Buenas tardes,
Estoy actualmente de baja por rotura manguito de los rotadores por contingencias comunes (fue accidente de trabajo y he interpuesto una reclamación en el INSS) y finaliza mi contrato.
¿La empresa d be seguir pagando el complemento de IT tras la finalización de mi contrato?
Mi convenio es el de la industria, tecnología y los servicios del sector Metal de la provincia de Valencia.
El convenio dice textualmente:
Las empresas complementarán las prestaciones que reciben sus trabajadores y trabajadoras en situación de Incapacidad Temporal de la Seguridad Social hasta el 100% de la base de cotización a partir del 6o día inclusive en los casos de enfermedad profesional o accidente de trabajo; y hasta el 100% a partir de los 75 días en los demás casos.
Si me pueden ayudar se lo agradecería.
Pues que quiere que le diga, si consigue convencer al Juez de que la no renovación es a causa del accdte y consigue que sea declarado accdte de trabajo sería un despido camuflado y por tanto nulo pero si cumplió cto veo difícil que le den la razón y por tanto, desde que finaliza el cto no tiene dicho a percibir el complemento IT, lo veo muy difícil.
smo
No nos dice cuántos ctos anteriores llevaba y si hasta ahora renovaba sin problemas en cuyo caso sería una prueba para demostrar que la no renovación sería por el accdte y si consigue que se declare accdt laboral podría conseguir un niño pero lo veo muy difícil.
Gracias por sus respuestas.
Ya suponía que era muy difícil por no decir casi imposible.
Me hicieron contrato de un año por circunstancias de la producción y ahora hay otra persona en mi puesto.
Supongo que hay poco/nada que hacer.