Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

juzgado 25

4 Comentarios
 
Juzgado 25
07/01/2003 19:02
Soy divorciado desde hace 19 años, soy funcionario, se fijo el incremento de la pension de alimentos en funcion del incremento de los funcionarios,ahora el abogado de mi ex-mujer, plantea que porque no se actualiza en funcion del IPC la pension y la jueza del juzgado 25 le da la razon, me condena a pagar con amenaza de embargo mas de 6000 euros en concepto de atrasos, recurro a la Aundiencia Provincial que me da la razon y dice que el incremento de los funcionarios, vuelvo al juzgado 25 para que se me devuelva esa sustanciosa cantidad injustamente abonada y la jueza dice que como era pension de alimentos ya no se puede devolver... Que hago?
08/01/2003 06:37
A voz de pronto,se me ocurre que preguntes a tu abogado por la posibilidad de iniciar una acción por negiligencia judicial a la titular del 25 o, iniciar una acción encaminada a solicitar compensación de cantidades injustamente abonadas 6.000 €, quedando exento de abonar cantidad alguna hasta que se complete la cantidad mencionada anteriormente y apoyándote en la Sentencia de la Audiencia. Espero que te ayude.
31/01/2003 10:26
No comprendo como se te obliga a pagar mediante amenaza de embargo una cantidad a tu ex, lo normal es dejarla depositada o consignada hasta que se aclare quien tiene razon, veo la mano negra de los juzgados en esa sentencia.
07/02/2003 20:13
Supongo que te refieres a la magistrado-juez mª del carmen de la cruz gauna, es competente ha debido ser un error pues si la audiencia fallo que incrementabas bien la pension no se comprende porque no te devuelven esa cantidad de dinero.
08/02/2003 21:06
eeste tipo de situaciones son por desgracia frecuentes, porque las cantidades adeudadas por pensiones alimenticias no son compensables, por otro lado cuando se presenta una demanda de ejecución de sentencia siempre hay que señalar bienes para embargar, lo que me extarña es que no haya habido oposición a la ejecución.
juzgado 25 | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

juzgado 25

4 Comentarios
 
Juzgado 25
07/01/2003 19:02
Soy divorciado desde hace 19 años, soy funcionario, se fijo el incremento de la pension de alimentos en funcion del incremento de los funcionarios,ahora el abogado de mi ex-mujer, plantea que porque no se actualiza en funcion del IPC la pension y la jueza del juzgado 25 le da la razon, me condena a pagar con amenaza de embargo mas de 6000 euros en concepto de atrasos, recurro a la Aundiencia Provincial que me da la razon y dice que el incremento de los funcionarios, vuelvo al juzgado 25 para que se me devuelva esa sustanciosa cantidad injustamente abonada y la jueza dice que como era pension de alimentos ya no se puede devolver... Que hago?
08/01/2003 06:37
A voz de pronto,se me ocurre que preguntes a tu abogado por la posibilidad de iniciar una acción por negiligencia judicial a la titular del 25 o, iniciar una acción encaminada a solicitar compensación de cantidades injustamente abonadas 6.000 €, quedando exento de abonar cantidad alguna hasta que se complete la cantidad mencionada anteriormente y apoyándote en la Sentencia de la Audiencia. Espero que te ayude.
31/01/2003 10:26
No comprendo como se te obliga a pagar mediante amenaza de embargo una cantidad a tu ex, lo normal es dejarla depositada o consignada hasta que se aclare quien tiene razon, veo la mano negra de los juzgados en esa sentencia.
07/02/2003 20:13
Supongo que te refieres a la magistrado-juez mª del carmen de la cruz gauna, es competente ha debido ser un error pues si la audiencia fallo que incrementabas bien la pension no se comprende porque no te devuelven esa cantidad de dinero.
08/02/2003 21:06
eeste tipo de situaciones son por desgracia frecuentes, porque las cantidades adeudadas por pensiones alimenticias no son compensables, por otro lado cuando se presenta una demanda de ejecución de sentencia siempre hay que señalar bienes para embargar, lo que me extarña es que no haya habido oposición a la ejecución.