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justicia gratuita?

6 Comentarios
 
27/04/2012 23:35
Por partes:
1.- Los abogados tenemos nuestro despacho particular y muchos de nosotros también estamos adscritos al turno de oficio (más por conciencia de servicio público que por la, con perdón, mierda que nos paga la administración: poco y tarde), siendo el Colegio quien nos remite a los beneficiarios de justicia gratuita.
2.- Un tema no se puede llevar a la vez a nivel particular y por designación por turno. O es cliente particular o es de turno, pero las dos cosas a la vez no puede ser.
3.- La solicitud de justicia gratuita que da lugar a la designación por turno, no la decide y presenta ningún abogado por su cuenta, sino que es el justiciable quien lo pide en las oficinas de los colegios de abogados o sus delegaciones o, en caso de designación en una asistencia letrada al detenido (penal) firmando los impresos que se le ofrecen por el abogado que le ha correspondido por estar de guardia.
27/04/2012 21:22
¿Entonces mi ex abogada particular podia pertenecer al mismo tiempo al turno de oficio?

Ella dijo que conmigo perdia dinero y que se pasaba al turno de oficio ya que me habian concedido la justicia gratuita, pero por otro lado me quiere cobrar 400€ (más los 700€ que le di a cuenta).

Nunca me hizo factura de lo que me iba a costar cada cosa, tampoco me dijo en que consistia la justicia gratuita ya que dijo que cubria unas cosas y otras no. Al final, me mando la minuta y me quiere cobrar por visitas al despacho, por ejemplo, cuando nunca me dijo que me iban a costar dinero, en fin, no me asesoro ni me dijo nada de nada.

27/04/2012 20:24
Efectivamente Katia, y es muy difícil que si cesas como particular te designen por turno para el mismo cliente por el mismo tema. Es más, yo diría que no se debería aceptar la designación para evitar malos entendidos como pueda ser el que le ocurre a cperez99 a quien, si tiene dudas, le aconsejo que se dirija al Colegio de Abogados de la demarcación para que se lo aclaren.
27/04/2012 17:49
Hola cperez99,

No se donde vive usted, pero el turno de oficio y la justicia gratuita no funciona así.

Si usted contrató una abogada particular, debe abonarle los honorarios por el trabajo que haya realizado, si a usted se le concede la justicia gratuita, le designan un abogado del turno de oficio, a éste no deberá abonarle los honorarios, pero si a la abogada que usted contrató.

Un saludo,
27/04/2012 08:27
Era abogada privada pero al ver que mi ex no me pasaba la pension y no entran ingresos en casa, pedimos la justicia gratuita y ella se paso al turno de oficio.
27/04/2012 01:01
La que llama su ex-abogada ¿fué designada por turno de oficio? Explíquese pues no entiendo el tema. ¿La tenía como abogada particular, cesó y luego se la designaron a ella misma por turno?..... Aclárelo
Justicia gratuita?
26/04/2012 13:30
Buenas, me concedieron el beneficio de la justicia gratuita ya que yo y mis hijas estamos en paro, no cobro ningun tipo de pension por lo que no tenemos dinero. Solo tenemos un piso en el cual vivimos.

Mi ex abogada llevaba mi caso de separacion y pension de alimentos, ya le abone 700€, despues me concedieron la justicia gratuita.

Vendi una licencia de taxi junto a mi ex marido y a partir de ahi, mi ex abogada, me pide 400€ restantes...

El dinero de la licencia del taxi era y es para mantenerme a mi misma y a mis hijas, pagar todos los recibos, etc hasta que alguna encontremos un trabajo.

¿Puede mi ex abogada reclamarme 400€ cuando ella nunca me dijo que aunque concedieran la justicia gratuita, deberia abonar dinero? Yo no tenia porque saber en que consistia la justicia gratuita.

Ahora pretende embargarme por 400€ cuando no tenemos ni salario, ni ahorros, nada.


¿Qué debo hacer?
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1.- Los abogados tenemos nuestro despacho particular y muchos de nosotros también estamos adscritos al turno de oficio (más por conciencia de servicio público que por la, con perdón, mierda que nos paga la administración: poco y tarde), siendo el Colegio quien nos remite a los beneficiarios de justicia gratuita.
2.- Un tema no se puede llevar a la vez a nivel particular y por designación por turno. O es cliente particular o es de turno, pero las dos cosas a la vez no puede ser.
3.- La solicitud de justicia gratuita que da lugar a la designación por turno, no la decide y presenta ningún abogado por su cuenta, sino que es el justiciable quien lo pide en las oficinas de los colegios de abogados o sus delegaciones o, en caso de designación en una asistencia letrada al detenido (penal) firmando los impresos que se le ofrecen por el abogado que le ha correspondido por estar de guardia.
27/04/2012 21:22
¿Entonces mi ex abogada particular podia pertenecer al mismo tiempo al turno de oficio?

Ella dijo que conmigo perdia dinero y que se pasaba al turno de oficio ya que me habian concedido la justicia gratuita, pero por otro lado me quiere cobrar 400€ (más los 700€ que le di a cuenta).

Nunca me hizo factura de lo que me iba a costar cada cosa, tampoco me dijo en que consistia la justicia gratuita ya que dijo que cubria unas cosas y otras no. Al final, me mando la minuta y me quiere cobrar por visitas al despacho, por ejemplo, cuando nunca me dijo que me iban a costar dinero, en fin, no me asesoro ni me dijo nada de nada.

27/04/2012 20:24
Efectivamente Katia, y es muy difícil que si cesas como particular te designen por turno para el mismo cliente por el mismo tema. Es más, yo diría que no se debería aceptar la designación para evitar malos entendidos como pueda ser el que le ocurre a cperez99 a quien, si tiene dudas, le aconsejo que se dirija al Colegio de Abogados de la demarcación para que se lo aclaren.
27/04/2012 17:49
Hola cperez99,

No se donde vive usted, pero el turno de oficio y la justicia gratuita no funciona así.

Si usted contrató una abogada particular, debe abonarle los honorarios por el trabajo que haya realizado, si a usted se le concede la justicia gratuita, le designan un abogado del turno de oficio, a éste no deberá abonarle los honorarios, pero si a la abogada que usted contrató.

Un saludo,
27/04/2012 08:27
Era abogada privada pero al ver que mi ex no me pasaba la pension y no entran ingresos en casa, pedimos la justicia gratuita y ella se paso al turno de oficio.
27/04/2012 01:01
La que llama su ex-abogada ¿fué designada por turno de oficio? Explíquese pues no entiendo el tema. ¿La tenía como abogada particular, cesó y luego se la designaron a ella misma por turno?..... Aclárelo
Justicia gratuita?
26/04/2012 13:30
Buenas, me concedieron el beneficio de la justicia gratuita ya que yo y mis hijas estamos en paro, no cobro ningun tipo de pension por lo que no tenemos dinero. Solo tenemos un piso en el cual vivimos.

Mi ex abogada llevaba mi caso de separacion y pension de alimentos, ya le abone 700€, despues me concedieron la justicia gratuita.

Vendi una licencia de taxi junto a mi ex marido y a partir de ahi, mi ex abogada, me pide 400€ restantes...

El dinero de la licencia del taxi era y es para mantenerme a mi misma y a mis hijas, pagar todos los recibos, etc hasta que alguna encontremos un trabajo.

¿Puede mi ex abogada reclamarme 400€ cuando ella nunca me dijo que aunque concedieran la justicia gratuita, deberia abonar dinero? Yo no tenia porque saber en que consistia la justicia gratuita.

Ahora pretende embargarme por 400€ cuando no tenemos ni salario, ni ahorros, nada.


¿Qué debo hacer?