Hola a todos. En la última Junta de vecinos, llegamos todos a las 7,30 primera convocatoria, hasta las 8,00 no llego la administradora. Y cuando lo hizo, como viene siendo habitual con derrrama bajo el brazo, y sin haberlo puesto en la citación para la Junta. Ha comenzado una obra por su riesgo y cuenta, el edificio del q se habla tiene como 25 años y en la zona del ascensor a menudo se ha tenido que desatascar por aguas, que según dicen ahora, vienen de otras comunidades que estan al lado. Que INTENTARA que se hagan cargo de la parte que les corresponde. No obstante y sin presupuestos ella , ya habla de una cantidad sobre los 15.000 € y que ya veriamos. Ella no hace votaciones, solo dice, todos de acuerdo..... y yo le he hecho saber que no . Quiero ver presupuestos. Debo entonces asumir el coste? Esta mujer es la segunda vez q nos hace obra sin pasar presupuesto. La otra vez fueron 6.000 € - por 15 rejillas. Y en la reunión no se paro de llamar morosos, a los que no lo habian entregado en tiempo. Por otro lado, a la Junta, celebrada en el portal, no aporta los documentos. Le pido de verlos y me dice que tendre que pasar por su despacho. Quien debe presidir la junta el presidente/a o la administradora. Este mujer lo manipula ella todo, a su antojo, se ampara que la mayoria son personas mayores. Necesito que me digais como actuar ante esta impresentable mujer.
Nadie me va a decir nada sobre este tema de administradores., que hacen lo que quieren. entiendo que la pregunta es demasiado larga y os cansais con tanta prosa.
¿La Administradora tiene algún acta en el que se autorice, por parte de los propietarios, para realizar ésta obra? Si no es así, habla con los propietarios y decirle que la obra corre a su cargo. Que ella es una mera trabajadora contratada por la Comunidad y no tine ni voz ni voto, con lo cual, cualquier cosa que ella decida por su cuenta, tendrá que asumir su responsabilidad, que vosotros, esta obra no se decidió en ninguna Junta, y no estais de acuerdo en pagar algo que no haya decidido la Comunidad. Quien preside las Juntas es el Presidente y no la Administradora. Todo aquello que no se decida en una Junta de Propietarios, no tiene validez, a no ser, que sea un arreglo de Urgencia y no se pueda proceder a la autorización de la Junta, aunque posteriormente tiene la obligación de explicar a los propietarios tal Urgencia. Pon esto en manos de un abogado y explícale la situación que teneis con la Administradora. No teneis obligación de pagar absolutamente nada si no está , previamente, acordado en una Junta. Espero que tengas suerte, no te dejes amilanar por ella. Un saludo
Trasguyo La administradora no tiene acta de autorización. Esta mujer no acepta que es una empleada de la comunidad, hace y deshace a su antojo. Con el apoyo incondicional del que la llevo a la comunidad, un vecino , que no se que intereses le mueven, aunque me los imagino. Cuando le dices que es el presidente el que debe presidir la Junta, esta mujer sigue hablando y no escucha. Vecinos mayores y otros que pasan del tema. Si acudo a un abogado, quien me recomendais?.
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Otra cosa Decir que ha enviado el resumen de lo que se habló en la Junta, alli no hace referencia para nada que no se esta de acuerdo en acometer esa obra por falta de presupuestos. Solo dice ingresar en el banco la cantidad de ........ irracional.
No es valido, en el acta debería venir el nº de propietarios a favor y encontra y, quedar determinado que el punto de la obra queda aprobado por mayoría. Si el acta no refleja la aprobación, da igual que ponga "la cantidad a ingresar es ....." Haz la consulta que te comento y, que no se te olvide nada en la explicación. Un saludo
Trasguyo Eres muy amable al darme respuestas. Asi lo hare como me indicas. Y ya comentaré como transcurre este tema. Aunque hablando de administradores q dificil se hace el camino. Saludos.