:29
la indemnizacion se calcula a razon de lo cobrado en bruto en el año anterior a la fecha de despido
si trabaja un año a media jornada el despido sera a razon de la media jornada

si solo son unos meses , tendrian que coger numeros de meses trabajados a jornada completa
20/05/2009 13:02
Si quiere reducirse la jornada por guarda legal tiene derecho.

Si la empresa se la ha negado sistematicamente es por que ella no ha demandado.

Por lo tanto si todavia desea reducirsela puede adelantarse a las intenciones de la empresa y reducirse la jornada via burofax y si la empresa se la deniega o no la contesta demandar via judicial para que se la conceda un juez.

Aunque tambien puede demandar por modificacion sustancial de las condiciones de trabajo.

La conversion de un contrato a jornada completa por uno a jornada parcial necesita del consentimiento expreso del trabajador.La empresa no puede modificarlo unilateralmente y puede demandar.

Tambien puede rescindir el contrato con derecho a una indemnizacion de 20 dias por año con un tope de 9 mensualidades.

Dale un repaso al articulo 41 del E.T que ahi viene todo muy bien explicado.
21/05/2009 11:34
hola manu99,
creo que lo que dice alambrillos es que la trabajadora tiene la intención de tener hijos pero no ha podido todavía, por lo que si no ha tenido el bebé no puede hacer como tú dices y tener reducción de jornada así como así.

Si la empresa quiere reducirle la jornada no será por reducción de jornada y, por tanto, sí reducirá el abono de una indemnización si después de un tiempo hay un posible despido. Por ello, quizás no le conviene acordar la reducción en estos momentos y como bien dices, en caso de que la empresa continuara con la pretensión entonces podría solicitar la rescisión del contrato con derecho a indemnización.

Si la trabajadora tiene el bebé y a partir del período de lactancia solicita una reducción de jornada por guarda legal, ahí sí tiene derecho a solicitarlo hasta que el niño cumpla los 8 años y en este caso siguiendo la D.A 18 del ET para el cálculo de un posible despido se tendrían en cuenta las cantidades que le pertenecerían en caso de no tener reducción de jornada.

Saludos.
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19/05/2009 17:06
Hola amigos:

Pues en el título va explícita mi pregunta.

Si has estado trabajando en una empresa durante 12 años seguidos a jornada completa y de repente te ofrecen reducirla a la mitad, aceptas, y a los 2 meses te despiden......

¿Se calcula la indemnización prorrateadamente según los años a jornada completa y parcial? o sencillamente se calcula en función del último sueldo percibido, es decir, a jornada parcial, perdiendo por lo tanto el trabajador en la práctica la mitad de la indemnización que de otro modo así le habría correspondido 2 meses antes.

Es que creo que esta es la trampa que le están preparando a mi hermana después de estar un mes de baja por aborto. Nos choca y mucho que tras varias tentativas de ella pidiendo la media jornada a lo largo de estos 12 años se la hayan negado clara y tasativamente y ahora que queda claro su intención de traer un hijo al mundo se la ofrezcan a iniciativa propia.

En otra baja de 2 meses que anteriormente tuvo por operación las compañeras ya la hablaron que sólo la cuantía del despido impidió que la despidieran.

En fin, un millón de Gracias por vuestro asesoramiento.

Alambrillos

Alambrillos.


19/05/2009 17:29
la indemnizacion se calcula a razon de lo cobrado en bruto en el año anterior a la fecha de despido
si trabaja un año a media jornada el despido sera a razon de la media jornada

si solo son unos meses , tendrian que coger numeros de meses trabajados a jornada completa
20/05/2009 13:02
Si quiere reducirse la jornada por guarda legal tiene derecho.

Si la empresa se la ha negado sistematicamente es por que ella no ha demandado.

Por lo tanto si todavia desea reducirsela puede adelantarse a las intenciones de la empresa y reducirse la jornada via burofax y si la empresa se la deniega o no la contesta demandar via judicial para que se la conceda un juez.

Aunque tambien puede demandar por modificacion sustancial de las condiciones de trabajo.

La conversion de un contrato a jornada completa por uno a jornada parcial necesita del consentimiento expreso del trabajador.La empresa no puede modificarlo unilateralmente y puede demandar.

Tambien puede rescindir el contrato con derecho a una indemnizacion de 20 dias por año con un tope de 9 mensualidades.

Dale un repaso al articulo 41 del E.T que ahi viene todo muy bien explicado.
21/05/2009 11:34
hola manu99,
creo que lo que dice alambrillos es que la trabajadora tiene la intención de tener hijos pero no ha podido todavía, por lo que si no ha tenido el bebé no puede hacer como tú dices y tener reducción de jornada así como así.

Si la empresa quiere reducirle la jornada no será por reducción de jornada y, por tanto, sí reducirá el abono de una indemnización si después de un tiempo hay un posible despido. Por ello, quizás no le conviene acordar la reducción en estos momentos y como bien dices, en caso de que la empresa continuara con la pretensión entonces podría solicitar la rescisión del contrato con derecho a indemnización.

Si la trabajadora tiene el bebé y a partir del período de lactancia solicita una reducción de jornada por guarda legal, ahí sí tiene derecho a solicitarlo hasta que el niño cumpla los 8 años y en este caso siguiendo la D.A 18 del ET para el cálculo de un posible despido se tendrían en cuenta las cantidades que le pertenecerían en caso de no tener reducción de jornada.

Saludos.