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la fecha en la que el IBI dejó de ser un impuesto estatal para convertirse en local.

6 Comentarios
 
La fecha en la que el ibi dejó de ser un impuesto estatal para convertirse en local.
19/05/2009 19:33
Buenas tardes.
Perdonad la pregunta, pero no encuentro por ningún lado la fecha en la que el IBI dejó de ser un impuesto estatal para convertirse en local.
He estado mirando la Ley de Haciendas locales 39/88 (DT 2ª) pero lo único que dice que el IBI se aplicará en todo el territorio español.
Soy civilista, y de impuestos y su historia no sé demasiado... pero necesito esta fecha para una demanda.
Gracias por adelantado..
19/05/2009 20:04
Que se sepa el IBI y su gestión sigue siendo estatal
Lo que sucedió con el nuevo régimen de la Contribución Urbana ( años 1965-70, etc. no recuerdo las fechas pues hay varios Decretos)) es que pasaron a fijarse los valores catastrales mediante una ponencia mixta que se convoca, creo recordar cada 5 años, y continúa gestionándolo el Estado, mediante el Catastro del Estado, pues la complejidad del tema rebasaba a los Ayuntamientos.
El 90 % de lo recaudado es lo que se cede a los Ayuntamientos que controlan mejor, mediante las licencias, las altas y bajas, y recientemente , se les permite recargarlo o disminuirlo ( modularlo) , hasta unos limtes.
La Direccción General del Catasrtro depende del Ministerion de Hacienda, y controla las revisiones catastrales a través de las Delegaciones de Hacienda, enviando las relaciones a los Ayuntamientos que cuando tienen medios
( grandes municipios) incluso confeccionan los recibos. En Hacienda pueden informar. Saludos
20/05/2009 17:12
Gracias.
Lo he encontrado.
En la ya derogada Ley Sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas 44/1978 (DT 2, b)) se estableció que el impuesto sobre la contribución territorial y urbana se "transforman en tributos locales de carácter real".
20/05/2009 20:45
Lo que es impresentable, es que se haya permitido que cada Ayuntamiento aplique su cuota respecto al valor catastral.
El espectro es muy variado, desde 0,30 hasta 0,90.
Precisamente es mas alto, en aquellos municipios donde los ciudadanos tienen mas carencias y el Ayuntamiento les da menos servicios.
20/05/2009 22:21
En efecto, además de ser un impuesto que incide sobre una de las necesidades básicas del Hombre, como es la vivienda, (impuesto canallesco), su utilización está politizada, pues llega un Alcalde ansioso de popularidad y lo baja el 0'30 al año siguiente, o por el contrario llega uno ambicioso y lo sube hasta el 90 % más permitido, dando los "catastrazos", ya conocidos y famosos.
Respecto a lo que dijo el Texto del IRPF no está bien redactado pues la Contribución Urbana ( ahora IBI), siempre fué un impuesto REAL, siendo, aún hoy en dia, indiferente la titularidad.
La dirección técnica y control la hace el Estado mediante la Dirección Geneeral del Catastro, que tiene su Ley del Catastro, cediendo el 90 % y la gestión de cobro, a los Ayuntamientos, o si se prefiere, son los Ayuntamientos que envían el 10 % de lo recaudado al Estado.
Como en el cine...., lo dicho en la Ley, sería mera coincidencia con la realidad.....
21/05/2009 23:54
Vio, quieres decir, que la redacción dada en la Ley de IRPF 44/78 es redundante?
22/05/2009 05:52
Si. La contribución Urbana (CU) se definió en su dia como impuesto "directo, Real y de producto", es decir gravaba las rentas que son susceptibles de producir los inmuebles.
Este concepto no se perdió cuando pasaron a denominarlo IBI, pero el Catastro es el mismo, y las rentas siguen siendo imputables en el IRPF.
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La fecha en la que el ibi dejó de ser un impuesto estatal para convertirse en local.
19/05/2009 19:33
Buenas tardes.
Perdonad la pregunta, pero no encuentro por ningún lado la fecha en la que el IBI dejó de ser un impuesto estatal para convertirse en local.
He estado mirando la Ley de Haciendas locales 39/88 (DT 2ª) pero lo único que dice que el IBI se aplicará en todo el territorio español.
Soy civilista, y de impuestos y su historia no sé demasiado... pero necesito esta fecha para una demanda.
Gracias por adelantado..
19/05/2009 20:04
Que se sepa el IBI y su gestión sigue siendo estatal
Lo que sucedió con el nuevo régimen de la Contribución Urbana ( años 1965-70, etc. no recuerdo las fechas pues hay varios Decretos)) es que pasaron a fijarse los valores catastrales mediante una ponencia mixta que se convoca, creo recordar cada 5 años, y continúa gestionándolo el Estado, mediante el Catastro del Estado, pues la complejidad del tema rebasaba a los Ayuntamientos.
El 90 % de lo recaudado es lo que se cede a los Ayuntamientos que controlan mejor, mediante las licencias, las altas y bajas, y recientemente , se les permite recargarlo o disminuirlo ( modularlo) , hasta unos limtes.
La Direccción General del Catasrtro depende del Ministerion de Hacienda, y controla las revisiones catastrales a través de las Delegaciones de Hacienda, enviando las relaciones a los Ayuntamientos que cuando tienen medios
( grandes municipios) incluso confeccionan los recibos. En Hacienda pueden informar. Saludos
20/05/2009 17:12
Gracias.
Lo he encontrado.
En la ya derogada Ley Sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas 44/1978 (DT 2, b)) se estableció que el impuesto sobre la contribución territorial y urbana se "transforman en tributos locales de carácter real".
20/05/2009 20:45
Lo que es impresentable, es que se haya permitido que cada Ayuntamiento aplique su cuota respecto al valor catastral.
El espectro es muy variado, desde 0,30 hasta 0,90.
Precisamente es mas alto, en aquellos municipios donde los ciudadanos tienen mas carencias y el Ayuntamiento les da menos servicios.
20/05/2009 22:21
En efecto, además de ser un impuesto que incide sobre una de las necesidades básicas del Hombre, como es la vivienda, (impuesto canallesco), su utilización está politizada, pues llega un Alcalde ansioso de popularidad y lo baja el 0'30 al año siguiente, o por el contrario llega uno ambicioso y lo sube hasta el 90 % más permitido, dando los "catastrazos", ya conocidos y famosos.
Respecto a lo que dijo el Texto del IRPF no está bien redactado pues la Contribución Urbana ( ahora IBI), siempre fué un impuesto REAL, siendo, aún hoy en dia, indiferente la titularidad.
La dirección técnica y control la hace el Estado mediante la Dirección Geneeral del Catastro, que tiene su Ley del Catastro, cediendo el 90 % y la gestión de cobro, a los Ayuntamientos, o si se prefiere, son los Ayuntamientos que envían el 10 % de lo recaudado al Estado.
Como en el cine...., lo dicho en la Ley, sería mera coincidencia con la realidad.....
21/05/2009 23:54
Vio, quieres decir, que la redacción dada en la Ley de IRPF 44/78 es redundante?
22/05/2009 05:52
Si. La contribución Urbana (CU) se definió en su dia como impuesto "directo, Real y de producto", es decir gravaba las rentas que son susceptibles de producir los inmuebles.
Este concepto no se perdió cuando pasaron a denominarlo IBI, pero el Catastro es el mismo, y las rentas siguen siendo imputables en el IRPF.