Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

junta de vecinos

4 Comentarios
 
15/12/2010 16:42
Partiendo de que hubo dos votaciones, una en cada Junta, y que estaba en el Orden del Día de ambas, se puede hacer lo que comenta.
La diferencia única es que si Ud. hubiese realizado el cerramiento y después deciden que lo debe quitar, podría pedir daños y perjuicios a la Comunidad. En este caso, como Ud. no realizó nada, no creo que pueda pedirles nada.
Si no han cambiado las circunstancias no tiene sentido la nueva votación, ¿se realizó votación en el primer caso? o ¿sólo se comentó?
Habria que ver si se voto y si esta reflejado en acta.
Para cualquier duda o consulta adicional estamos a su entera disposicion.
Un saludo

En Optimizo nuestro trabajo es su descanso
www.optimizo.es
administracion@optmizo.es
914254481/626764724
15/12/2010 13:32
voy a esplicaros el caso en reunion de vecinos celebrada el dia 6 de marzo de 2009 solicite de la comunidad realizar una obra en una galeria de mi vivienda (un cerramiento) todos los asistentes se avinieron a que lo podia hacer,no lo pude realizar en ese momento y cual no seria mi sorpresa cuando en la soguiente reunion que se celebro el 26 de junio vuelven a derbatir entre los asistentes la procedencia o desaprobacion del cerramiento despues de muchas discusiones no me lo aprueban
os parece legal porque mes hoy el dia en que todavia no se si podre cerrarla
Buenos dias josemarivi:
No entiendo muy bien a que te refieres con dar con aprobada.
Los acuerdos tomados en junta que han cumplido todos los requisitos de convocatoria, quorum... son validos otra cosa es que alguien los impugne.
La redacción del acta debe hacerse al finalizar la reunión o a los 10 dias naturales siguiente a la junta.
Este acta debe comunicarla a todos los propietarios hayan asistido a la junta o no.
Otra cosa distinta es que en la siguiente reunión se proceda a la lectura del acta anterior pero esto no es aprobarla.
Para cualquier duda o consulta adicional estamos a su entera disposicion.
Un saludo

En Optimizo nuestro trabajo es su descanso
www.optimizo.es
administracion@optmizo.es
914254481/626764724
Junta de vecinos
15/12/2010 12:05
desde que se realiza una reunion de veciños cuanto tiempo debe de pasar para que sea legal .
en nuestra comunidad tenemos un gestor y cuando se reliza una reunion no la da por aprobada hasta la siguiente reunion cosa que pueden pasar hasta tres o seis meses,creo que esto no es asi .

FELICES FIESTAS Y AÑO NUEVO.... GRACIAS
junta de vecinos | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

junta de vecinos

4 Comentarios
 
15/12/2010 16:42
Partiendo de que hubo dos votaciones, una en cada Junta, y que estaba en el Orden del Día de ambas, se puede hacer lo que comenta.
La diferencia única es que si Ud. hubiese realizado el cerramiento y después deciden que lo debe quitar, podría pedir daños y perjuicios a la Comunidad. En este caso, como Ud. no realizó nada, no creo que pueda pedirles nada.
Si no han cambiado las circunstancias no tiene sentido la nueva votación, ¿se realizó votación en el primer caso? o ¿sólo se comentó?
Habria que ver si se voto y si esta reflejado en acta.
Para cualquier duda o consulta adicional estamos a su entera disposicion.
Un saludo

En Optimizo nuestro trabajo es su descanso
www.optimizo.es
administracion@optmizo.es
914254481/626764724
15/12/2010 13:32
voy a esplicaros el caso en reunion de vecinos celebrada el dia 6 de marzo de 2009 solicite de la comunidad realizar una obra en una galeria de mi vivienda (un cerramiento) todos los asistentes se avinieron a que lo podia hacer,no lo pude realizar en ese momento y cual no seria mi sorpresa cuando en la soguiente reunion que se celebro el 26 de junio vuelven a derbatir entre los asistentes la procedencia o desaprobacion del cerramiento despues de muchas discusiones no me lo aprueban
os parece legal porque mes hoy el dia en que todavia no se si podre cerrarla
Buenos dias josemarivi:
No entiendo muy bien a que te refieres con dar con aprobada.
Los acuerdos tomados en junta que han cumplido todos los requisitos de convocatoria, quorum... son validos otra cosa es que alguien los impugne.
La redacción del acta debe hacerse al finalizar la reunión o a los 10 dias naturales siguiente a la junta.
Este acta debe comunicarla a todos los propietarios hayan asistido a la junta o no.
Otra cosa distinta es que en la siguiente reunión se proceda a la lectura del acta anterior pero esto no es aprobarla.
Para cualquier duda o consulta adicional estamos a su entera disposicion.
Un saludo

En Optimizo nuestro trabajo es su descanso
www.optimizo.es
administracion@optmizo.es
914254481/626764724
Junta de vecinos
15/12/2010 12:05
desde que se realiza una reunion de veciños cuanto tiempo debe de pasar para que sea legal .
en nuestra comunidad tenemos un gestor y cuando se reliza una reunion no la da por aprobada hasta la siguiente reunion cosa que pueden pasar hasta tres o seis meses,creo que esto no es asi .

FELICES FIESTAS Y AÑO NUEVO.... GRACIAS