Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Junta de compensación

2 Comentarios
 
Junta de compensación
29/12/2006 13:27
Promotora que compra a una familia parte de una parcela, pero sin segregarla en dos fincas independientes. En la escritura, pone que compran x metros, correspondientes a la parte que está afectada por un plan de urbanización que va a desarrollarse.

Ahora, quienes vendieron en su día reciben un requerimiento (hecho por la promotora-compradora, que es quien constituye y dirige al Junta) para que comparezcan en Notaría a efectos de constituir la Junta de Compensación sobre esa zona.

¿Han de comparecer, cuando esa parte del suelo ya no es suya? Entiendo que no (notificando por burofax), pero me gustaría conocer vuestas opiniones.
Agradecería cualquier sugerencia.
08/01/2007 16:37
En la situación que describes, entiendo que la parcela continúa inscrita tanto en Catastro como en Registro de la Propiedad a nombre del vendedor, ya que no se ha segregado de la finca de éste de mayor cabida. En esas circunstancias es obligado que formalmente le convoquen para constituir la Junta, aunque en realidad no pueda adquirir derechos ni obligaciones urbanísticas referentes al terreno vendido, pero puede en todo caso controlar que la ejecución de la actuación, y en especial el proyecto de compensación, se adecuan en cuanto a superficie a lo pactado en el contrato de compraventa. Si de la finca matriz propiedad de los vendedores se incorpora a la actuación una superficie mayor de la pactada en ese contrato, los derechos y obligaciones corresponderían a sus propietarios.

11/01/2007 21:37
Gracias, Babro, no consigo entender todo este mundo del urbanismo.
Junta de compensación | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Junta de compensación

2 Comentarios
 
Junta de compensación
29/12/2006 13:27
Promotora que compra a una familia parte de una parcela, pero sin segregarla en dos fincas independientes. En la escritura, pone que compran x metros, correspondientes a la parte que está afectada por un plan de urbanización que va a desarrollarse.

Ahora, quienes vendieron en su día reciben un requerimiento (hecho por la promotora-compradora, que es quien constituye y dirige al Junta) para que comparezcan en Notaría a efectos de constituir la Junta de Compensación sobre esa zona.

¿Han de comparecer, cuando esa parte del suelo ya no es suya? Entiendo que no (notificando por burofax), pero me gustaría conocer vuestas opiniones.
Agradecería cualquier sugerencia.
08/01/2007 16:37
En la situación que describes, entiendo que la parcela continúa inscrita tanto en Catastro como en Registro de la Propiedad a nombre del vendedor, ya que no se ha segregado de la finca de éste de mayor cabida. En esas circunstancias es obligado que formalmente le convoquen para constituir la Junta, aunque en realidad no pueda adquirir derechos ni obligaciones urbanísticas referentes al terreno vendido, pero puede en todo caso controlar que la ejecución de la actuación, y en especial el proyecto de compensación, se adecuan en cuanto a superficie a lo pactado en el contrato de compraventa. Si de la finca matriz propiedad de los vendedores se incorpora a la actuación una superficie mayor de la pactada en ese contrato, los derechos y obligaciones corresponderían a sus propietarios.

11/01/2007 21:37
Gracias, Babro, no consigo entender todo este mundo del urbanismo.