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juicio lunes

26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
07/08/2007 22:01
hola a todos,prdonad no haber puesto aki el resultado de la sentencia pero se me paso,
a mi ex-mujer la condenaron a tres meses de prision,dos años de orden de alejamiento a mi,mi trabajo,comunicacion y sitios frecuentados,etc mas el importe de las lesiones que me causo
yo,la libre absolucion,muchas gracias por vuestro apoyo
08/07/2007 20:52
No te olvides de comentarnos tu sentencia. saludos.
29/06/2007 17:02
os cuento como me ha ido el juicio,las testigos de ella no se presentaron o no se localizaron,ni idea,ya se habia suspendido dos veces..en el segundo juicio me habian dicho que si no se presentaban las testigos no habria cargos contra mi,pero en este juicio admitieron como prueba la declaracion de una de sus amigas testigo que hizo en comisaria en akel año,el fiscal me pide 8 meses de prision por el articulo 153.1
a ella 6 meses por el articulo 153.2
mas orden de alejamiento mutua durante dos años
lo que mas me llamo la atencion fue que no se personaron los testigos de ella,de las lesiones del primer juicio en el juzgado de guardia y en su demanda nada porque no hay informes claro..ella dijo que me aparto poniendome las manos en el estomago a la salida del ascensor y nada mas,¿y mi parte medico y de forense?¿nadie le hace caso?
ahora a ver la sentencia
21/02/2007 16:30
De nada, david23. No te olvides de seguir comentandonos como sigue tu caso, que es interesante. Un abrazo y suerte!
21/02/2007 11:49
De nada, david23. No te olvides de seguir comentandonos como sigue tu caso, que es interesante. Un abrazo y suerte!
21/02/2007 10:11
y ahora tengo que ir al juzgado a poner la correspondiente denuncia que desde el dia 15 del mes pasda no ha venido a ver a su hijo...¿como una madre /padre puede pasar de su hijo durante casi mes y medio?...es increible...luego tanto yo como mi pareja marcamos el telefono de la madre para que hable con ella y el nene no kiere hablar con ella ¿que hacemos ante eso?
21/02/2007 10:01
Mucha suerte.
21/02/2007 09:39
no sabes como te lo agradezco maica,y gracias a ti tambien anafer.
ahora a esperar la resolucion del dichoso juicio y quedar marcado de por vida
21/02/2007 01:10
Es eso david23, tu ya tienes concedida la custodia por un organo civil y la jurisdiccion penal no puede meter ahi los hocicos.

La custodia es tuya y si tu ex conyuge te la quiere quitar que se vaya a un procedimiento civil y empiece a desplegar prueba.

Saludos.
20/02/2007 23:45
maica esto que expusiste:
SIEMPRE QUE NO HUBIERAN SIDO PREVIAMENTE ACORDADAS POR UN ÓRGANO DEL ORDEN JURISDICCIONAL CIVIL (como es tu caso

¿no quiere decir que al haberme dado ya la custodia en un procedimiento civil queda excluida la posibilidad de que se acurden otro tipo de medidas en lo penal?¿o es lo contario?
20/02/2007 17:31
Vale, david23. Podria ser que tal vez a ti te pidan mas condena, porque al haberlo reconducido el fiscal por violencia domestica (la interpretacion de Anafer parece mas correcta al respecto), y debido a la reciente reforma del codigo penal por la violencia de genero, las agresiones del hombre a la mujer estan mas gravemente penadas que las de la mujer al hombre, aunque las primeras fueran mas leves.

No se planteo tu abogado solicitar el planteamiento de una cuestion de inconstitucionalidad?

En cuanto a la custodia, por lo que te he dicho anteriormente, el principio favor filii, no creo que te la quiten, es mas, estoy segura de que no lo van a hacer.

Espero tus noticias. Saludos.
20/02/2007 14:56
la condena la piden por mltrato familiar a ambos,llevamos seprados 5 ños y yo tengo la custodia desde entonces,lo que no entiendo es que fui yo el agredido,el que aporta parte de lesiones y ami es a quien piden mas condena,yo reconozco que la empuje,pero solo para repeler la agresion,cabe decir que mi ex la custodia la kiere durante 3 años,cosa que no ntiendo,
20/02/2007 12:13
Te explicas perfectamente, Anafer. Es más, tu interpretación de la ley me parece la acertada y si me envias la sentencia te lo agradezco. Me aplicare el cuento, como se suele decir. Un abrazo.
20/02/2007 11:46
Ya te mandaré la Sentencia de que te hablo, que está muy bien, por cómo aclara este tema.
20/02/2007 11:43
No sé, maica.

En un caso similar, Fiscal acusaba a ambos por el 153. Aporté Jurisprudencia acerca de la agresión mutua y finalmente resultaron condenados ambos por sendas faltas de lesiones.

Lo que se castiga con la Reforma es la imposoición de la voluntad a base de la fuerza y el miedo; cuando ambos se agreden no existe una imposición de uno sobre otro, no se puede apreciar en ambos a la vez que su forma de relacionarse normalmente es el uso de la fuerza para imponer su voluntad al otro: no hablamos de una situación de superioridad, aprovechada con ese fin.

No sé si me explico.
20/02/2007 11:16
Si, Anafer. Llevas toda la razón. Lo que pasa es que del relato de david23 se deduce que el que está sufriendo la violencia doméstica es él. Pero claro, viendo que el fiscal tambien ha pedido pena para él, pues claro, no tiene nuestro consultante que descartar una posible condena.

Te lo digo porque pese a lo que argumentas, Anafer, que me parece acertado, aunque el código penal en la violencia doméstica no excluye agresiones mutuas, el fiscal, a mi entender, está pidiendo pena por el artículo 153.2 del codigo penal para ambos y ademas la misma.

Te lo digo porque parece que el fiscal no lo ve tal vez como tu esto. Y es que en realidad el código tampoco excluye la interpretacion del fiscal. Como lo ves, Anafer?

David23, por qué delito pide el fiscal la condena de ambos?

Un saludo.
20/02/2007 10:34
lo del reino de terror me ha quedado un poco bestia, pero bueno...
20/02/2007 02:42
Perdón por la intromisión:

No sólo no es lo mismo, David, agresión mutua que violencia doméstica, sino que es incompatible, más aún cuando esa agresión es puntual.

En su caso, hay dos opciones: que sea ella la condenada por violencia doméstica del 153 en relación con el 173, o que ambos resulten condenados, por una falta de lesiones ella (617.1), y por falta de maltarto de obra usted (617.2).

No podrán ser nunca ambos, o no debieran serlo, condenados como autores del delito del 153. Los hechos no encajan en el tipo que contempla ese precepto, porque en él se castiga a quien utiliza la fuerza para imponer un reino de terror en el ámbito familiar, o sobre un miembro de la familia, o sobre su ex-cónyuge, ex-pareja, etc. Y no parece ser el caso.

Salvo mejor opinión. Mucha suerte.
20/02/2007 01:57
Hola david23. Lo único que te queria decir es, dada la consulta que has formulado, que en la jurisdiccional penal si se puede decidir provisionalmente sobre la guarda y custodia de un menor en suspuestos de violencia domestica.

Dado que tu has sido el agredido, me imagino que obtendras una sentencia favorable en tal sentido, dado que parece aportar pruebas fiables o contundentes, como un parte medico.

Y ademas no creo que te quiten la guarda y custodia de tus menores, dado que ellos viven contigo ahora y la justicia es reacia a cambiar el desempeño de la guarda y custodia al otro progenitor, si los menores estan bien cuidados, dado que el cambio les podria provocar un pequeño desequilibro, tanto en rendimiento escolar, como en perdida de amistades, o emocional, que si es innecesario, no puede causarseles, en base al principio favor filii, es decir, que en cualquier decision relativa a menores de edad que se tome, se tenga siempre en cuenta lo que sea lo mejor para su equilibrio, estabilidad y seguridad.

Creo que tendras suerte. Ya nos contaras. Un saludo.
19/02/2007 21:03
lo digo porque el agredido con lesiones he sido yo,el que interpuso la denuncia he sido yo ,quien aporta parte forense soy yo ..ella nada de nada
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Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
07/08/2007 22:01
hola a todos,prdonad no haber puesto aki el resultado de la sentencia pero se me paso,
a mi ex-mujer la condenaron a tres meses de prision,dos años de orden de alejamiento a mi,mi trabajo,comunicacion y sitios frecuentados,etc mas el importe de las lesiones que me causo
yo,la libre absolucion,muchas gracias por vuestro apoyo
08/07/2007 20:52
No te olvides de comentarnos tu sentencia. saludos.
29/06/2007 17:02
os cuento como me ha ido el juicio,las testigos de ella no se presentaron o no se localizaron,ni idea,ya se habia suspendido dos veces..en el segundo juicio me habian dicho que si no se presentaban las testigos no habria cargos contra mi,pero en este juicio admitieron como prueba la declaracion de una de sus amigas testigo que hizo en comisaria en akel año,el fiscal me pide 8 meses de prision por el articulo 153.1
a ella 6 meses por el articulo 153.2
mas orden de alejamiento mutua durante dos años
lo que mas me llamo la atencion fue que no se personaron los testigos de ella,de las lesiones del primer juicio en el juzgado de guardia y en su demanda nada porque no hay informes claro..ella dijo que me aparto poniendome las manos en el estomago a la salida del ascensor y nada mas,¿y mi parte medico y de forense?¿nadie le hace caso?
ahora a ver la sentencia
21/02/2007 16:30
De nada, david23. No te olvides de seguir comentandonos como sigue tu caso, que es interesante. Un abrazo y suerte!
21/02/2007 11:49
De nada, david23. No te olvides de seguir comentandonos como sigue tu caso, que es interesante. Un abrazo y suerte!
21/02/2007 10:11
y ahora tengo que ir al juzgado a poner la correspondiente denuncia que desde el dia 15 del mes pasda no ha venido a ver a su hijo...¿como una madre /padre puede pasar de su hijo durante casi mes y medio?...es increible...luego tanto yo como mi pareja marcamos el telefono de la madre para que hable con ella y el nene no kiere hablar con ella ¿que hacemos ante eso?
21/02/2007 10:01
Mucha suerte.
21/02/2007 09:39
no sabes como te lo agradezco maica,y gracias a ti tambien anafer.
ahora a esperar la resolucion del dichoso juicio y quedar marcado de por vida
21/02/2007 01:10
Es eso david23, tu ya tienes concedida la custodia por un organo civil y la jurisdiccion penal no puede meter ahi los hocicos.

La custodia es tuya y si tu ex conyuge te la quiere quitar que se vaya a un procedimiento civil y empiece a desplegar prueba.

Saludos.
20/02/2007 23:45
maica esto que expusiste:
SIEMPRE QUE NO HUBIERAN SIDO PREVIAMENTE ACORDADAS POR UN ÓRGANO DEL ORDEN JURISDICCIONAL CIVIL (como es tu caso

¿no quiere decir que al haberme dado ya la custodia en un procedimiento civil queda excluida la posibilidad de que se acurden otro tipo de medidas en lo penal?¿o es lo contario?
20/02/2007 17:31
Vale, david23. Podria ser que tal vez a ti te pidan mas condena, porque al haberlo reconducido el fiscal por violencia domestica (la interpretacion de Anafer parece mas correcta al respecto), y debido a la reciente reforma del codigo penal por la violencia de genero, las agresiones del hombre a la mujer estan mas gravemente penadas que las de la mujer al hombre, aunque las primeras fueran mas leves.

No se planteo tu abogado solicitar el planteamiento de una cuestion de inconstitucionalidad?

En cuanto a la custodia, por lo que te he dicho anteriormente, el principio favor filii, no creo que te la quiten, es mas, estoy segura de que no lo van a hacer.

Espero tus noticias. Saludos.
20/02/2007 14:56
la condena la piden por mltrato familiar a ambos,llevamos seprados 5 ños y yo tengo la custodia desde entonces,lo que no entiendo es que fui yo el agredido,el que aporta parte de lesiones y ami es a quien piden mas condena,yo reconozco que la empuje,pero solo para repeler la agresion,cabe decir que mi ex la custodia la kiere durante 3 años,cosa que no ntiendo,
20/02/2007 12:13
Te explicas perfectamente, Anafer. Es más, tu interpretación de la ley me parece la acertada y si me envias la sentencia te lo agradezco. Me aplicare el cuento, como se suele decir. Un abrazo.
20/02/2007 11:46
Ya te mandaré la Sentencia de que te hablo, que está muy bien, por cómo aclara este tema.
20/02/2007 11:43
No sé, maica.

En un caso similar, Fiscal acusaba a ambos por el 153. Aporté Jurisprudencia acerca de la agresión mutua y finalmente resultaron condenados ambos por sendas faltas de lesiones.

Lo que se castiga con la Reforma es la imposoición de la voluntad a base de la fuerza y el miedo; cuando ambos se agreden no existe una imposición de uno sobre otro, no se puede apreciar en ambos a la vez que su forma de relacionarse normalmente es el uso de la fuerza para imponer su voluntad al otro: no hablamos de una situación de superioridad, aprovechada con ese fin.

No sé si me explico.
20/02/2007 11:16
Si, Anafer. Llevas toda la razón. Lo que pasa es que del relato de david23 se deduce que el que está sufriendo la violencia doméstica es él. Pero claro, viendo que el fiscal tambien ha pedido pena para él, pues claro, no tiene nuestro consultante que descartar una posible condena.

Te lo digo porque pese a lo que argumentas, Anafer, que me parece acertado, aunque el código penal en la violencia doméstica no excluye agresiones mutuas, el fiscal, a mi entender, está pidiendo pena por el artículo 153.2 del codigo penal para ambos y ademas la misma.

Te lo digo porque parece que el fiscal no lo ve tal vez como tu esto. Y es que en realidad el código tampoco excluye la interpretacion del fiscal. Como lo ves, Anafer?

David23, por qué delito pide el fiscal la condena de ambos?

Un saludo.
20/02/2007 10:34
lo del reino de terror me ha quedado un poco bestia, pero bueno...
20/02/2007 02:42
Perdón por la intromisión:

No sólo no es lo mismo, David, agresión mutua que violencia doméstica, sino que es incompatible, más aún cuando esa agresión es puntual.

En su caso, hay dos opciones: que sea ella la condenada por violencia doméstica del 153 en relación con el 173, o que ambos resulten condenados, por una falta de lesiones ella (617.1), y por falta de maltarto de obra usted (617.2).

No podrán ser nunca ambos, o no debieran serlo, condenados como autores del delito del 153. Los hechos no encajan en el tipo que contempla ese precepto, porque en él se castiga a quien utiliza la fuerza para imponer un reino de terror en el ámbito familiar, o sobre un miembro de la familia, o sobre su ex-cónyuge, ex-pareja, etc. Y no parece ser el caso.

Salvo mejor opinión. Mucha suerte.
20/02/2007 01:57
Hola david23. Lo único que te queria decir es, dada la consulta que has formulado, que en la jurisdiccional penal si se puede decidir provisionalmente sobre la guarda y custodia de un menor en suspuestos de violencia domestica.

Dado que tu has sido el agredido, me imagino que obtendras una sentencia favorable en tal sentido, dado que parece aportar pruebas fiables o contundentes, como un parte medico.

Y ademas no creo que te quiten la guarda y custodia de tus menores, dado que ellos viven contigo ahora y la justicia es reacia a cambiar el desempeño de la guarda y custodia al otro progenitor, si los menores estan bien cuidados, dado que el cambio les podria provocar un pequeño desequilibro, tanto en rendimiento escolar, como en perdida de amistades, o emocional, que si es innecesario, no puede causarseles, en base al principio favor filii, es decir, que en cualquier decision relativa a menores de edad que se tome, se tenga siempre en cuenta lo que sea lo mejor para su equilibrio, estabilidad y seguridad.

Creo que tendras suerte. Ya nos contaras. Un saludo.
19/02/2007 21:03
lo digo porque el agredido con lesiones he sido yo,el que interpuso la denuncia he sido yo ,quien aporta parte forense soy yo ..ella nada de nada