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Juez rebelde

8 Comentarios
 
20/10/2010 13:09
No se cual es tu ciudad, pero si es una capital de provincia pequeña (o ciudad de menos de 10 Juzgado) OLVIDATE... Porque no vas a poder volver por ahí y mejor dejarlo pasar.

Recurre el auto de transformación cuando lo haya (pensaba que como decías que había pasado al fiscal para el trámite del 779, ya estaba dictado)
20/10/2010 13:04
Dexter, te entiendo. Yo hace poco he llevado un asunto, no diré en qué juzgado de instrucción, donde por sistema se me denegaba cualquier prueba. Y, para no seguir dando trámite a mis escritos y protestas, el juez dejó al preso en libertad. Por lo menos eso saqué en claro.
20/10/2010 11:40
Gracias a ambos por lo de la prescripción, me quita un peso de encima.

Crispulop, ahora mismo tengo encima la mesa la providencia pasando los autos al fiscal para calificar... no necesito pedir sobreseimiento, puedo recurrir esta provi o esperar al auto de transformacion. Pero claro, si la audiencia me da la razón pero él hace oidos sordos a la audiencia, pues estaremos en un círculo vicioso sin sentido y que no me interesa.

Yo querría llegar un poco más allá. Debe ser que me hago mayor, pero empiezo a estar un poco harto de los jueces incompetentes y vagos, por que entiendo, o quiero entender, que su actuación la rige su desgana y no otros motivos más graves.

Me planteo por tanto iniciar acciones contra este Juez, empezando con la más básica, que sería irme a hablar con el presidente de la audiencia para exponerle el caso. Pero no descarto por iniciar otras más duras.... no veo motivo para recusación, ya que no puedo acreditar filias ni fobias... tampoco veo clara la vía disciplinaria prevista en la LOPJ. Y aunque probablemente no prosperaría, también me planteo la querella por prevaricación... argumentos haylos, pero la verdad es que no querria meterme por ahí. No deja de ser mi ciudad, donde he de seguir trabajando, y todos nos conocemos.

Ahora mismo, la idea que me pasa por la cabeza como más probable es recurrir en reforma la providencia de ayer, alegando todas las irregularidades habidas hasta la fecha, solicitando por otrosí se me libre testimonio de las actuaciones para el inicio de posibles acciones (sin determinar cuales) para la depuración de responsabilidades.
20/10/2010 11:15
Yo pediría el sobreseimiento y cuando declare no haber lugar al mismo (dado que debió practicar la prueba) recurriría a la Audiencia pidiendo el testimonio íntegro de todo el sumario.
20/10/2010 04:33
De acuerdo con lo del computo del plazo de prescripcion.
El juez es un tozudo y podrias solicitar una nulidad de actuaciones. De practicar la prueba solicitada y motivar la denegacion.
Yo he cogido una practica con ese tipo de jueces y es hacer un escrito dejando constancia expresa de las irregularidades que he observado y derechos desconocidos para hacerlo valer si la ocasion lo precisara
20/10/2010 01:13
Yo creo que con lo de la prescripción no hay problema, ya que en el supuesto de la denuncia falsa empieza a computarse el plazo desde la sentencia absolutoria firme o desde el auto de sobreseimiento, y no desde la interposición de la denuncia falsa ( puedes consultarlo más detalladametne en la sentencia del TS Sala 2ª de 7-4-2006, nº 417/2006, rec. 2529/2004. Pte: Martínez Arrieta, Andrés)
20/10/2010 00:48
Esa opción me genera otro problema... la denunciante, cuando denunció, era menor de edad. Ahora ya no lo es, pero la denuncia falsa la presenta hace un año. Con ello entiendo que el plazo de prescripción de dicho delito es de un año y seis meses, y no tengo claro si la presentación de una denuncia abocada al fracaso al no haber concluido el primer proceso interrumpiría el plazo prescriptivo.

Por otro lado, existe otro procedimiento contra mi principal por quebrantar la medida cautelar (una encerrona), que se ha adelantado al primero al haberse abierto ya el juicio oral. Me interesa sobre manera poder alegar que la denunciante está sometida a un proceso por denuncia falsa.
19/10/2010 23:34
A mi me ha pasado algún caso semejante, hay jueces que se empecinan en algo y ni ven, ni oyen ni nada de nada. Es como tratar con una piedra. Lo que haría yo, visto lo costoso que está saliendo el sobreseimiento, esperar a que conozca del asunto el órgano encargado del enjuiciamiento y ante él pedir las diligencias que te han denegado. Es una putada para el cliente verse sometido a la pena de banquillo cuando su inocencia está bastante clara y tener que interponer recursos para conseguir cosas evidentes, pero creo que en un asunto así es la única solución viable ( hay jueces inquisitivos que las pruebas de la acusación las acuerdan todas y las de la defensa se descuelgan conque deberán de practicarse en el acto del juicio oral, o sea, dos varas de medir). Y lo dicho, hay algunos que no soportan que les recurras nada, lo toman como algo pesonal y te llevan la contraria por sistema.
Juez rebelde
19/10/2010 23:00
Hay un caso que me desespera hasta el punto de exponerlo aquí, a ver si algún compañero con las ideas más claras que yo tiene alguna idea de como dirigir mis pasos.

Haré un breve resumen, pues la historia es más larga. Mi cliente fue denunciado por un delito supuestamente cometido a una hora concreta, por una persona conocida de éste y con quien existe una cierta enemistad. Por fortuna para mi cliente, se encontraba en otro lugar a esa hora, en un centro comercial, en el que una cámara le recoge medio de lado cuando entra; suficiente para reconocerle.

Costó una eternidad que las cintas llegaran a la causa, por dejadez del juzgado primero y "errores" de los mossos después (se personaron dos veces pidiendo cintas de días distintos, que ya habían sido borradas).

Una vez consigo que lleguen a autos, intereso su visionado indicando los fotogramas concretos en que aparece mi cliente, así como a su resulta se deje sin efecto una medida cautelar de alejamiento y se proceda al archivo y testimonio para imputar falso testimonio a la denunciante.

De todo ello, el juez sólo resuelve sobre la orden de alejamiento y el archivo, denegando. El fiscal informa sobre lo mismo. Ni una palabra del visionado, excepto que quede pendiente de que declare antes un testigo que no se localizaba.

Esta resolución la recurro en apelación.

Entre tanto se resuelve la apelación, aparece el testigo por que mis clientes lo encuentran por páginas amarillas (el juzgado y mossos habían sido incapaces a pesar del arsenal con que cuentan).

Declara el testigo, y pido nuevamente visionado. Aquí el instructor se adelanta a la reforma futura de la lecr, y pasa mi petición a informe del fiscal !!!

El fiscal, cubriéndose de gloria, dice que la prueba que puede exculpar desde ya a mi cliente se ha de celebrar en el plenario, no en instrucción(BRAVO!!!).

Por fortuna, a estas alturas resuelve la audiencia el recurso y declara que se deja sin efecto la medida cautelar y que se han de realizar las diligencias interesadas (visionado).

Recibida la resolución, el instructor dicta providencia por la que dice quedar pendiente de resolver en relación a la medida cautelar. Ni palabra del resto.

Escrito inmediato, interesando se lean bien la resolución ya que la medida cautelar ya está sin efecto, y recordando que lo que la audiencia dice es que se lleve a cabo el visionado.

Respuesta también inmediata del instructor, admitiendo que la medida está sin efecto, y acordando no haber lugar a nuevas diligencias y que pase al fiscal para el trámite del 779.

Y aquí estoy ahora, con un juez instructor que al parecer no quiere hacer caso a la audiencia, y un fiscal que ya sé por donde se decanta.

No tengo motivos, que yo sepa, para recusar al instructor.

A parte del recurso obvio contra la providencia...

¿QUÉ PUEDO HACER PARA LIBRARME DE ESTE JUEZ? Y si puede ser de paso, del fiscal también.
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8 Comentarios
 
20/10/2010 13:09
No se cual es tu ciudad, pero si es una capital de provincia pequeña (o ciudad de menos de 10 Juzgado) OLVIDATE... Porque no vas a poder volver por ahí y mejor dejarlo pasar.

Recurre el auto de transformación cuando lo haya (pensaba que como decías que había pasado al fiscal para el trámite del 779, ya estaba dictado)
20/10/2010 13:04
Dexter, te entiendo. Yo hace poco he llevado un asunto, no diré en qué juzgado de instrucción, donde por sistema se me denegaba cualquier prueba. Y, para no seguir dando trámite a mis escritos y protestas, el juez dejó al preso en libertad. Por lo menos eso saqué en claro.
20/10/2010 11:40
Gracias a ambos por lo de la prescripción, me quita un peso de encima.

Crispulop, ahora mismo tengo encima la mesa la providencia pasando los autos al fiscal para calificar... no necesito pedir sobreseimiento, puedo recurrir esta provi o esperar al auto de transformacion. Pero claro, si la audiencia me da la razón pero él hace oidos sordos a la audiencia, pues estaremos en un círculo vicioso sin sentido y que no me interesa.

Yo querría llegar un poco más allá. Debe ser que me hago mayor, pero empiezo a estar un poco harto de los jueces incompetentes y vagos, por que entiendo, o quiero entender, que su actuación la rige su desgana y no otros motivos más graves.

Me planteo por tanto iniciar acciones contra este Juez, empezando con la más básica, que sería irme a hablar con el presidente de la audiencia para exponerle el caso. Pero no descarto por iniciar otras más duras.... no veo motivo para recusación, ya que no puedo acreditar filias ni fobias... tampoco veo clara la vía disciplinaria prevista en la LOPJ. Y aunque probablemente no prosperaría, también me planteo la querella por prevaricación... argumentos haylos, pero la verdad es que no querria meterme por ahí. No deja de ser mi ciudad, donde he de seguir trabajando, y todos nos conocemos.

Ahora mismo, la idea que me pasa por la cabeza como más probable es recurrir en reforma la providencia de ayer, alegando todas las irregularidades habidas hasta la fecha, solicitando por otrosí se me libre testimonio de las actuaciones para el inicio de posibles acciones (sin determinar cuales) para la depuración de responsabilidades.
20/10/2010 11:15
Yo pediría el sobreseimiento y cuando declare no haber lugar al mismo (dado que debió practicar la prueba) recurriría a la Audiencia pidiendo el testimonio íntegro de todo el sumario.
20/10/2010 04:33
De acuerdo con lo del computo del plazo de prescripcion.
El juez es un tozudo y podrias solicitar una nulidad de actuaciones. De practicar la prueba solicitada y motivar la denegacion.
Yo he cogido una practica con ese tipo de jueces y es hacer un escrito dejando constancia expresa de las irregularidades que he observado y derechos desconocidos para hacerlo valer si la ocasion lo precisara
20/10/2010 01:13
Yo creo que con lo de la prescripción no hay problema, ya que en el supuesto de la denuncia falsa empieza a computarse el plazo desde la sentencia absolutoria firme o desde el auto de sobreseimiento, y no desde la interposición de la denuncia falsa ( puedes consultarlo más detalladametne en la sentencia del TS Sala 2ª de 7-4-2006, nº 417/2006, rec. 2529/2004. Pte: Martínez Arrieta, Andrés)
20/10/2010 00:48
Esa opción me genera otro problema... la denunciante, cuando denunció, era menor de edad. Ahora ya no lo es, pero la denuncia falsa la presenta hace un año. Con ello entiendo que el plazo de prescripción de dicho delito es de un año y seis meses, y no tengo claro si la presentación de una denuncia abocada al fracaso al no haber concluido el primer proceso interrumpiría el plazo prescriptivo.

Por otro lado, existe otro procedimiento contra mi principal por quebrantar la medida cautelar (una encerrona), que se ha adelantado al primero al haberse abierto ya el juicio oral. Me interesa sobre manera poder alegar que la denunciante está sometida a un proceso por denuncia falsa.
19/10/2010 23:34
A mi me ha pasado algún caso semejante, hay jueces que se empecinan en algo y ni ven, ni oyen ni nada de nada. Es como tratar con una piedra. Lo que haría yo, visto lo costoso que está saliendo el sobreseimiento, esperar a que conozca del asunto el órgano encargado del enjuiciamiento y ante él pedir las diligencias que te han denegado. Es una putada para el cliente verse sometido a la pena de banquillo cuando su inocencia está bastante clara y tener que interponer recursos para conseguir cosas evidentes, pero creo que en un asunto así es la única solución viable ( hay jueces inquisitivos que las pruebas de la acusación las acuerdan todas y las de la defensa se descuelgan conque deberán de practicarse en el acto del juicio oral, o sea, dos varas de medir). Y lo dicho, hay algunos que no soportan que les recurras nada, lo toman como algo pesonal y te llevan la contraria por sistema.
Juez rebelde
19/10/2010 23:00
Hay un caso que me desespera hasta el punto de exponerlo aquí, a ver si algún compañero con las ideas más claras que yo tiene alguna idea de como dirigir mis pasos.

Haré un breve resumen, pues la historia es más larga. Mi cliente fue denunciado por un delito supuestamente cometido a una hora concreta, por una persona conocida de éste y con quien existe una cierta enemistad. Por fortuna para mi cliente, se encontraba en otro lugar a esa hora, en un centro comercial, en el que una cámara le recoge medio de lado cuando entra; suficiente para reconocerle.

Costó una eternidad que las cintas llegaran a la causa, por dejadez del juzgado primero y "errores" de los mossos después (se personaron dos veces pidiendo cintas de días distintos, que ya habían sido borradas).

Una vez consigo que lleguen a autos, intereso su visionado indicando los fotogramas concretos en que aparece mi cliente, así como a su resulta se deje sin efecto una medida cautelar de alejamiento y se proceda al archivo y testimonio para imputar falso testimonio a la denunciante.

De todo ello, el juez sólo resuelve sobre la orden de alejamiento y el archivo, denegando. El fiscal informa sobre lo mismo. Ni una palabra del visionado, excepto que quede pendiente de que declare antes un testigo que no se localizaba.

Esta resolución la recurro en apelación.

Entre tanto se resuelve la apelación, aparece el testigo por que mis clientes lo encuentran por páginas amarillas (el juzgado y mossos habían sido incapaces a pesar del arsenal con que cuentan).

Declara el testigo, y pido nuevamente visionado. Aquí el instructor se adelanta a la reforma futura de la lecr, y pasa mi petición a informe del fiscal !!!

El fiscal, cubriéndose de gloria, dice que la prueba que puede exculpar desde ya a mi cliente se ha de celebrar en el plenario, no en instrucción(BRAVO!!!).

Por fortuna, a estas alturas resuelve la audiencia el recurso y declara que se deja sin efecto la medida cautelar y que se han de realizar las diligencias interesadas (visionado).

Recibida la resolución, el instructor dicta providencia por la que dice quedar pendiente de resolver en relación a la medida cautelar. Ni palabra del resto.

Escrito inmediato, interesando se lean bien la resolución ya que la medida cautelar ya está sin efecto, y recordando que lo que la audiencia dice es que se lleve a cabo el visionado.

Respuesta también inmediata del instructor, admitiendo que la medida está sin efecto, y acordando no haber lugar a nuevas diligencias y que pase al fiscal para el trámite del 779.

Y aquí estoy ahora, con un juez instructor que al parecer no quiere hacer caso a la audiencia, y un fiscal que ya sé por donde se decanta.

No tengo motivos, que yo sepa, para recusar al instructor.

A parte del recurso obvio contra la providencia...

¿QUÉ PUEDO HACER PARA LIBRARME DE ESTE JUEZ? Y si puede ser de paso, del fiscal también.