Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

La empresa no me da de baja en la S.S.

10 Comentarios
 
27/12/2022 07:19
Desde el 5 de diciembre la empresa dedicada al transporte me retiro el vehículo,y supuestamente no trabajo en ella no me ha pagado ni noviembre ni .. cuando voy al paro me dicen que estoy dado de alta ..puedo reclamar los días de alta como trabajo, además me encuentro muy angustiado si me doy de baja médica es legal gracias
22/09/2019 13:11
juan martínez
Vaya a una oficina de la TGSS y mediante un escrito explicativo, igual que ha hecho en este foro, y la documentación que posee (acta de conciliación en el Servicio de Conciliación o del Juzgado donde se haya llegado al reconocimiento de la improcedencia del despido) y solicite usted mismo la baja en Seguridad Social.

No le pondrán problemas.
21/09/2019 16:23
Luna76
No tiene usted que reclamar que durante las vacaciones sigue usted de alta y a partir de que se terminen las vacaciones será cuando sea efectiva esa baja y a partir de ahí será cuando empiece a contar el plazo para solicitar la prestación por desempleo ,(siempre y cuando cumpla los requisitos).
21/09/2019 13:01
juan martínez
Mi duda es la siguiente: La empresa me dio de baja y el INEM dice q como estoy disfrutando días de vacaciones es como si aun estuviera TRABAJANDO. Puede la empresa darme de baja mientras estoy de vacaciones?
23/06/2017 19:18
vige
Yo sinceramente no quepo en mi asombro, me informo que cuando la epresa no gestiona la baja del trabajador dentro de los tres días siguientes a su baja el trabajador puede solicitarla directamente en la Seguridad Social y que además existe un impreso normalizado para ello.
Pues bien, por experiencia propia les digo que cuando el trabajador pide la baja, la primera reaccion es de susto , por ello te niegan la solicitud, después cuando ven que vas informado y les mencionas a tu abogado entonces se lo piensan y no te dan un impreso normalizado te dan una hoja en blanco para que hagas un escrito que luego te sellan. No te dan la baja de inmediato porque antes de ello ,a pesar de que tu les has presentado tu carta de despido y tus reclamaciones ante Inspección de Trabajo quieren asegurarse y ya de paso pedir explicaciones a la persona relacionada con la empresa que gestiona la baja a través del sistema RED.
Por tanto, si de verdad existe una normativa y un impreso normalizado, el desconocimiento de los funcionarios de la Seguridad Social es vergonzoso y no es eso lo grave, si no el perjuicio que le causa al trabajador su ignorancia, porque el hecho de seguir dado de alta implica NO PODER TRABAJAR y NO PODER COBRAR EL PARO. A ver si alguién toma nota. Por cierto que responsabilidad tiene la Seguridad Social si tu presentas tu documetación y a pesar de ello te niegan la baja? ninguna?
28/09/2005 20:33
Tuve un caso en el que la empresa no había tramitado la baja en la Seguridad Social, raro verdad?,nos dimos cuenta cuando al cumplir los 55 años el trabajador solicitó el 20% de incremento y no se lo reconocian. Lo que hicimos fue presentar un impreso de baja en la Tesoreria General de la Seguridad Social, acompañado del finiquito en que que se podía apreciar el cese. Para la baja a instancia del trabajador existe un modelo normalizado en la Tesoreria, que lo diligencian en el momento de la presentación . Con ésa copia ya puedes ir al INEM.
Las solicitudes de baja o alta a instancia del trabajador están reguladas en el Real Decreto 84/96 de 26 de Ebero BOE del 27 de febrero.
28/09/2005 18:48
Hola.

Entiendo que tu mismo, como parte interesada, exhibiendo la carta de despido puedes solictar la baja ante la Tesoreria de la Social (artículo 100.2 de la LGSS)

Yambien podrias instar esa baja presentando una denuncia ante la Inspeccion de Trabajo y exihibiendo la copia de la denuncia ante el INEM cuyo proceder me parece sencillamente lamentable. Es un "ente" que cada día estoy mas convenida tiene que desaparecer por el bien de llas relaciuones laborales ya que solo sirve para que cobren los que allí moran y para poner dificultades a empresas y trabajadores.

Volviento al tema, la primera de las opciones (que en el INEM te deberian haber informado) creo que es la mas correcta.

Saludos y suerte con "La Cosa"
28/09/2005 18:38
Hola.

Si tienes claro que la empresa está tensando la cuerda, quizá tengas que acudir a la Inspección de Trabajo y denunciar la actuación de la empresa.

Saludos.
28/09/2005 16:13
Gracias por tus comentarios.
Ya he ido por la Seguridad Social, y no me han dado de "Baja".
Me imagino que también tendré algún derecho legal, para que no me prescriban los 15 días en el INEM, pues yo no tengo la culpa que la empresa me siga haciendo la vida imposible.

¿Dónde lo tengo que dedunciar para que no prescriban los 15 días y pueda cobrar el paro sin la "Baja en la S.S." de la empresa?

Muchas gracias por vuestra ayuda.
Juan Martínez
28/09/2005 15:00
Hola.

La empresa tiene 6 días naturales desde el cese de la actividad laboral para darte de baja en la seguridad social.

Dáte una vuelta por la Seguridad Social y pide la vida laboral y comprueba si es que te ha dado de baja.

La prestación de desempleo no la perderías, lo que sucedería es que prescribiría el plazo máximo de que dispones para la solicitud de la prestación de desempleo (15 días hábiles desde el inicio de la situación legal de desempleo). En ese caso, tendrías que conseguir otro puesto de trabajo, se te acumularían los días de cotización, y al finalizar este último contrato solicitarías la prestación, con el período de cotización acumulado en ambos contratos.

Espero que te haya ayudado.

La empresa no me da de baja en la s.s.
28/09/2005 14:14
Hola a todas/os.!

La empresa me ha despedido y ha aceptado la improcedencia de ésta, pero he ido a tramitar el paro y solamente me hace falta que la empresa tramite la baja en la S.S., cosa que aún no ha hecho. El INEM me ha dicho que tengo 15 días para que la empresa realice la baja y que yo se lo comunique al INEM, mis preguntas son:

¿Qué tengo que hacer, pues la empresa no me tramita dicha baja en la S.S.?

¿El INEM me dice que si no tengo la baja me archiva dicha tramitación en 15 días, sin que luego tenga derecho a dicha prestación, qué puedo hacer?

¿Me puedo quedar sin paro?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos.
Juan Martínez
La empresa no me da de baja en la S.S. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

La empresa no me da de baja en la S.S.

10 Comentarios
 
27/12/2022 07:19
Desde el 5 de diciembre la empresa dedicada al transporte me retiro el vehículo,y supuestamente no trabajo en ella no me ha pagado ni noviembre ni .. cuando voy al paro me dicen que estoy dado de alta ..puedo reclamar los días de alta como trabajo, además me encuentro muy angustiado si me doy de baja médica es legal gracias
22/09/2019 13:11
juan martínez
Vaya a una oficina de la TGSS y mediante un escrito explicativo, igual que ha hecho en este foro, y la documentación que posee (acta de conciliación en el Servicio de Conciliación o del Juzgado donde se haya llegado al reconocimiento de la improcedencia del despido) y solicite usted mismo la baja en Seguridad Social.

No le pondrán problemas.
21/09/2019 16:23
Luna76
No tiene usted que reclamar que durante las vacaciones sigue usted de alta y a partir de que se terminen las vacaciones será cuando sea efectiva esa baja y a partir de ahí será cuando empiece a contar el plazo para solicitar la prestación por desempleo ,(siempre y cuando cumpla los requisitos).
21/09/2019 13:01
juan martínez
Mi duda es la siguiente: La empresa me dio de baja y el INEM dice q como estoy disfrutando días de vacaciones es como si aun estuviera TRABAJANDO. Puede la empresa darme de baja mientras estoy de vacaciones?
23/06/2017 19:18
vige
Yo sinceramente no quepo en mi asombro, me informo que cuando la epresa no gestiona la baja del trabajador dentro de los tres días siguientes a su baja el trabajador puede solicitarla directamente en la Seguridad Social y que además existe un impreso normalizado para ello.
Pues bien, por experiencia propia les digo que cuando el trabajador pide la baja, la primera reaccion es de susto , por ello te niegan la solicitud, después cuando ven que vas informado y les mencionas a tu abogado entonces se lo piensan y no te dan un impreso normalizado te dan una hoja en blanco para que hagas un escrito que luego te sellan. No te dan la baja de inmediato porque antes de ello ,a pesar de que tu les has presentado tu carta de despido y tus reclamaciones ante Inspección de Trabajo quieren asegurarse y ya de paso pedir explicaciones a la persona relacionada con la empresa que gestiona la baja a través del sistema RED.
Por tanto, si de verdad existe una normativa y un impreso normalizado, el desconocimiento de los funcionarios de la Seguridad Social es vergonzoso y no es eso lo grave, si no el perjuicio que le causa al trabajador su ignorancia, porque el hecho de seguir dado de alta implica NO PODER TRABAJAR y NO PODER COBRAR EL PARO. A ver si alguién toma nota. Por cierto que responsabilidad tiene la Seguridad Social si tu presentas tu documetación y a pesar de ello te niegan la baja? ninguna?
28/09/2005 20:33
Tuve un caso en el que la empresa no había tramitado la baja en la Seguridad Social, raro verdad?,nos dimos cuenta cuando al cumplir los 55 años el trabajador solicitó el 20% de incremento y no se lo reconocian. Lo que hicimos fue presentar un impreso de baja en la Tesoreria General de la Seguridad Social, acompañado del finiquito en que que se podía apreciar el cese. Para la baja a instancia del trabajador existe un modelo normalizado en la Tesoreria, que lo diligencian en el momento de la presentación . Con ésa copia ya puedes ir al INEM.
Las solicitudes de baja o alta a instancia del trabajador están reguladas en el Real Decreto 84/96 de 26 de Ebero BOE del 27 de febrero.
28/09/2005 18:48
Hola.

Entiendo que tu mismo, como parte interesada, exhibiendo la carta de despido puedes solictar la baja ante la Tesoreria de la Social (artículo 100.2 de la LGSS)

Yambien podrias instar esa baja presentando una denuncia ante la Inspeccion de Trabajo y exihibiendo la copia de la denuncia ante el INEM cuyo proceder me parece sencillamente lamentable. Es un "ente" que cada día estoy mas convenida tiene que desaparecer por el bien de llas relaciuones laborales ya que solo sirve para que cobren los que allí moran y para poner dificultades a empresas y trabajadores.

Volviento al tema, la primera de las opciones (que en el INEM te deberian haber informado) creo que es la mas correcta.

Saludos y suerte con "La Cosa"
28/09/2005 18:38
Hola.

Si tienes claro que la empresa está tensando la cuerda, quizá tengas que acudir a la Inspección de Trabajo y denunciar la actuación de la empresa.

Saludos.
28/09/2005 16:13
Gracias por tus comentarios.
Ya he ido por la Seguridad Social, y no me han dado de "Baja".
Me imagino que también tendré algún derecho legal, para que no me prescriban los 15 días en el INEM, pues yo no tengo la culpa que la empresa me siga haciendo la vida imposible.

¿Dónde lo tengo que dedunciar para que no prescriban los 15 días y pueda cobrar el paro sin la "Baja en la S.S." de la empresa?

Muchas gracias por vuestra ayuda.
Juan Martínez
28/09/2005 15:00
Hola.

La empresa tiene 6 días naturales desde el cese de la actividad laboral para darte de baja en la seguridad social.

Dáte una vuelta por la Seguridad Social y pide la vida laboral y comprueba si es que te ha dado de baja.

La prestación de desempleo no la perderías, lo que sucedería es que prescribiría el plazo máximo de que dispones para la solicitud de la prestación de desempleo (15 días hábiles desde el inicio de la situación legal de desempleo). En ese caso, tendrías que conseguir otro puesto de trabajo, se te acumularían los días de cotización, y al finalizar este último contrato solicitarías la prestación, con el período de cotización acumulado en ambos contratos.

Espero que te haya ayudado.

La empresa no me da de baja en la s.s.
28/09/2005 14:14
Hola a todas/os.!

La empresa me ha despedido y ha aceptado la improcedencia de ésta, pero he ido a tramitar el paro y solamente me hace falta que la empresa tramite la baja en la S.S., cosa que aún no ha hecho. El INEM me ha dicho que tengo 15 días para que la empresa realice la baja y que yo se lo comunique al INEM, mis preguntas son:

¿Qué tengo que hacer, pues la empresa no me tramita dicha baja en la S.S.?

¿El INEM me dice que si no tengo la baja me archiva dicha tramitación en 15 días, sin que luego tenga derecho a dicha prestación, qué puedo hacer?

¿Me puedo quedar sin paro?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos.
Juan Martínez