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jubilacón anticipada

3 Comentarios
 
Jubilacón anticipada
04/12/2003 18:22
Hola compañeros, yo soy lega en esta materia, me dedico exclusivamente al derecho civil, pero tengo un amigo que querria jubilarse anticipadamente, tiene 58 años, pertenece al gremio de las artes gráficas, intentó en su dia una declaración de minusvalía pero no lo consiguió porque su lesión no tiene relación con su puesto de trabajo, parece ser que por convenio el no debe estar obligado a cargar ningún tipo de peso (debería tener un peon a su cargo), no se cuanto tiempo lleva cotizando, pero con seguridad más de 30 años.

Una vez dicho todo esto, las preguntas son:
podría jubilarse el día de hoy(tiene 58 años)?
si fuera posible la jubilacíon, cual sería la correción que se aplicaría a su pensión de jubilación?
si no fuera posible la jubilación en este momento, cuando podría ser y que % de pensión perdería?

Muchas gracias por vuestro tiempo!!
Un saludo
Virginia
04/12/2003 19:04
Hola Virginia:

La jubilación anticipada es posible conseguirla a los 60 años para los mutualista (los que tienen cotizaciones desde el día 1 de enero de 1.967)

No obstante, con los Acuerdos sobre Jubilación alcanzados por el gobierno, CC.OO. y CEOE, es posible la jubilación anticipada a partir de los 61 años para que aquellos que no son mutualista (cotizaciones posteriores al día 1 de enero de 1.967) si se reúnen los requisitos siguientes: más de 30 años cotizados, llevar 6 meses inscrito como demandante de empleo y que la causa de la extinción no haya sido voluntaria.

Saludos.
04/12/2003 19:12
Hola.

Si tu amigo está en activo y como explicas no puede trabajar. ¿Por que no hace lo siguiente.?
Es obvio que su rendimiento no es el deseado por la empresa, con lo que podría llegar a un acuerdo con ésta y pactar una indemnización que fuese interesante para las partes a cambio de un despido.
Una vez despedido i´ria al desempleo dos años y mantendría el valor medio de esas cotizaciones durante ese perior de tiemo. dinalizado el cobro del desempleo, se jubilaría con la edad que tuviese (no menos de 60 años) con una reducción del 7% por cada año que anticipe la jubilación. Y, seguro todos contentos.

Saludos.
05/12/2003 10:51
Gracias compañeros!!
jubilacón anticipada | PorticoLegal
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Jubilacón anticipada
04/12/2003 18:22
Hola compañeros, yo soy lega en esta materia, me dedico exclusivamente al derecho civil, pero tengo un amigo que querria jubilarse anticipadamente, tiene 58 años, pertenece al gremio de las artes gráficas, intentó en su dia una declaración de minusvalía pero no lo consiguió porque su lesión no tiene relación con su puesto de trabajo, parece ser que por convenio el no debe estar obligado a cargar ningún tipo de peso (debería tener un peon a su cargo), no se cuanto tiempo lleva cotizando, pero con seguridad más de 30 años.

Una vez dicho todo esto, las preguntas son:
podría jubilarse el día de hoy(tiene 58 años)?
si fuera posible la jubilacíon, cual sería la correción que se aplicaría a su pensión de jubilación?
si no fuera posible la jubilación en este momento, cuando podría ser y que % de pensión perdería?

Muchas gracias por vuestro tiempo!!
Un saludo
Virginia
04/12/2003 19:04
Hola Virginia:

La jubilación anticipada es posible conseguirla a los 60 años para los mutualista (los que tienen cotizaciones desde el día 1 de enero de 1.967)

No obstante, con los Acuerdos sobre Jubilación alcanzados por el gobierno, CC.OO. y CEOE, es posible la jubilación anticipada a partir de los 61 años para que aquellos que no son mutualista (cotizaciones posteriores al día 1 de enero de 1.967) si se reúnen los requisitos siguientes: más de 30 años cotizados, llevar 6 meses inscrito como demandante de empleo y que la causa de la extinción no haya sido voluntaria.

Saludos.
04/12/2003 19:12
Hola.

Si tu amigo está en activo y como explicas no puede trabajar. ¿Por que no hace lo siguiente.?
Es obvio que su rendimiento no es el deseado por la empresa, con lo que podría llegar a un acuerdo con ésta y pactar una indemnización que fuese interesante para las partes a cambio de un despido.
Una vez despedido i´ria al desempleo dos años y mantendría el valor medio de esas cotizaciones durante ese perior de tiemo. dinalizado el cobro del desempleo, se jubilaría con la edad que tuviese (no menos de 60 años) con una reducción del 7% por cada año que anticipe la jubilación. Y, seguro todos contentos.

Saludos.
05/12/2003 10:51
Gracias compañeros!!