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juicio de faltas

4 Comentarios
 
Juicio de faltas
06/04/2014 13:36
Buenos días. Necesito por favor que alguien me asesore.
El 21/03 mi marido tuvo un juicio de faltas al que no asistió, ya que antes nos informamos en los juzgados de nuestra ciudad y nos informaron de que podía no hacerlo y podia presentar por escrito su alegacion y las pruebas oportunas.
Así lo hicimos, ya que después de 2 años en paro por fin habia encontrado trabajo y no podía faltar ya que nos arriesgabamos a que no le renovasen el contrato. El caso es que hemos recibido la sentencia y lo condenan a pagar 260 euros y las costas sin especificar en que cuantía esta ulima. En la resolución pone que lo condenan por la no comparecencia al juicio y no desmentir lo que decía el denunciante, cuando realmente negamos rotundamente los hechos denunciados en nuestra alegación y aportando pruebas que demuestran que la denunciante invento los hechos (amenazas e insultos) como represalia una instancia que presentamos en el ayuntamiento por una molestia de ladridos de perros. En la resolución no aparece que aportamos nada.
Económicamente lo estamos pasando mal, y no pudimos conttatar a ningún abogado.
No se los pasos a seguir, llame al juzgado y la funcionaria me dijo que hablaria con el juez y me llamaría el lunes.
Alguien me puede echar una mano?
06/04/2014 18:33
¿Qué quieres preguntar?.
El denunciado que resida en partido judicial distinto a aquél en donde va a celebrarse el juicio oral, podrá remitir escrito y "apoderar" a Abogado o Procurador para que presente pruebas en dicho acto; por ello las pruebas que indicas no pudieron ser admitidas y nada se dice de ellas en Sentencia.
Por otro lado, los Juicio de Faltas carecen de costas, aunque el Juez tiene que mencionarlas en la Sentencia.
06/04/2014 22:03
Gracias por contestar.
Mi pregunta es que que debo hacer ya que la funcionaria que nos atendió nos dijo que podíamos alegar por escrito y presentar las pruebas aunque viviesemos en la misma ciudad, se lo pregunte en repetidas ocasiones diciendo que no había ningún problema. Me tenían que haber avisado, ya que seguro que con las pruebas aportadas hubiéramos ganado. Al tratarse de un error de la funcionaria no podemos hacer nada, como que se pueda volver ha hacer elfuicio? Mil gracias
15/04/2014 01:01
Mala suerte la suya, la verdad. Los titulares de los juzgados son los jueces (no los funcionarios), y siempre, siempre, se comunican por escrito (mediante auto, providencia, oficio, etc.).
Podría querellarse contra la funcionaria (a la que le bastaría alegar que ella nunca dijo eso, que la entendería usted mal).
Sinceramente, lo lamento, pero tiene poco que hacer (siempre tiene el derecho al pataleo; en lo juzgados hay unas hojas de quejas que se dirigen al CGPJ, tómese 5 minutos en rellenar una. Cuándo a la misma funcionaria se le acumulen varias, podrá empezar a tener consecuencias).
15/04/2014 10:16
Añadir a todo lo anterior que, posíblemente, en la cédula de citación que recibió su marido se indicaban concrètamente sus derechos, entre ellos el de "apoderar" a Abogado o Procurador para que presente pruebas en dicho acto".
juicio de faltas | PorticoLegal
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Juicio de faltas
06/04/2014 13:36
Buenos días. Necesito por favor que alguien me asesore.
El 21/03 mi marido tuvo un juicio de faltas al que no asistió, ya que antes nos informamos en los juzgados de nuestra ciudad y nos informaron de que podía no hacerlo y podia presentar por escrito su alegacion y las pruebas oportunas.
Así lo hicimos, ya que después de 2 años en paro por fin habia encontrado trabajo y no podía faltar ya que nos arriesgabamos a que no le renovasen el contrato. El caso es que hemos recibido la sentencia y lo condenan a pagar 260 euros y las costas sin especificar en que cuantía esta ulima. En la resolución pone que lo condenan por la no comparecencia al juicio y no desmentir lo que decía el denunciante, cuando realmente negamos rotundamente los hechos denunciados en nuestra alegación y aportando pruebas que demuestran que la denunciante invento los hechos (amenazas e insultos) como represalia una instancia que presentamos en el ayuntamiento por una molestia de ladridos de perros. En la resolución no aparece que aportamos nada.
Económicamente lo estamos pasando mal, y no pudimos conttatar a ningún abogado.
No se los pasos a seguir, llame al juzgado y la funcionaria me dijo que hablaria con el juez y me llamaría el lunes.
Alguien me puede echar una mano?
06/04/2014 18:33
¿Qué quieres preguntar?.
El denunciado que resida en partido judicial distinto a aquél en donde va a celebrarse el juicio oral, podrá remitir escrito y "apoderar" a Abogado o Procurador para que presente pruebas en dicho acto; por ello las pruebas que indicas no pudieron ser admitidas y nada se dice de ellas en Sentencia.
Por otro lado, los Juicio de Faltas carecen de costas, aunque el Juez tiene que mencionarlas en la Sentencia.
06/04/2014 22:03
Gracias por contestar.
Mi pregunta es que que debo hacer ya que la funcionaria que nos atendió nos dijo que podíamos alegar por escrito y presentar las pruebas aunque viviesemos en la misma ciudad, se lo pregunte en repetidas ocasiones diciendo que no había ningún problema. Me tenían que haber avisado, ya que seguro que con las pruebas aportadas hubiéramos ganado. Al tratarse de un error de la funcionaria no podemos hacer nada, como que se pueda volver ha hacer elfuicio? Mil gracias
15/04/2014 01:01
Mala suerte la suya, la verdad. Los titulares de los juzgados son los jueces (no los funcionarios), y siempre, siempre, se comunican por escrito (mediante auto, providencia, oficio, etc.).
Podría querellarse contra la funcionaria (a la que le bastaría alegar que ella nunca dijo eso, que la entendería usted mal).
Sinceramente, lo lamento, pero tiene poco que hacer (siempre tiene el derecho al pataleo; en lo juzgados hay unas hojas de quejas que se dirigen al CGPJ, tómese 5 minutos en rellenar una. Cuándo a la misma funcionaria se le acumulen varias, podrá empezar a tener consecuencias).
15/04/2014 10:16
Añadir a todo lo anterior que, posíblemente, en la cédula de citación que recibió su marido se indicaban concrètamente sus derechos, entre ellos el de "apoderar" a Abogado o Procurador para que presente pruebas en dicho acto".