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Jura nacionalidad española

2 Comentarios
 
Jura nacionalidad española
08/09/2021 22:43
Hola. Tengo cita para la jura de nacionalidad española por residencia. Me entregaron una planilla que debo rellenar que es la Hoja Declaratoria para la inscripción de Nacimiento.
Entre los datos que piden en la planilla está el estado civil de mis padres al momento de mi Nacimiento. Ellos estaban casados. Pero además piden "documento acreditativo"
Debí aportar el acta de matrimonio de ellos de mi país de origen? Y de ser así debe ser legalizado y apostillado? No veo mucho sentido a ese requisito. Si podrían sacarme de dudas. Gracias.
13/09/2021 12:19
Algo que olvidé mencionar es que yo tengo los dos apellidos, tanto de mi padre como de mi madre. Aún así es necesario que entregue el acta de matrimonio de ellos? Es mi país apostillar y legalizar no es muy fácil de hacer. Por eso la pregunta de si tiene que ser así obligatoriamente.
13/09/2021 13:44
Hola:

1.- Con respecto a los documentos públicos extranjeros procedentes de Estados que no formen parte de la Unión Europea, la regla es que deben venir con la Apostilla de La Haya (Estados parte de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961, por la cual se suprime el requisito de legalización de documentos públicos) o legalizado por vía diplomática (Estados que no forman parte de la antedicha Convención).

De modo que un documento público extranjero procedente de un Estado que no sea parte de la Unión Europea o de otro tratado internacional bilateral o multilateral por el que se exima de legalización a todos o a determinados documentos públicos, necesariamente deberá venir con la Apostilla o la legalización diplomática, según corresponda. Un documento público extranjero sin la Apostilla o la legalización diplomática es un documento inútil porque no podrá producir efectos en España.

2.- Con relación a la declaración del estado civil de sus progenitores al momento de su nacimiento, si estaban casados, pero no tiene con usted el certificado literal de matrimonio, no es obstáculo para la inscripción. En esos casos, normalmente se deja indicado que "no consta el certificado de matrimonio de los progenitores" o que se tiene conocimiento de tal extremo "por declaración del inscrito".

3.- Sí sería indispensable, en cambio, contar con el certificado literal de nacimiento de su madre si usted fuera nacional de un Estado en el que sólo se utilizara un apellido (generalmente el paterno) o su madre, al casarse con su padre, hubiera adquirido su apellido, porque debe quedar constancia del apellido materno original a efectos de dar cumplimiento a la exigencia de duplicidad de apellidos y de líneas prevista en el ordenamiento jurídico español.

Un cordial saludo.
Jura nacionalidad española | PorticoLegal
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08/09/2021 22:43
Hola. Tengo cita para la jura de nacionalidad española por residencia. Me entregaron una planilla que debo rellenar que es la Hoja Declaratoria para la inscripción de Nacimiento.
Entre los datos que piden en la planilla está el estado civil de mis padres al momento de mi Nacimiento. Ellos estaban casados. Pero además piden "documento acreditativo"
Debí aportar el acta de matrimonio de ellos de mi país de origen? Y de ser así debe ser legalizado y apostillado? No veo mucho sentido a ese requisito. Si podrían sacarme de dudas. Gracias.
13/09/2021 12:19
Algo que olvidé mencionar es que yo tengo los dos apellidos, tanto de mi padre como de mi madre. Aún así es necesario que entregue el acta de matrimonio de ellos? Es mi país apostillar y legalizar no es muy fácil de hacer. Por eso la pregunta de si tiene que ser así obligatoriamente.
13/09/2021 13:44
Hola:

1.- Con respecto a los documentos públicos extranjeros procedentes de Estados que no formen parte de la Unión Europea, la regla es que deben venir con la Apostilla de La Haya (Estados parte de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961, por la cual se suprime el requisito de legalización de documentos públicos) o legalizado por vía diplomática (Estados que no forman parte de la antedicha Convención).

De modo que un documento público extranjero procedente de un Estado que no sea parte de la Unión Europea o de otro tratado internacional bilateral o multilateral por el que se exima de legalización a todos o a determinados documentos públicos, necesariamente deberá venir con la Apostilla o la legalización diplomática, según corresponda. Un documento público extranjero sin la Apostilla o la legalización diplomática es un documento inútil porque no podrá producir efectos en España.

2.- Con relación a la declaración del estado civil de sus progenitores al momento de su nacimiento, si estaban casados, pero no tiene con usted el certificado literal de matrimonio, no es obstáculo para la inscripción. En esos casos, normalmente se deja indicado que "no consta el certificado de matrimonio de los progenitores" o que se tiene conocimiento de tal extremo "por declaración del inscrito".

3.- Sí sería indispensable, en cambio, contar con el certificado literal de nacimiento de su madre si usted fuera nacional de un Estado en el que sólo se utilizara un apellido (generalmente el paterno) o su madre, al casarse con su padre, hubiera adquirido su apellido, porque debe quedar constancia del apellido materno original a efectos de dar cumplimiento a la exigencia de duplicidad de apellidos y de líneas prevista en el ordenamiento jurídico español.

Un cordial saludo.