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Jubilación anticipada derivada a cese de trabajo involuntariao

5 Comentarios
 
Jubilación anticipada derivada a cese de trabajo involuntariao
23/01/2021 23:12
Buenas, primero agradecer la ayuda ofrecida por todos profesionales. En octubre voy a cumplir 61 años. Mi pregunta es :puedo acceder a la jubilacion anticipada involuntaria? En Otro pais de la UE tengo cotizados 19 años y cuatro meses.Actualmente estoy en paro el que se acaba a finales de mayo. Luego toca solicitar el subsidio de mayores de 52 hasta octubre. Total cotizaciones en España de cara octubre 19 años. Finales de año 2018 he sido despedido por causas organizativas de la produccion, indemnizado. Desde entonces un contrato temporal 5 meses - despido improcedente.? Tendre derecho de la jubilación anticipada forzosa ? De 19 a 24 años como se calculan los 5 años que me faltan para determinar la base reguladora? Me perjudican los 5 meses trabajados después del despido objetivo? Gracias de antemano y un saludo.
24/01/2021 12:33
viktorak
Hola. Empiezo por la última pregunta. Los 5 últimos meses trabajados te afectarían si el INSS aplicase la ley al pie de la letra, pues el despido por causas objetivas no será en el último trabajo.
Pero ( salvo que el INSS haya cambiado su criterio muy recientemente) , no te afectará, pues el INSS no lo tiene en cuenta al no ser un período superior a un año , el tiempo trabajado después del despido objetivo.
Por otra parte como sumando todas las cotizaciones realizadas en dos paises tienes más de 38 años de cotización, y has tenido un despido objetivo indemnizado, te podrás jubilar en España a los 61 años de edad. Ahora bien , deberás acreditar los 19 años cotizados en otro país.
Y por otra parte, el INSS una vez calculada la jubilación como si siempre hubieses cotizado en España, te pagará sólo la mitad ( por aplicación de la llamada " prorrata temporis", es decir que cada país paga en función del porcentaje de los años cotizados) al tener 19 años aquí y otros 19 años en otro país.
Y dependerá de la legislación de ese otro país , cobrarás la otra mitad de la jubilación o te pagarás más tarde.
Por otra parte, mientras cobres el subsidio de mayores de 52 años , además de contabilizarse como tiempo cotizado, también estarás cotizando por una base mensual de 1385,41 €.
Por último, los periodos comprendidos entre los 24 últimos años anteriores a la jubilación ( 2021), en los que no haya cotización , se computan las bases mínimas mensuales de dichas lagunas siempre y cuando no se superen los 4 años. Si se superan , las restantes lagunas se comutan por la mitad de la bas mínima de cotización.
Saludos
24/01/2021 15:16
Expertolaboral
@Expertolaboral,gracias por tu tiempo y explicaciones. Quisiera añadir un dato, que no he expuesto antes. En mi país de origen actualmente tengo concedida una pensión por jubilacion anticipada de trabajos con bonificaciones de edad. En este caso? si la mitad de la cantidad calculada por INSS, correspondiente a pagar mi pais de origen es mayor de lo que actualmente estoy cobrando, entiendo que esta ultima debe de ser actualizada hasta cumplir la totatlidad calculada? Gracias
24/01/2021 18:23
viktorak
Hola Siento no poder contestarte por dos motivos:
1) desconozco cuál es el otro país.
2) aunque lo conociera no soy experto en jubilaciones de otros países.
Únicamente sé algo de la legislación española cuando se trata de convenios internacionales.
Lo más probable es que seguirás cobrando la jubilación de tu país y España te pagará la jubilación que corresponde a España pero aplicando su porcentaje en función de la proporción de años cotizados aquí.
Saludos
26/01/2021 16:50
Expertolaboral
@Expertolaboral, muchas gracias por la atención prestada. Una última pregunta. Para calcular la base reguladora en mi caso habra que incorporar las lagunas de cotizacion laboral. Yo tendre 5 años. Que referencia hay que tomar.?Tomar la cotizacion mensual MIA, mas baja y multiplicarla por /48 meses/, o tomar la cotizacion mensual más baja oficial atrás en el tiempo mas cercana de la primera cotizacion mia /año 2002/? Se refiere cotizacion de mes completo? Gracias, un saludo.
31/01/2021 11:10
viktorak
Hola Si tienes 5 años de lagunas de cotizaciones, durante los 4 años más cercanos a tu jubilación, el INSS computará las bases mínimas mensuales vigentes en cada mes de esos 4 años.
Por ejemplo en el año 2010 las base mínima mensual era de 738,90 €.
Si hay más de 4 años de lagunas, durante los restantes años el INSS computa cada mes por la mitad de la base mínima mensual vigente en cada momento de laguna de cotización.
Saludos
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Jubilación anticipada derivada a cese de trabajo involuntariao
23/01/2021 23:12
Buenas, primero agradecer la ayuda ofrecida por todos profesionales. En octubre voy a cumplir 61 años. Mi pregunta es :puedo acceder a la jubilacion anticipada involuntaria? En Otro pais de la UE tengo cotizados 19 años y cuatro meses.Actualmente estoy en paro el que se acaba a finales de mayo. Luego toca solicitar el subsidio de mayores de 52 hasta octubre. Total cotizaciones en España de cara octubre 19 años. Finales de año 2018 he sido despedido por causas organizativas de la produccion, indemnizado. Desde entonces un contrato temporal 5 meses - despido improcedente.? Tendre derecho de la jubilación anticipada forzosa ? De 19 a 24 años como se calculan los 5 años que me faltan para determinar la base reguladora? Me perjudican los 5 meses trabajados después del despido objetivo? Gracias de antemano y un saludo.
24/01/2021 12:33
viktorak
Hola. Empiezo por la última pregunta. Los 5 últimos meses trabajados te afectarían si el INSS aplicase la ley al pie de la letra, pues el despido por causas objetivas no será en el último trabajo.
Pero ( salvo que el INSS haya cambiado su criterio muy recientemente) , no te afectará, pues el INSS no lo tiene en cuenta al no ser un período superior a un año , el tiempo trabajado después del despido objetivo.
Por otra parte como sumando todas las cotizaciones realizadas en dos paises tienes más de 38 años de cotización, y has tenido un despido objetivo indemnizado, te podrás jubilar en España a los 61 años de edad. Ahora bien , deberás acreditar los 19 años cotizados en otro país.
Y por otra parte, el INSS una vez calculada la jubilación como si siempre hubieses cotizado en España, te pagará sólo la mitad ( por aplicación de la llamada " prorrata temporis", es decir que cada país paga en función del porcentaje de los años cotizados) al tener 19 años aquí y otros 19 años en otro país.
Y dependerá de la legislación de ese otro país , cobrarás la otra mitad de la jubilación o te pagarás más tarde.
Por otra parte, mientras cobres el subsidio de mayores de 52 años , además de contabilizarse como tiempo cotizado, también estarás cotizando por una base mensual de 1385,41 €.
Por último, los periodos comprendidos entre los 24 últimos años anteriores a la jubilación ( 2021), en los que no haya cotización , se computan las bases mínimas mensuales de dichas lagunas siempre y cuando no se superen los 4 años. Si se superan , las restantes lagunas se comutan por la mitad de la bas mínima de cotización.
Saludos
24/01/2021 15:16
Expertolaboral
@Expertolaboral,gracias por tu tiempo y explicaciones. Quisiera añadir un dato, que no he expuesto antes. En mi país de origen actualmente tengo concedida una pensión por jubilacion anticipada de trabajos con bonificaciones de edad. En este caso? si la mitad de la cantidad calculada por INSS, correspondiente a pagar mi pais de origen es mayor de lo que actualmente estoy cobrando, entiendo que esta ultima debe de ser actualizada hasta cumplir la totatlidad calculada? Gracias
24/01/2021 18:23
viktorak
Hola Siento no poder contestarte por dos motivos:
1) desconozco cuál es el otro país.
2) aunque lo conociera no soy experto en jubilaciones de otros países.
Únicamente sé algo de la legislación española cuando se trata de convenios internacionales.
Lo más probable es que seguirás cobrando la jubilación de tu país y España te pagará la jubilación que corresponde a España pero aplicando su porcentaje en función de la proporción de años cotizados aquí.
Saludos
26/01/2021 16:50
Expertolaboral
@Expertolaboral, muchas gracias por la atención prestada. Una última pregunta. Para calcular la base reguladora en mi caso habra que incorporar las lagunas de cotizacion laboral. Yo tendre 5 años. Que referencia hay que tomar.?Tomar la cotizacion mensual MIA, mas baja y multiplicarla por /48 meses/, o tomar la cotizacion mensual más baja oficial atrás en el tiempo mas cercana de la primera cotizacion mia /año 2002/? Se refiere cotizacion de mes completo? Gracias, un saludo.
31/01/2021 11:10
viktorak
Hola Si tienes 5 años de lagunas de cotizaciones, durante los 4 años más cercanos a tu jubilación, el INSS computará las bases mínimas mensuales vigentes en cada mes de esos 4 años.
Por ejemplo en el año 2010 las base mínima mensual era de 738,90 €.
Si hay más de 4 años de lagunas, durante los restantes años el INSS computa cada mes por la mitad de la base mínima mensual vigente en cada momento de laguna de cotización.
Saludos