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jubilación

2 Comentarios
 
31/10/2006 17:49
Si la seguridad social se da cuenta, (que se dará),de que en los dos años anteriores a la solicitud de jubilación,las bases se han incrementado "anormalmente",quiero decír por encima del IPC o de lo que indique el convenio,le anulará esas bases.Y no tiene gracia que despues de cotizar un años,no te sirva de nada,porque el dinero no te lo va a devolver.Saludos,
31/10/2006 14:16
Hola:
A efectos de determinar la base reguladora, las bases de cotización correspondientes a las mensualidades de cada ejercicio económico, exentas de cotizaciómn, no podrán ser superiores al resultado de incrementar el promedio de las bases de cotización del año natural inmediatamente anterior en el porcentaje de variación media conocida del IPC en el último año indicado más dos puntos porcentuales.

saludos.
Jubilación
31/10/2006 13:58
Un trabajador que en Diciembre cumple los 65 años, reúne los requisitos de exoneración de cuotas. La empresa para incentivar que continúe en su actividad laboral ha decidido un incremento su salario con efectos de Enero de este año, por un importe muy superior a IPC ( 2% adicional), convenio... ambas partes están informadas de que ello no representará una mejora para el calculo de la base reguladora de jubilación. No domino nada el tema de jubilaciones, y me da miedo que incrementar las bases a estas alturas pueda resultar un perjuicio para el trabajador en el momento de su jubilación. Alguien me puede dar un poco de orientación ¿. Gracias.
jubilación | PorticoLegal
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31/10/2006 17:49
Si la seguridad social se da cuenta, (que se dará),de que en los dos años anteriores a la solicitud de jubilación,las bases se han incrementado "anormalmente",quiero decír por encima del IPC o de lo que indique el convenio,le anulará esas bases.Y no tiene gracia que despues de cotizar un años,no te sirva de nada,porque el dinero no te lo va a devolver.Saludos,
31/10/2006 14:16
Hola:
A efectos de determinar la base reguladora, las bases de cotización correspondientes a las mensualidades de cada ejercicio económico, exentas de cotizaciómn, no podrán ser superiores al resultado de incrementar el promedio de las bases de cotización del año natural inmediatamente anterior en el porcentaje de variación media conocida del IPC en el último año indicado más dos puntos porcentuales.

saludos.
Jubilación
31/10/2006 13:58
Un trabajador que en Diciembre cumple los 65 años, reúne los requisitos de exoneración de cuotas. La empresa para incentivar que continúe en su actividad laboral ha decidido un incremento su salario con efectos de Enero de este año, por un importe muy superior a IPC ( 2% adicional), convenio... ambas partes están informadas de que ello no representará una mejora para el calculo de la base reguladora de jubilación. No domino nada el tema de jubilaciones, y me da miedo que incrementar las bases a estas alturas pueda resultar un perjuicio para el trabajador en el momento de su jubilación. Alguien me puede dar un poco de orientación ¿. Gracias.