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Justicia gratuita y gran invalidez

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Justicia gratuita y gran invalidez
02/07/2019 19:47
Hola a todos,

El INSS me concedió una IP absoluta y después de realizar la reclamación previa a gran invalidez hacen caso omiso as mi limitaciones, con un 83% de discapacidad y 9 de movilidad reducida.

Solicité al colegio de abogados justicia gratuita y recibí la resolución de la comisión favorable de la concesión de un abogado de oficio.

El juicio ha sido resuelto a mi favor concedicendome el complemento de la Gran invalidez. El abogado de turno me informa que según el articulo 36.3 de la Ley de justicia gratuita debo de pagarle un tercio de los beneficios obtenidos.

El complemento de invalidez es una cantidad no embargable ni contributiva, debido a que esa cantidad se destina para pagar a la persona que te atiende, sinceramente no entiendo esta postura ya que, si yo sé que es así, hubiese solicitado esta ayuda a través de dependencia, que la única diferencia es que no podría elegir la persona que me ayude a realizar mis actividades de la vida diaria. Yo tampoco puedo considerar que este complemento me va a venir a mejor fortuna, al contrario, debería de añadir algo más de mi pensión, porque con esa cantidad no encontraría a una persona que me cuide durante todo el día.

Creéis que el abogado está actuando correctamente? o por el contrario hay alguna ley que defienda al discapacitado?

Gracias por leerme,
Justicia gratuita y gran invalidez | PorticoLegal
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02/07/2019 19:47
Hola a todos,

El INSS me concedió una IP absoluta y después de realizar la reclamación previa a gran invalidez hacen caso omiso as mi limitaciones, con un 83% de discapacidad y 9 de movilidad reducida.

Solicité al colegio de abogados justicia gratuita y recibí la resolución de la comisión favorable de la concesión de un abogado de oficio.

El juicio ha sido resuelto a mi favor concedicendome el complemento de la Gran invalidez. El abogado de turno me informa que según el articulo 36.3 de la Ley de justicia gratuita debo de pagarle un tercio de los beneficios obtenidos.

El complemento de invalidez es una cantidad no embargable ni contributiva, debido a que esa cantidad se destina para pagar a la persona que te atiende, sinceramente no entiendo esta postura ya que, si yo sé que es así, hubiese solicitado esta ayuda a través de dependencia, que la única diferencia es que no podría elegir la persona que me ayude a realizar mis actividades de la vida diaria. Yo tampoco puedo considerar que este complemento me va a venir a mejor fortuna, al contrario, debería de añadir algo más de mi pensión, porque con esa cantidad no encontraría a una persona que me cuide durante todo el día.

Creéis que el abogado está actuando correctamente? o por el contrario hay alguna ley que defienda al discapacitado?

Gracias por leerme,