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Jurisprudencia - Indemnizaciones en caso de engaño sobre la paternidad

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Jurisprudencia - indemnizaciones en caso de engaño sobre la paternidad
25/02/2009 17:21
Esta de la AP de San Sebastian
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Condenan en San Sebastián a una mujer y a su compañero sentimental a indemnizar con 117.000 euros al ex marido de ella por el daño moral que le han ocasionado en los últimos años. Ha ocurrido después de que la víctima se enterase que sus dos hijas, concebidas mediante inseminación artificial con donante anónimo tal y como el matrimonio había decidido, eran fruto de las relaciones sexuales que mantenía su mujer con un amante.

El conocimiento de esta realidad ha llevado al padre a sufrir el denominado «síndrome de alienación parental», por la minusvaloración que ha padecido.

En 1975 la mujer y el marido se casaron, y al no poder concebir hijos por la esterilidad del hombre, decidieron que la mujer se sometiese a una inseminación artificial en la clínica que ella trabajaba. La mujer le dijo en su día al marido que no le acompañase a las citas puesto que tenía amigos médicos que le ayudarían.

Esto ocurrió dos veces a lo largo de estos más de 30 años.

El hombre creyó en todo el tiempo que vivió con su esposa y sus hijas que todo iba bien y que a pesar de no ser el padre biológico, él era el padre de las niñas.

Sin embargo, nada se desarrolló según lo convenido. La resolución judicial relata que la mujer, «de forma totalmente unilateral», acudió a quien hoy es su actual pareja y le propuso abiertamente tener un hijo con él sin necesidad de recurrir a la inseminación artificial, y sí mediante la utilización del método natural, es decir con repetidas relaciones sexuales.

En el transcurso de los años posteriores, el matrimonio fue distanciándose hasta que en abril de 2006 decidió separarse. Fue una ruptura de mutuo acuerdo.

Fue al poco de la separación cuando la víctima supo que durante diecisiete años había sido engañado. Y fue el padre biológico de las niñas quien le contó todo lo sucedido.

Durante el juicio, la esposa explicó que su marido tenía un conocimiento total de las relaciones sexuales que iba a mantener con su amigo y que lo aceptó voluntariamente. «Esta explicación cae por su propio peso», afirma el juez.
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Y esta muy recientita del TS
ISABEL RODRÍGUEZ DE LA TORRE | VALENCIA Martes, 17-02-09
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia de Valencia que condenó a una mujer por atribuir a su marido la paternidad de tres hijos que en realidad concibió con su amante, también condenado. El TS inadmite los recursos de los dos condenados y el del esposo engañado, que consideraba que la indemnización de 100.000 euros por daño moral era «insuficiente e injusta» y pedía 200.000.
Fue en diciembre de 2001 cuando descubrió que su segunda mujer, con la que llevaba casado 14 años, le había sido infiel en reiteradas ocasiones. Pero la mayor sorpresa llegaría meses después, cuando confirmó las sospechas que le venían atormentando desde que inició el proceso de separación matrimonial: las pruebas de paternidad ratificaron que tres de los cuatro hijos menores que él creía suyos eran fruto de la relación estable y duradera que su esposa había mantenido con otro hombre durante al menos seis años.
La Audiencia de Valencia condenó a la adúltera y al padre biológico a indemnizarle con 100.000 euros por el daño moral que le supuso la pérdida de los tres niños, «un sufrimiento que puede ser superior al de la muerte de los menores», señalaba la sentencia.
Motivación desfavorable
La mujer y su amante recurrieron al TS. El Supremo dice que confunden «falta de motivación con motivación desfavorable a sus intereses»; subraya que «actuaron de forma negligente en la concepción de los hijos y dolosa en la ocultación posterior»; y añade que «el conocimiento de la verdad ha sido el desencadenante de un daño» al marido engañado, «que debe ser resarcido».
En su defensa, la mujer, que calificó su relación extraconyugal como «pasional, puntual e irregular», dibujó un perfil de mal marido y peor padre: infiel, frío, distante y poco preocupado por la familia. Según el Supremo «no ha quedado acreditado la falta de afecto y arraigo» del marido. Él también recurrió. Quería ser indemnizado por el daño moral pero también por el físico y psicológico. Y quería recuperar el dinero que gastó en las pruebas biológicas de paternidad. El TS inadmite su recurso.


25/02/2009 21:16
Reproducimos su intervencion en el foro de www.custodiapaterna.org.

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Jurisprudencia - indemnizaciones en caso de engaño sobre la paternidad
25/02/2009 17:21
Esta de la AP de San Sebastian
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Condenan en San Sebastián a una mujer y a su compañero sentimental a indemnizar con 117.000 euros al ex marido de ella por el daño moral que le han ocasionado en los últimos años. Ha ocurrido después de que la víctima se enterase que sus dos hijas, concebidas mediante inseminación artificial con donante anónimo tal y como el matrimonio había decidido, eran fruto de las relaciones sexuales que mantenía su mujer con un amante.

El conocimiento de esta realidad ha llevado al padre a sufrir el denominado «síndrome de alienación parental», por la minusvaloración que ha padecido.

En 1975 la mujer y el marido se casaron, y al no poder concebir hijos por la esterilidad del hombre, decidieron que la mujer se sometiese a una inseminación artificial en la clínica que ella trabajaba. La mujer le dijo en su día al marido que no le acompañase a las citas puesto que tenía amigos médicos que le ayudarían.

Esto ocurrió dos veces a lo largo de estos más de 30 años.

El hombre creyó en todo el tiempo que vivió con su esposa y sus hijas que todo iba bien y que a pesar de no ser el padre biológico, él era el padre de las niñas.

Sin embargo, nada se desarrolló según lo convenido. La resolución judicial relata que la mujer, «de forma totalmente unilateral», acudió a quien hoy es su actual pareja y le propuso abiertamente tener un hijo con él sin necesidad de recurrir a la inseminación artificial, y sí mediante la utilización del método natural, es decir con repetidas relaciones sexuales.

En el transcurso de los años posteriores, el matrimonio fue distanciándose hasta que en abril de 2006 decidió separarse. Fue una ruptura de mutuo acuerdo.

Fue al poco de la separación cuando la víctima supo que durante diecisiete años había sido engañado. Y fue el padre biológico de las niñas quien le contó todo lo sucedido.

Durante el juicio, la esposa explicó que su marido tenía un conocimiento total de las relaciones sexuales que iba a mantener con su amigo y que lo aceptó voluntariamente. «Esta explicación cae por su propio peso», afirma el juez.
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Y esta muy recientita del TS
ISABEL RODRÍGUEZ DE LA TORRE | VALENCIA Martes, 17-02-09
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia de Valencia que condenó a una mujer por atribuir a su marido la paternidad de tres hijos que en realidad concibió con su amante, también condenado. El TS inadmite los recursos de los dos condenados y el del esposo engañado, que consideraba que la indemnización de 100.000 euros por daño moral era «insuficiente e injusta» y pedía 200.000.
Fue en diciembre de 2001 cuando descubrió que su segunda mujer, con la que llevaba casado 14 años, le había sido infiel en reiteradas ocasiones. Pero la mayor sorpresa llegaría meses después, cuando confirmó las sospechas que le venían atormentando desde que inició el proceso de separación matrimonial: las pruebas de paternidad ratificaron que tres de los cuatro hijos menores que él creía suyos eran fruto de la relación estable y duradera que su esposa había mantenido con otro hombre durante al menos seis años.
La Audiencia de Valencia condenó a la adúltera y al padre biológico a indemnizarle con 100.000 euros por el daño moral que le supuso la pérdida de los tres niños, «un sufrimiento que puede ser superior al de la muerte de los menores», señalaba la sentencia.
Motivación desfavorable
La mujer y su amante recurrieron al TS. El Supremo dice que confunden «falta de motivación con motivación desfavorable a sus intereses»; subraya que «actuaron de forma negligente en la concepción de los hijos y dolosa en la ocultación posterior»; y añade que «el conocimiento de la verdad ha sido el desencadenante de un daño» al marido engañado, «que debe ser resarcido».
En su defensa, la mujer, que calificó su relación extraconyugal como «pasional, puntual e irregular», dibujó un perfil de mal marido y peor padre: infiel, frío, distante y poco preocupado por la familia. Según el Supremo «no ha quedado acreditado la falta de afecto y arraigo» del marido. Él también recurrió. Quería ser indemnizado por el daño moral pero también por el físico y psicológico. Y quería recuperar el dinero que gastó en las pruebas biológicas de paternidad. El TS inadmite su recurso.


25/02/2009 21:16
Reproducimos su intervencion en el foro de www.custodiapaterna.org.