En los juicios de faltas no existe la "conformidad", por tanto, yo lo que haría directamente es, en la puerta del juzgado, pagar los 30 euros al representante de la gasolinera, y que no entre a ratificar la denuncia.
No habiendo comparecencia del denunciante, absolverán a tu cliente.
Asunto: denuncia ante la policía que realiza una gasolinera por repostar combustible y no pagar 30 euros.
Cuestión: el cliente desea llegar al siguiente acuerdo: pagar los 30 euros y la gasolinera renuncia a las acciones penales y civiles ¿es válida esa renuncia?