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la Ley como trampa

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La ley como trampa
25/10/2003 17:19
Se dice:"Quien hizo la ley hizo la trampa", pues bien yo propongo esete debate;¿es la Ley de Prevención de Riesgos Laborales una trampa para el trabajador?.
Dice la L.P.R.L. que la función de los delegados de prevención es poner en conocimiento de la empresa aquellas deficiencias que observen en materia de seguiridad, para que ésta ponga remedio.Si la empresa no hace caso y despues de que el Comité de Empresa denuncie las deficiencias, la empresa sea apercibida y posteriormente multada, y persistiendo la deficiencias estas fueran de peligro grave contra la salud de los trabajadores, la Dirección de trabajo puede proceder al cierre de la actividad...entonces la empresa despide a los trabajadores, que por falta de poder seguir con la actividad,le sobran.Por consuguiente los propios trabnajadores acusaran asus compañeros delegados de no haber resuelto el tema de otra manera, y por ello verse en el paro.
Y yo pregunto de que otra manera se resuelve el empecinamiento de una empresa a no invertir en seguridad.¿A caso debería imputarse,la falta de inversión pudiedo hacerla,como delito contra la salud de los trabajadores,segun se establece en Código Penal, al o los responsables de la empresa, y castigarlos con pena de privación de libertad?.
En lugar de decretar el cierre,o ademas,¿debería la misma autoridad laboral de intervenir de oficio,acusando de delito a personas concretas,sin esperar a que halla muertos.?
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La ley como trampa
25/10/2003 17:19
Se dice:"Quien hizo la ley hizo la trampa", pues bien yo propongo esete debate;¿es la Ley de Prevención de Riesgos Laborales una trampa para el trabajador?.
Dice la L.P.R.L. que la función de los delegados de prevención es poner en conocimiento de la empresa aquellas deficiencias que observen en materia de seguiridad, para que ésta ponga remedio.Si la empresa no hace caso y despues de que el Comité de Empresa denuncie las deficiencias, la empresa sea apercibida y posteriormente multada, y persistiendo la deficiencias estas fueran de peligro grave contra la salud de los trabajadores, la Dirección de trabajo puede proceder al cierre de la actividad...entonces la empresa despide a los trabajadores, que por falta de poder seguir con la actividad,le sobran.Por consuguiente los propios trabnajadores acusaran asus compañeros delegados de no haber resuelto el tema de otra manera, y por ello verse en el paro.
Y yo pregunto de que otra manera se resuelve el empecinamiento de una empresa a no invertir en seguridad.¿A caso debería imputarse,la falta de inversión pudiedo hacerla,como delito contra la salud de los trabajadores,segun se establece en Código Penal, al o los responsables de la empresa, y castigarlos con pena de privación de libertad?.
En lugar de decretar el cierre,o ademas,¿debería la misma autoridad laboral de intervenir de oficio,acusando de delito a personas concretas,sin esperar a que halla muertos.?