Asunto: denuncia ante la policía que realiza una gasolinera por repostar combustible y no pagar 30 euros.
Cuestión: el cliente desea llegar al siguiente acuerdo: pagar los 30 euros y la gasolinera renuncia a las acciones penales y civiles ¿es válida esa renuncia?
En los juicios de faltas no existe la "conformidad", por tanto, yo lo que haría directamente es, en la puerta del juzgado, pagar los 30 euros al representante de la gasolinera, y que no entre a ratificar la denuncia.
No habiendo comparecencia del denunciante, absolverán a tu cliente.