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jubilacion y trabajo es compatible

3 Comentarios
 
Jubilacion y trabajo es compatible
06/02/2007 18:25
1-estoy hace 14 meses de baja por incapacidad temporal.
2-En diciembre me enviaron a la junta de evaluacion medica para darme incapacidad permanente.
3-He pedido una evaluacion en bienestar social y me han dado un 40% de incapacidad.
4-Por una federacion que busca trabajo a gente con incapacidad me ha surgido la posibilidad de trabajar como conserje un trabajo que no compromete mi enfermedad, pero aun no he recibido respuesta del INSS sabiendo si me la conceden o no.
5-Actualmente cobro la IT por la mutua que es una cantidad que no me permite practicamente subsistir.
Ante estos hechos mi consulta es que debo hacer si me llaman para este trabajo y en que situacion queda mi solicitud de jubilacion por incapacidad permanente si comienzo a trabajar, ya que no he tenido noticias. Solo puedo pedir esta jubilacion solamente estando de baja medica en la mutua o mas adelante si no puedo seguir en el trabajo puedo volver a pedirla, y si me la concedieran estando ya trabajando que es lo que pasaria con esta jubilacion.Si empiezo a trabajar debo avisar a la mutua y parar la jubilacion? Gracias por vuestras respuesta necesito orientacion
06/02/2007 20:20
Hola:
En primer lugar, la pensión de incapacidad permanente no es una jubilación ya que la jubilación es un concepto referido a la edad ordinaria para exxtinguir el contrato con derecho a prestación (65 años o anticipadamente en casos concretos a partir de los 60 años)

En segundo lugar, si te reconocen una incapacidad permanente total es para tú profesión habitual pudiendo realizar otra distinta a la que motivó la incapacidad. Si te la conceden en el grado de absoluta te incapacita para todo trabajo.

En conclusión, en mi opinión deberías esperar a la calificación del EVI y a la resolución del INSS y posteriormente valorar el trabajo en función de la compatibilidad con la incapacidad reconocida.

Saludos.
07/02/2007 02:45
Muchas gracias Jesusfer por tu respuesta, pero si no fuera demasiada molestia queria pedirte si me puedes aclarar esto, como explique anteriormente yo no puedo seguir por mi situacion economica esperando una resolucion que no se cuando llegara,si bien me aconsejas esperar esta resolucion, mi pegunta es que sucede si me pongo a trabajar y espero la respuesta del inss, o sea mientras se hace todo ese tramite burocratico puedo avisar que estoy trabajando en una labor que no perjudica mi enfermedad, siguiendo este tramite o automaticamente queda suspendido si comunico que empiezo a trabajar. GRacias y espero tu respuesta.
07/02/2007 12:44
Hola Charo:
El camino más adecuado, en mi opinión, es esperar ya que no te pueden incapacitar para una profesión que ya no tienes y que no realizas. Tampoco debe de tardar tanto la resolución como para que no puedas esperar.

De todas formas yo no tengo la respuesta a todas las dudas que surjan en un procedimiento. Por ello, creo que deberías esperar y si verdaderamente no puedes, antes de iniciar el trabajo nuevo creo que deberías preguntar en el INSS para asegurarte mejor.

Saludos.
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Jubilacion y trabajo es compatible
06/02/2007 18:25
1-estoy hace 14 meses de baja por incapacidad temporal.
2-En diciembre me enviaron a la junta de evaluacion medica para darme incapacidad permanente.
3-He pedido una evaluacion en bienestar social y me han dado un 40% de incapacidad.
4-Por una federacion que busca trabajo a gente con incapacidad me ha surgido la posibilidad de trabajar como conserje un trabajo que no compromete mi enfermedad, pero aun no he recibido respuesta del INSS sabiendo si me la conceden o no.
5-Actualmente cobro la IT por la mutua que es una cantidad que no me permite practicamente subsistir.
Ante estos hechos mi consulta es que debo hacer si me llaman para este trabajo y en que situacion queda mi solicitud de jubilacion por incapacidad permanente si comienzo a trabajar, ya que no he tenido noticias. Solo puedo pedir esta jubilacion solamente estando de baja medica en la mutua o mas adelante si no puedo seguir en el trabajo puedo volver a pedirla, y si me la concedieran estando ya trabajando que es lo que pasaria con esta jubilacion.Si empiezo a trabajar debo avisar a la mutua y parar la jubilacion? Gracias por vuestras respuesta necesito orientacion
06/02/2007 20:20
Hola:
En primer lugar, la pensión de incapacidad permanente no es una jubilación ya que la jubilación es un concepto referido a la edad ordinaria para exxtinguir el contrato con derecho a prestación (65 años o anticipadamente en casos concretos a partir de los 60 años)

En segundo lugar, si te reconocen una incapacidad permanente total es para tú profesión habitual pudiendo realizar otra distinta a la que motivó la incapacidad. Si te la conceden en el grado de absoluta te incapacita para todo trabajo.

En conclusión, en mi opinión deberías esperar a la calificación del EVI y a la resolución del INSS y posteriormente valorar el trabajo en función de la compatibilidad con la incapacidad reconocida.

Saludos.
07/02/2007 02:45
Muchas gracias Jesusfer por tu respuesta, pero si no fuera demasiada molestia queria pedirte si me puedes aclarar esto, como explique anteriormente yo no puedo seguir por mi situacion economica esperando una resolucion que no se cuando llegara,si bien me aconsejas esperar esta resolucion, mi pegunta es que sucede si me pongo a trabajar y espero la respuesta del inss, o sea mientras se hace todo ese tramite burocratico puedo avisar que estoy trabajando en una labor que no perjudica mi enfermedad, siguiendo este tramite o automaticamente queda suspendido si comunico que empiezo a trabajar. GRacias y espero tu respuesta.
07/02/2007 12:44
Hola Charo:
El camino más adecuado, en mi opinión, es esperar ya que no te pueden incapacitar para una profesión que ya no tienes y que no realizas. Tampoco debe de tardar tanto la resolución como para que no puedas esperar.

De todas formas yo no tengo la respuesta a todas las dudas que surjan en un procedimiento. Por ello, creo que deberías esperar y si verdaderamente no puedes, antes de iniciar el trabajo nuevo creo que deberías preguntar en el INSS para asegurarte mejor.

Saludos.