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Jubilación con 64 años sin descuento

3 Comentarios
 
28/10/2003 10:15
Gracias a ti vicente por darme la oportunidad de contestar a un tema que es el que más me agrada y con el que aprendo día a día como es el de la JUBILACION.

Espero que te haya servido y si te surgen nuevas dudas por aqui andaremos de vez en cuando.

Saludos.
27/10/2003 17:20
JESUSFER. Gracias por la respuesta. Un saludo.
27/10/2003 14:00
Existe la posibilidad, como medida de fomento de empleo de jubilarse de rebajar la edad ordinaria de jubilación de 65 a 64 años, sin aplicación de los coeficientes reductores por edad, permitiendo al trabajador por cuenta ajena acceder a la pensión de jubilación con los mismos derechos económicos que si tuviera 65 años cumplidos. (100% si tiene 35 años cotizados).

Ahora bien, para ello debe reunir los requisitos exigidos para recibir la jubilación ordinaria y pertenecer a una empresa que, en virtud del convenio colectivo o pacto, esté obligada a sustituir, simultáneamente, al trabajador que se jubila por otro trabajador que se encuentre inscrito como desempleado en el INEM. El contrato tiene que tener una duración mínima de un año.
En este supuesto la jubilación puede ser el 100%.

Otro tema es la jubilación anticipada establecida en la Ley 35/2002 de 12 de Julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible, que permite la jubilación anticipada si se reúnen los siguientes requisitos:

- Tener cumplidos 61 años de edad.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante un plazo de 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación.

- Que el cese en la empresa no se haya producido por causa imputable a la libre voluntad del trabajador.
- Acreditar un período cotizado efectivo de treinta años como mínimo.
En este caso se podría realizar la jubilación con 61, 62, 63 ó 64, pero existe unos coeficientes reductores en función de los años de cotización, que para 40 años de cotización será un 6% por cada año que anticipe la jubilación.

En el caso concreto que nos ocupa podría jubilarse con 64 años, si reúne el resto de requisitos, pero tendría una reducción de 6%. Es decir se jubilaría con el 94% dela Base Reguladora.

Saludos.
Jubilación con 64 años sin descuento
24/10/2003 18:45
Me han comentado que una persona se puede jubilar a los 64 años sin que le descuenten el 8% por jubilación anticipada (1 año), ya que si tiene cotizados mas años de los maximos para que te concedan el 100% de la pensión te lo gratifican asi. Quisiera saber si es cierto. Gracias.
Jubilación con 64 años sin descuento | PorticoLegal
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3 Comentarios
 
28/10/2003 10:15
Gracias a ti vicente por darme la oportunidad de contestar a un tema que es el que más me agrada y con el que aprendo día a día como es el de la JUBILACION.

Espero que te haya servido y si te surgen nuevas dudas por aqui andaremos de vez en cuando.

Saludos.
27/10/2003 17:20
JESUSFER. Gracias por la respuesta. Un saludo.
27/10/2003 14:00
Existe la posibilidad, como medida de fomento de empleo de jubilarse de rebajar la edad ordinaria de jubilación de 65 a 64 años, sin aplicación de los coeficientes reductores por edad, permitiendo al trabajador por cuenta ajena acceder a la pensión de jubilación con los mismos derechos económicos que si tuviera 65 años cumplidos. (100% si tiene 35 años cotizados).

Ahora bien, para ello debe reunir los requisitos exigidos para recibir la jubilación ordinaria y pertenecer a una empresa que, en virtud del convenio colectivo o pacto, esté obligada a sustituir, simultáneamente, al trabajador que se jubila por otro trabajador que se encuentre inscrito como desempleado en el INEM. El contrato tiene que tener una duración mínima de un año.
En este supuesto la jubilación puede ser el 100%.

Otro tema es la jubilación anticipada establecida en la Ley 35/2002 de 12 de Julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible, que permite la jubilación anticipada si se reúnen los siguientes requisitos:

- Tener cumplidos 61 años de edad.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante un plazo de 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación.

- Que el cese en la empresa no se haya producido por causa imputable a la libre voluntad del trabajador.
- Acreditar un período cotizado efectivo de treinta años como mínimo.
En este caso se podría realizar la jubilación con 61, 62, 63 ó 64, pero existe unos coeficientes reductores en función de los años de cotización, que para 40 años de cotización será un 6% por cada año que anticipe la jubilación.

En el caso concreto que nos ocupa podría jubilarse con 64 años, si reúne el resto de requisitos, pero tendría una reducción de 6%. Es decir se jubilaría con el 94% dela Base Reguladora.

Saludos.
Jubilación con 64 años sin descuento
24/10/2003 18:45
Me han comentado que una persona se puede jubilar a los 64 años sin que le descuenten el 8% por jubilación anticipada (1 año), ya que si tiene cotizados mas años de los maximos para que te concedan el 100% de la pensión te lo gratifican asi. Quisiera saber si es cierto. Gracias.