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Jubilacion anticipada por r.general

2 Comentarios
 
05/02/2007 11:22
¿Qué norma es la del RETA?, entonces ... ¿qué opciones tengo para poder jubilarme anticipadamente?, muchas gracias.
02/02/2007 21:50
Me temo que no es posible la jubilación anticipada para los trabajadores autónomos.
Sí es posible, en cambio, para los trabajadores por cuenta ajena; para ello deberá reunir los requisitos general y específico de cotización; Ud no reune el requisito general de 15 años en ese régimen; por tanto dudo que puede acceder a esa jubilación.

Debe tener en cuenta que la norma aplicable, en este caso, es la del RETA; lo que no significa, evidentemente, que pierda las cotizaciones realizadas al R. General.

Salu2
Jubilacion anticipada por r.general
02/02/2007 13:38
Tengo 63 años, me quiero jubilar, del año 1973 al 1998, estuve dado de alta por autónomos (25 años), y desde el 1995 al 2006 por el régimen general (8 años), llevo en el desempleo 7 meses, ¿puedo jubilarme anticipadamente por el regimen general?, ¿que penalizacion tendria por no esperar hasta los 65?, gracias.
Jubilacion anticipada por r.general | PorticoLegal
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2 Comentarios
 
05/02/2007 11:22
¿Qué norma es la del RETA?, entonces ... ¿qué opciones tengo para poder jubilarme anticipadamente?, muchas gracias.
02/02/2007 21:50
Me temo que no es posible la jubilación anticipada para los trabajadores autónomos.
Sí es posible, en cambio, para los trabajadores por cuenta ajena; para ello deberá reunir los requisitos general y específico de cotización; Ud no reune el requisito general de 15 años en ese régimen; por tanto dudo que puede acceder a esa jubilación.

Debe tener en cuenta que la norma aplicable, en este caso, es la del RETA; lo que no significa, evidentemente, que pierda las cotizaciones realizadas al R. General.

Salu2
Jubilacion anticipada por r.general
02/02/2007 13:38
Tengo 63 años, me quiero jubilar, del año 1973 al 1998, estuve dado de alta por autónomos (25 años), y desde el 1995 al 2006 por el régimen general (8 años), llevo en el desempleo 7 meses, ¿puedo jubilarme anticipadamente por el regimen general?, ¿que penalizacion tendria por no esperar hasta los 65?, gracias.