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Jubilación

4 Comentarios
 
25/11/2003 09:32
Muchas gracias Dani 2, por haberme sacado de las dudas.


Manolo Blasco
25/11/2003 09:24
Es automático, con un matiz. Si el autónomo está domiciliado, se aplicará automáticamente al cumplir los 65. Si lo paga con boletines, el interesado tendrá que acudir a su Administración para que le "fabriquen" los nuevos boletines (al menos eso me dijeron en una Administración de Barcelona, lo cierto es que tenían pinta de saber de lo que hablaban, yo no he visto ningún caso porque no se me ha dado).
25/11/2003 08:50
Gracias Dani 2, ya me lo imaginaba, pero desearia si me pudieras informar al respecto de la nueva aplicación de la exoneración del pago a Autonomos mayores de 65 años y 35 años cotizados, el interesado debe presentar algun documento o por el contrario es la propia Seg. Social la que se va a encargar de ello, tengo un caso que este mes ya no debe de pagar y no se como solucionar lo citado anteriormente.
Gracias.
24/11/2003 17:17
Puede seguir hasta que quiera (o hasta que el cuerpo aguante). Es más, si tiene 35 años cotizados, no paga autónomo aunque siga de alta (sólo un pequeño porcentaje para seguir cotizando por IT). Pero claro que puede seguir, otra cosa será que le den o no la medalla que indudablemente merece.
Jubilación
24/11/2003 13:01
Un empresario Autonomo que cumplio los 65 años el pasado mes de Abril, y que renuncia a Jubilarse de momento, es decir no quiere hacerlo de momento. Preguntas.
1.- Puede seguir de Alta como titular del negocio a todos los efectos, Tributarios y Sociales.
2.- En caso afirmativo si hay algun limite o por el contrario no lo hay.
Espero vuestra respuesta
Jubilación | PorticoLegal
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25/11/2003 09:32
Muchas gracias Dani 2, por haberme sacado de las dudas.


Manolo Blasco
25/11/2003 09:24
Es automático, con un matiz. Si el autónomo está domiciliado, se aplicará automáticamente al cumplir los 65. Si lo paga con boletines, el interesado tendrá que acudir a su Administración para que le "fabriquen" los nuevos boletines (al menos eso me dijeron en una Administración de Barcelona, lo cierto es que tenían pinta de saber de lo que hablaban, yo no he visto ningún caso porque no se me ha dado).
25/11/2003 08:50
Gracias Dani 2, ya me lo imaginaba, pero desearia si me pudieras informar al respecto de la nueva aplicación de la exoneración del pago a Autonomos mayores de 65 años y 35 años cotizados, el interesado debe presentar algun documento o por el contrario es la propia Seg. Social la que se va a encargar de ello, tengo un caso que este mes ya no debe de pagar y no se como solucionar lo citado anteriormente.
Gracias.
24/11/2003 17:17
Puede seguir hasta que quiera (o hasta que el cuerpo aguante). Es más, si tiene 35 años cotizados, no paga autónomo aunque siga de alta (sólo un pequeño porcentaje para seguir cotizando por IT). Pero claro que puede seguir, otra cosa será que le den o no la medalla que indudablemente merece.
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24/11/2003 13:01
Un empresario Autonomo que cumplio los 65 años el pasado mes de Abril, y que renuncia a Jubilarse de momento, es decir no quiere hacerlo de momento. Preguntas.
1.- Puede seguir de Alta como titular del negocio a todos los efectos, Tributarios y Sociales.
2.- En caso afirmativo si hay algun limite o por el contrario no lo hay.
Espero vuestra respuesta