Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Juicio determinacion, incapacidad y recargo de prestaciones

12 Comentarios
 
Juicio determinacion, incapacidad y recargo de prestaciones
09/02/2021 12:14
Buenos días, dentro de dos meses tengo juicio de determinación de contingencias y dentro de 4 tengo el de la incapacidad. Tuve un accidente dentro de la fábrica y la mutua se lavó las manos a los dos meses por lo cual estuve los 18 meses de baja por enfermedad común. El inss me dió el alta y la empresa no me deja ir a trabajar porqué en el reconocimiento médico que me hicieron después del alta me pusieron muchas restricciones (entre ellas las compatibles con el accidente) pero la empresa me sigue pagando sin ir a trabajar hasta encontrar una solución, la cual cual será casi seguro el despido por ineptitud sobrevenida. Cuando tuve el accidente a los pocos días con la columna que yo me dí la protegieron con lo que yo entiendo que no estaba protegida. Mi pregunta es: en caso de que gane el juicio dándome accidente laboral y a continuación también el de incapacidad permanente total ¿debería de solicitar también el recargo de prestaciones?
14/02/2021 12:01
pucelano02
Hola. Si ganases el juicio y te reconociesen la incapacidad permanente derivada de accidente laboral, podrías formular un escrito, explicando los hechos, ante la Inspección de Trabajo a fin de que realizase un informe sobre el accidente.
Si la Inspección informase sobre la existencia de faltas de medidas de seguridad, la propia Inspección inicia de oficio ante el INSS, un expediente de recargo.
Tú por tu parte , con el informe, deberías iniciar una reclamación de daños y perjuicios contra la empresa y especialemente contra la compañía asguradora, pues casi todas las empresa tiene un seguro de responsabilidad civil ( la llamada póliza RC) que cubre las indemnizaciones.
Saludos
15/02/2021 11:33
Expertolaboral
Entonces que debo hacer ahora, ¿esperar a la celebración del juicio? O debería empezar a mover algo. Y en ese caso que es lo debo hacer primero.
20/02/2021 13:00
pucelano02
Hola. Primero debes esperar a ganar los dos juicio ( el de contingencias y el de la incapacidad permanente), pues si, por ejjemplo , el juez/a dictase que es derivada de enfermedad común, no tendrías nada que hacer respecto al recargo y a la reclamación de una indemnización por daños y perjuicios.
Si ganas los dos, inmediatemente presenta un escrito ante la Inspección de Trabajo.
Una vez tengas el informe favorable de la Inspección y antes del año desde la firmeza de la sentencia, deberías presentar la reclamación por daños,.
Saludos
20/02/2021 16:03
Expertolaboral
muchas gracias, informaré cuando este todo resuelto.
17/03/2021 22:06
pucelano02
Buenas tardes, ayer pasé reconocimiento médico solicitado por la empresa y me han dado como NO APTO para realizar mi puesto de trabajo.

¿Puede tener esto incidencia en los juicios que tengo? 1º el de determinación de contingencia y el otro para incapacidad permanente total.
21/03/2021 10:54
Hola. El informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales no te servirá para el juicio de determinación de la contingencia.
En cambio, para el juicio de la incapacidad permanente, te servirá como una prueba más que el juzgado valorará según su criterio. Pero es una dato significativo.
Muy probablemente la empresa te despedirá por causas objetivas por ineptitud sobrevenida y te pagará una undemnización de 20 días por año trabajado. Si te interesase ( no siempre interesa) podrías recurrirla alegando que según el INSS estás en condiciones de trabajar, aunque puedas presentar algunas limitaciones para tu trabajo. Cada caso es distinto.
Saludos
21/03/2021 13:56
Expertolaboral
Muchas gracias por la respuesta. En cuanto a la empresa no se si me despedirá o esperará al juicio de determinación de contingencia por si en caso de ganarle ( como sería lo lógico) tuviese responsabilidad. Cuando sea el juicio informaré para ayudar en lo que sea posible.
20/05/2021 20:07
Buenas tardes me acaba de llegar la resolución y he ganado. Ahora espero que me abonen los atrasos, La empresa me despidió porqué en el reconocimiento médico me dieron NO APTO y automáticamente me despidieron por ineptitud sobrevenida.
El próximo mes tengo otro juicio por incapacidad permanente total, espero que todo se resuelva a favor puesto que la empresa y el servicio de salud reconocen que no soy apto para mi profesión habitual.
20/05/2021 20:10
Al despedirte por NO APTO te indemnizo la empresa?
24/05/2021 22:31
Playstation
Si, me indemnizó con 20 dias por año trabajado. Ahora estoy esperando a que me pague los atrasos la mutua y no se el plazo que tienen para pagar dichos atrasos.
03/12/2021 23:11
pucelano02
Buenas!! Que tal tu situación a día de hoy?? Tuviste juicio de impugnación de alta médica?? Y cuando ganaste el juicio que comentas cuando empezaste a cobrar atrasos.. gracias!!
09/12/2021 22:49
Hola me gustaría dar mi humilde opinión yo creo que con el recargo de prestaciones solo hay una retroactividad de 3 meses con lo cual ahora estarías dentro de ese plazo pero solo cobraría los últimos tres meses no desde que te diste de baja por el accidente de trabajo
Juicio determinacion, incapacidad y recargo de prestaciones | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Juicio determinacion, incapacidad y recargo de prestaciones

12 Comentarios
 
Juicio determinacion, incapacidad y recargo de prestaciones
09/02/2021 12:14
Buenos días, dentro de dos meses tengo juicio de determinación de contingencias y dentro de 4 tengo el de la incapacidad. Tuve un accidente dentro de la fábrica y la mutua se lavó las manos a los dos meses por lo cual estuve los 18 meses de baja por enfermedad común. El inss me dió el alta y la empresa no me deja ir a trabajar porqué en el reconocimiento médico que me hicieron después del alta me pusieron muchas restricciones (entre ellas las compatibles con el accidente) pero la empresa me sigue pagando sin ir a trabajar hasta encontrar una solución, la cual cual será casi seguro el despido por ineptitud sobrevenida. Cuando tuve el accidente a los pocos días con la columna que yo me dí la protegieron con lo que yo entiendo que no estaba protegida. Mi pregunta es: en caso de que gane el juicio dándome accidente laboral y a continuación también el de incapacidad permanente total ¿debería de solicitar también el recargo de prestaciones?
14/02/2021 12:01
pucelano02
Hola. Si ganases el juicio y te reconociesen la incapacidad permanente derivada de accidente laboral, podrías formular un escrito, explicando los hechos, ante la Inspección de Trabajo a fin de que realizase un informe sobre el accidente.
Si la Inspección informase sobre la existencia de faltas de medidas de seguridad, la propia Inspección inicia de oficio ante el INSS, un expediente de recargo.
Tú por tu parte , con el informe, deberías iniciar una reclamación de daños y perjuicios contra la empresa y especialemente contra la compañía asguradora, pues casi todas las empresa tiene un seguro de responsabilidad civil ( la llamada póliza RC) que cubre las indemnizaciones.
Saludos
15/02/2021 11:33
Expertolaboral
Entonces que debo hacer ahora, ¿esperar a la celebración del juicio? O debería empezar a mover algo. Y en ese caso que es lo debo hacer primero.
20/02/2021 13:00
pucelano02
Hola. Primero debes esperar a ganar los dos juicio ( el de contingencias y el de la incapacidad permanente), pues si, por ejjemplo , el juez/a dictase que es derivada de enfermedad común, no tendrías nada que hacer respecto al recargo y a la reclamación de una indemnización por daños y perjuicios.
Si ganas los dos, inmediatemente presenta un escrito ante la Inspección de Trabajo.
Una vez tengas el informe favorable de la Inspección y antes del año desde la firmeza de la sentencia, deberías presentar la reclamación por daños,.
Saludos
20/02/2021 16:03
Expertolaboral
muchas gracias, informaré cuando este todo resuelto.
17/03/2021 22:06
pucelano02
Buenas tardes, ayer pasé reconocimiento médico solicitado por la empresa y me han dado como NO APTO para realizar mi puesto de trabajo.

¿Puede tener esto incidencia en los juicios que tengo? 1º el de determinación de contingencia y el otro para incapacidad permanente total.
21/03/2021 10:54
Hola. El informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales no te servirá para el juicio de determinación de la contingencia.
En cambio, para el juicio de la incapacidad permanente, te servirá como una prueba más que el juzgado valorará según su criterio. Pero es una dato significativo.
Muy probablemente la empresa te despedirá por causas objetivas por ineptitud sobrevenida y te pagará una undemnización de 20 días por año trabajado. Si te interesase ( no siempre interesa) podrías recurrirla alegando que según el INSS estás en condiciones de trabajar, aunque puedas presentar algunas limitaciones para tu trabajo. Cada caso es distinto.
Saludos
21/03/2021 13:56
Expertolaboral
Muchas gracias por la respuesta. En cuanto a la empresa no se si me despedirá o esperará al juicio de determinación de contingencia por si en caso de ganarle ( como sería lo lógico) tuviese responsabilidad. Cuando sea el juicio informaré para ayudar en lo que sea posible.
20/05/2021 20:07
Buenas tardes me acaba de llegar la resolución y he ganado. Ahora espero que me abonen los atrasos, La empresa me despidió porqué en el reconocimiento médico me dieron NO APTO y automáticamente me despidieron por ineptitud sobrevenida.
El próximo mes tengo otro juicio por incapacidad permanente total, espero que todo se resuelva a favor puesto que la empresa y el servicio de salud reconocen que no soy apto para mi profesión habitual.
20/05/2021 20:10
Al despedirte por NO APTO te indemnizo la empresa?
24/05/2021 22:31
Playstation
Si, me indemnizó con 20 dias por año trabajado. Ahora estoy esperando a que me pague los atrasos la mutua y no se el plazo que tienen para pagar dichos atrasos.
03/12/2021 23:11
pucelano02
Buenas!! Que tal tu situación a día de hoy?? Tuviste juicio de impugnación de alta médica?? Y cuando ganaste el juicio que comentas cuando empezaste a cobrar atrasos.. gracias!!
09/12/2021 22:49
Hola me gustaría dar mi humilde opinión yo creo que con el recargo de prestaciones solo hay una retroactividad de 3 meses con lo cual ahora estarías dentro de ese plazo pero solo cobraría los últimos tres meses no desde que te diste de baja por el accidente de trabajo