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Juicio de faltas.

6 Comentarios
 
05/02/2007 20:16
De nada, gracias a tí y ven mucho por aquí. Un abrazo y hasta la próxima, petrus.
05/02/2007 19:56
Muchas gracias Maicavasco, me es de mucha utilidad.
05/02/2007 19:48
En cuanto al formulario:

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO x DE x

XXX, Letrad@ de los Tribunales, Colegiad@ número X, y de DON/A xxx, con D.N.I. xxx, y domicilio en xxx, mayor de edad, solter@ (estado civil), edad, como acredito en virtud de designación apud - acta que adjunto (es suficiente que adjuntes un documento original firmado por tu cliente apoderándote como letrado para las actuaciones), perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados xxx, con despacho profesional en xxx, ante el Juzgado comparezco y, en la forma más procedente en derecho, DIGO:

Que en virtud del presente escrito y conforme a lo establecido en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (copialo entre paréntesis y entrecomillado), mi mandante quiere ejercitar su derecho, por medio de un abogado, a presentar ante el Juzgado su escrito de defensa por escrito, dado que reside en Albacete, y el hecho de tenerse que desplazar a Valladolid le acarrearía unos gastos y desembolsos económicos a los que no puede hacer frente, fundamentando la nuestra defensa en los siguientes hechos y fundamentos jurídicos.

ALEGACIONES

PRIMERO.-

SEGUNDO.-

TERCERO.-

(Relación de hechos que quieras alegar)

(También fundamentos de derecho, jurisprudencia, doctrina, todo lo que te interese para defenderte).

Incluye al final un número más para hacer una relación de las documentales que aportas, explicando pormenorizadamente qué demuestra cada una de ellas.

Terminas así, con el suplico:
Por lo expuesto,
SUPLICO AL ILMO. JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO XXX DE XXX que, teniendo por presentado este escrito, con los documentos y copias que se acompañan, se sirva admitirlo, únase a los autos de su razón, y en su virtud se tenga por formalizado el tramite y opcion procesal que otorga a mi mandante el articulo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por hechas las alegaciones que en el mismo se contienen, por presentadas las pruebas documentales y, en su dia, en base a todo lo alegado, se dicte resolucion resolviendo la absolucion de mi mandante, condenando en costas a la parte contraria, .... (la condena en costas es muy dificil que te la den, ya te aviso), por ... (di los motivos resumidamente), dicho sea con los máximos respetos y en términos de estricta defensa.

Por ser de Justicia, que pido en xxx (lugar), a xxxxx (fecha).

Tu nombre, firma, sello y número de colegiado.
05/02/2007 19:32
Vale, mira, a ver si te puedo orientar un poco. Yo tuve un caso muy similar hace poco tiempo. Era por coacciones por unos SMS. Yo di los siguientes pasos.

Primero, me puse telefónicamente en contacto con el denunciante y negocié con él la retirada de la denuncia (a veces la gente es un poco reacia, pero en fin, supongo que ya lo tendrás negociado, como comentas).

Yo quedé con el denunciante que él me iba a mandar por fax el escrito o documento donde se hacía constar la retirada de la denuncia.

No obstante, mientras no se dicte resolución de archivo, no te puedes confiar.

Total, que yo preparé un escrito, que te voy a resumir, como formulario, a continuación, y lo mandé por carta certificada con acuse de recibo.

A mí el denunciante nunca me mandó por fax la retirada de la denuncia, si bien telefónicamente me confirmó que lo había hecho. Por eso no me confié y mandé el escrito a que he hecho referencia en el apartado anterior.

Recibido el escrito por el Juzgado, se me hizo llegar una providencia haciendo constar que: "visto el estado de las actuaciones, se acuerda poner en conomiento de la referida Letrada, mediante la notificación de la presente resolucion, que con fecha 2-11-2006 se ha acordado el archivo de la causa por la renuncia expresa del denunciante".

Es decir, se me confirmó que el denunciante había procedido a retirar la denuncia y se había archivado la causa.

... A continuación cuelgo formulario.
05/02/2007 19:15
Muchas gracias por la respuesta maicavasco, el caso es que yo represento a denunciado y, aunque el denunciante me ha asegurado que retirará la denuncia, no sé si debo presentarme en la vista en el caso de que no me llegue auto de archivo antes de la fecha señalada.
Por otro lado, y teniendo en cuenta que el denunciante ha quedado en mandarme por fax la retirada de la denuncia, me preguntaba si no sería suficiente un escrito invocando el artículo que mencionas al que se adjuntara dicho fax
05/02/2007 18:37
A ver, si el denunciante quiere retirar la denuncia y vive en otra localidad, no hace falta que se persone, ni con abogado, ni con procurador.

Es suficiente con que dirija un escrito al juzgado de instrucción que esté conociendo del juicio de faltas e invoque el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dispone que si el denunciado reside fuera de la demarcación del Juzgado, no tendrá obligación de concurrir al acto del juicio, y podrá dirigir al Juez escrito alegando lo que estime conveniente en su defensa, así como apoderar abogado o procurador que presente en aquel acto las alegaciones y las pruebas de descargo que tuviere".

En base a este artículo, en el escrito lo único que ha de decir es que, dado que durante el transcurso de este tiempo no se han producido más controversias entre denunciante y denunciado, perdona al denunciado, renuncia a cualquier acción penal y civil que le pudiera corresponder y excusa su asistencia a la celebración de la vista, por no queres ejercitar acusación alguna contra el denunciado.

Si bien la renuncia y el perdón no producen la terminación del proceso cuando de delitos o faltas públicas se trate, no es menos cierto que en la práctica, con un escrito así, la sentencia es, o suele ser, absolutoria.

Para cualquier duda no dudes en manifestarla en este foro. Entro todos te echaremos un cable. Gracias.
Juicio de faltas.
05/02/2007 13:34
Buenas,

para empezar, pedir disculpas por la posible simpleza, pero en penal no tengo ni idea.
Se trata de un procedimiento de faltas que tiene señalado el jucio oral. El denunciante esta dispuesto a retirar la denuncia.
Mi pregunta es: ¿ se archiva directamente le procedimiento o hay que acudir a la vista? ¿ Bastaría con un escrito de defensa (el denunciado vive en otra localidad) al que se adjunta la retirada de la denuncia? ¿ El abogado debe personarse en el procedimiento por escrito o puede hacerlo el miso día de la vista?. Se trata de una falta contra el orden público.
Saludos
Juicio de faltas. | PorticoLegal
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6 Comentarios
 
05/02/2007 20:16
De nada, gracias a tí y ven mucho por aquí. Un abrazo y hasta la próxima, petrus.
05/02/2007 19:56
Muchas gracias Maicavasco, me es de mucha utilidad.
05/02/2007 19:48
En cuanto al formulario:

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO x DE x

XXX, Letrad@ de los Tribunales, Colegiad@ número X, y de DON/A xxx, con D.N.I. xxx, y domicilio en xxx, mayor de edad, solter@ (estado civil), edad, como acredito en virtud de designación apud - acta que adjunto (es suficiente que adjuntes un documento original firmado por tu cliente apoderándote como letrado para las actuaciones), perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados xxx, con despacho profesional en xxx, ante el Juzgado comparezco y, en la forma más procedente en derecho, DIGO:

Que en virtud del presente escrito y conforme a lo establecido en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (copialo entre paréntesis y entrecomillado), mi mandante quiere ejercitar su derecho, por medio de un abogado, a presentar ante el Juzgado su escrito de defensa por escrito, dado que reside en Albacete, y el hecho de tenerse que desplazar a Valladolid le acarrearía unos gastos y desembolsos económicos a los que no puede hacer frente, fundamentando la nuestra defensa en los siguientes hechos y fundamentos jurídicos.

ALEGACIONES

PRIMERO.-

SEGUNDO.-

TERCERO.-

(Relación de hechos que quieras alegar)

(También fundamentos de derecho, jurisprudencia, doctrina, todo lo que te interese para defenderte).

Incluye al final un número más para hacer una relación de las documentales que aportas, explicando pormenorizadamente qué demuestra cada una de ellas.

Terminas así, con el suplico:
Por lo expuesto,
SUPLICO AL ILMO. JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO XXX DE XXX que, teniendo por presentado este escrito, con los documentos y copias que se acompañan, se sirva admitirlo, únase a los autos de su razón, y en su virtud se tenga por formalizado el tramite y opcion procesal que otorga a mi mandante el articulo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por hechas las alegaciones que en el mismo se contienen, por presentadas las pruebas documentales y, en su dia, en base a todo lo alegado, se dicte resolucion resolviendo la absolucion de mi mandante, condenando en costas a la parte contraria, .... (la condena en costas es muy dificil que te la den, ya te aviso), por ... (di los motivos resumidamente), dicho sea con los máximos respetos y en términos de estricta defensa.

Por ser de Justicia, que pido en xxx (lugar), a xxxxx (fecha).

Tu nombre, firma, sello y número de colegiado.
05/02/2007 19:32
Vale, mira, a ver si te puedo orientar un poco. Yo tuve un caso muy similar hace poco tiempo. Era por coacciones por unos SMS. Yo di los siguientes pasos.

Primero, me puse telefónicamente en contacto con el denunciante y negocié con él la retirada de la denuncia (a veces la gente es un poco reacia, pero en fin, supongo que ya lo tendrás negociado, como comentas).

Yo quedé con el denunciante que él me iba a mandar por fax el escrito o documento donde se hacía constar la retirada de la denuncia.

No obstante, mientras no se dicte resolución de archivo, no te puedes confiar.

Total, que yo preparé un escrito, que te voy a resumir, como formulario, a continuación, y lo mandé por carta certificada con acuse de recibo.

A mí el denunciante nunca me mandó por fax la retirada de la denuncia, si bien telefónicamente me confirmó que lo había hecho. Por eso no me confié y mandé el escrito a que he hecho referencia en el apartado anterior.

Recibido el escrito por el Juzgado, se me hizo llegar una providencia haciendo constar que: "visto el estado de las actuaciones, se acuerda poner en conomiento de la referida Letrada, mediante la notificación de la presente resolucion, que con fecha 2-11-2006 se ha acordado el archivo de la causa por la renuncia expresa del denunciante".

Es decir, se me confirmó que el denunciante había procedido a retirar la denuncia y se había archivado la causa.

... A continuación cuelgo formulario.
05/02/2007 19:15
Muchas gracias por la respuesta maicavasco, el caso es que yo represento a denunciado y, aunque el denunciante me ha asegurado que retirará la denuncia, no sé si debo presentarme en la vista en el caso de que no me llegue auto de archivo antes de la fecha señalada.
Por otro lado, y teniendo en cuenta que el denunciante ha quedado en mandarme por fax la retirada de la denuncia, me preguntaba si no sería suficiente un escrito invocando el artículo que mencionas al que se adjuntara dicho fax
05/02/2007 18:37
A ver, si el denunciante quiere retirar la denuncia y vive en otra localidad, no hace falta que se persone, ni con abogado, ni con procurador.

Es suficiente con que dirija un escrito al juzgado de instrucción que esté conociendo del juicio de faltas e invoque el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dispone que si el denunciado reside fuera de la demarcación del Juzgado, no tendrá obligación de concurrir al acto del juicio, y podrá dirigir al Juez escrito alegando lo que estime conveniente en su defensa, así como apoderar abogado o procurador que presente en aquel acto las alegaciones y las pruebas de descargo que tuviere".

En base a este artículo, en el escrito lo único que ha de decir es que, dado que durante el transcurso de este tiempo no se han producido más controversias entre denunciante y denunciado, perdona al denunciado, renuncia a cualquier acción penal y civil que le pudiera corresponder y excusa su asistencia a la celebración de la vista, por no queres ejercitar acusación alguna contra el denunciado.

Si bien la renuncia y el perdón no producen la terminación del proceso cuando de delitos o faltas públicas se trate, no es menos cierto que en la práctica, con un escrito así, la sentencia es, o suele ser, absolutoria.

Para cualquier duda no dudes en manifestarla en este foro. Entro todos te echaremos un cable. Gracias.
Juicio de faltas.
05/02/2007 13:34
Buenas,

para empezar, pedir disculpas por la posible simpleza, pero en penal no tengo ni idea.
Se trata de un procedimiento de faltas que tiene señalado el jucio oral. El denunciante esta dispuesto a retirar la denuncia.
Mi pregunta es: ¿ se archiva directamente le procedimiento o hay que acudir a la vista? ¿ Bastaría con un escrito de defensa (el denunciado vive en otra localidad) al que se adjunta la retirada de la denuncia? ¿ El abogado debe personarse en el procedimiento por escrito o puede hacerlo el miso día de la vista?. Se trata de una falta contra el orden público.
Saludos