Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

La maldición del gitano

6 Comentarios
 
La maldición del gitano
26/11/2006 23:27
!Que tengas pleitos y los ganes!
Impresionante....
En 1998 una comunidad de la que formo parte, nefasta comunidad, interpuso una peligrosa demanda contra un propietario que había construido dos habitaciones en un patio de luces, previa clausura de paso a traves de la escalera, ?impresionante, verdad¿ los miembros de la junta no lo habiamos apercibido hasta que, el water de una de las habitaciones, hizo un daño a un local de abajo, éste reclamó, la compañía de seguros se inhibió, el propietario de abajo demandó a la comunidad, esta paso de todo, final, 200.000 pts. a pagar; observando el origen del problema ya los nuevos miembros, previo acuerdo general, se acordó un procedimiento judicial para obligar al vecino causante desmantelara su obra, a los dos años el juez se manifiesta claramente a favor de la comunidad y se pronuncia a favor de la comunidad, solo falta ejecutar la sentencia; el juez se pronuncia SIN COSTAS; nuestro abogado nos informa que el contrario ha apelado al TS y nos recomienda no obligar a desmantelar, por si acaso; ayer exactamente tenemos noticias TS, se reitera en la primera sentencia, TAMBIEN SIN COSTAS, en la primera sentencia el abogado entre honorarios y suplidos nos endiño 4500 euros, ahora nos pide otros tantos, no hay dinero y hay que hacer una derrama.
Conclusion: La comunidad ha ganado pero tenemos que pagar a nuestro abogado 9000euros.
?tiene una explicacion la postura de los jueces?
?es correcto el criterio de los jueces y en que fundamenta el mediar como Pilatos los gastos sobre un claro caradura y con reiteración.
Pondre un ejemplo, yo le hincho un ojo a una persona, esta me demanda y yo le cuento un cuento al juez, que fué sin querer..... absuelto.
sencillamente, me parece desconcertante.
Si esto es la ley, que venga Dios y lo vea.
27/11/2006 11:29
Su abogado, ¿solicito condena en costas, en todas las instancias, incluido el TS?.
27/11/2006 15:15
Que barbaridad!!

Con los 9000 de la comunidad mas los 9000 que habra pagado el vecino demandado,suman 18.000 euros ,seguro que con muchisimo menos podrían haber llegado a un acuerdo bueno para todos,,por ejemplo dejarle el cubrimiento que tiene hace años pero reformarlo de manera que no obstruya las bajantes comunitarias,,seguro que se podria haber llegado a un acuerdo asi que no valdra mas de 2/3000 euros que seguro que el vecino hubiera pagado para mantener su obra,,,,y puestos a gastar ,con lo que le habeis dado a los abogados seguro que podriais haber invertido ese dinero en la comunidad ya que parece que estais pelaos.

No habia en esa comunidad nadie con sentido comun para evitar el pleito???,,,nadie pregunto lo que vale un pleito de ese tipo mas un recurso?? ,,¿acaso fuisteis tan pardillos que creisteis al abogado que os dijo que seguro que lo condenaban en costas??
27/11/2006 15:27
al contrario; cada uno paga lo suyo.
Gracias por tu intervención.
Te diré lo que dice el Juez en los fallos, excluyo los argumentos por no alargar.
1999 1er fallo: juzgado de primera instancia.
fallo a favor de la comunidad de que el causante reponga el patio a su estado originario.
cuarto.-no se hace expresa condena en costas pese a la desestimacion de la demanda(????) al no acreditarse mala fé en ninguna de las partes.??????.
2006 TS reiterandose en la sentencia condenatoria en AP
5º....procede declarar inadmisible el recurso de casacion y firme la Sentencia, de conformidad con los articulos 483.4 LEC 2000, dejando sentado el articulo 483.5 que contra este Auto no cabe recurso alguno.
6º abierto el trámite de puesta de manifiesto contemplado len el articulo 483.3 de la LEC 2000 y habiendo presentado escrito de alegaciones la parte recurrida no procede hace expresa imposición de costas en el presente recurso.
En virtud. La sala acuerda.
No admitir el recurso contra la sentencia 2001 ap.

y que.....
pues que en argumentacion los perjudicantes consiguieron demostrar al juez que "no estaban haciendo daño y que eran formalines, formalines
y asi, EL MARRON PARA LAS DOS PARTES. En tanto
inutilizando el patio de uso comun para los pasmados propietarios "masa borreguil" que no conocen sus derechos.
El juicio de Pilatos, parto el niño por la mitad y en paz.. ?vale.
27/11/2006 15:40
El del juicio ese ¿no era Salomón? Pilatos era el que se lavaba las manos.
27/11/2006 19:12
¿De qué viviría la justicia si hubiera justicia?.

Ustedes pagan y el perdedor también paga. ¿quién gana?. Los que trabajan para la justicia.

¿No se habrá creído que todos somos iguales ante la ley?
29/11/2006 22:53
Salgo porque el tema se parece a un problema que nuestra comunidad tuvo con un caso parecido en una terraza; después de años; la comunidad demandó; después bastante tiempo, el propietario pudo hacer valer una especie de derecho adquirido por tiempo que nadie denunció; solo cuando el vecino de abajo se quejo por goteras; final; el juez didó el derecho a la comunidad pero valieron las argumentaciones del que hizo la obra;.la comunidad pago a su abogado, el vecino al suyo y por desgracia, la comunidad no mandó ejecutar la sentencia que requería derruir la obra y ahora el vecino es presidente a perpetuidad y todos tan contentos.
La maldición del gitano | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

La maldición del gitano

6 Comentarios
 
La maldición del gitano
26/11/2006 23:27
!Que tengas pleitos y los ganes!
Impresionante....
En 1998 una comunidad de la que formo parte, nefasta comunidad, interpuso una peligrosa demanda contra un propietario que había construido dos habitaciones en un patio de luces, previa clausura de paso a traves de la escalera, ?impresionante, verdad¿ los miembros de la junta no lo habiamos apercibido hasta que, el water de una de las habitaciones, hizo un daño a un local de abajo, éste reclamó, la compañía de seguros se inhibió, el propietario de abajo demandó a la comunidad, esta paso de todo, final, 200.000 pts. a pagar; observando el origen del problema ya los nuevos miembros, previo acuerdo general, se acordó un procedimiento judicial para obligar al vecino causante desmantelara su obra, a los dos años el juez se manifiesta claramente a favor de la comunidad y se pronuncia a favor de la comunidad, solo falta ejecutar la sentencia; el juez se pronuncia SIN COSTAS; nuestro abogado nos informa que el contrario ha apelado al TS y nos recomienda no obligar a desmantelar, por si acaso; ayer exactamente tenemos noticias TS, se reitera en la primera sentencia, TAMBIEN SIN COSTAS, en la primera sentencia el abogado entre honorarios y suplidos nos endiño 4500 euros, ahora nos pide otros tantos, no hay dinero y hay que hacer una derrama.
Conclusion: La comunidad ha ganado pero tenemos que pagar a nuestro abogado 9000euros.
?tiene una explicacion la postura de los jueces?
?es correcto el criterio de los jueces y en que fundamenta el mediar como Pilatos los gastos sobre un claro caradura y con reiteración.
Pondre un ejemplo, yo le hincho un ojo a una persona, esta me demanda y yo le cuento un cuento al juez, que fué sin querer..... absuelto.
sencillamente, me parece desconcertante.
Si esto es la ley, que venga Dios y lo vea.
27/11/2006 11:29
Su abogado, ¿solicito condena en costas, en todas las instancias, incluido el TS?.
27/11/2006 15:15
Que barbaridad!!

Con los 9000 de la comunidad mas los 9000 que habra pagado el vecino demandado,suman 18.000 euros ,seguro que con muchisimo menos podrían haber llegado a un acuerdo bueno para todos,,por ejemplo dejarle el cubrimiento que tiene hace años pero reformarlo de manera que no obstruya las bajantes comunitarias,,seguro que se podria haber llegado a un acuerdo asi que no valdra mas de 2/3000 euros que seguro que el vecino hubiera pagado para mantener su obra,,,,y puestos a gastar ,con lo que le habeis dado a los abogados seguro que podriais haber invertido ese dinero en la comunidad ya que parece que estais pelaos.

No habia en esa comunidad nadie con sentido comun para evitar el pleito???,,,nadie pregunto lo que vale un pleito de ese tipo mas un recurso?? ,,¿acaso fuisteis tan pardillos que creisteis al abogado que os dijo que seguro que lo condenaban en costas??
27/11/2006 15:27
al contrario; cada uno paga lo suyo.
Gracias por tu intervención.
Te diré lo que dice el Juez en los fallos, excluyo los argumentos por no alargar.
1999 1er fallo: juzgado de primera instancia.
fallo a favor de la comunidad de que el causante reponga el patio a su estado originario.
cuarto.-no se hace expresa condena en costas pese a la desestimacion de la demanda(????) al no acreditarse mala fé en ninguna de las partes.??????.
2006 TS reiterandose en la sentencia condenatoria en AP
5º....procede declarar inadmisible el recurso de casacion y firme la Sentencia, de conformidad con los articulos 483.4 LEC 2000, dejando sentado el articulo 483.5 que contra este Auto no cabe recurso alguno.
6º abierto el trámite de puesta de manifiesto contemplado len el articulo 483.3 de la LEC 2000 y habiendo presentado escrito de alegaciones la parte recurrida no procede hace expresa imposición de costas en el presente recurso.
En virtud. La sala acuerda.
No admitir el recurso contra la sentencia 2001 ap.

y que.....
pues que en argumentacion los perjudicantes consiguieron demostrar al juez que "no estaban haciendo daño y que eran formalines, formalines
y asi, EL MARRON PARA LAS DOS PARTES. En tanto
inutilizando el patio de uso comun para los pasmados propietarios "masa borreguil" que no conocen sus derechos.
El juicio de Pilatos, parto el niño por la mitad y en paz.. ?vale.
27/11/2006 15:40
El del juicio ese ¿no era Salomón? Pilatos era el que se lavaba las manos.
27/11/2006 19:12
¿De qué viviría la justicia si hubiera justicia?.

Ustedes pagan y el perdedor también paga. ¿quién gana?. Los que trabajan para la justicia.

¿No se habrá creído que todos somos iguales ante la ley?
29/11/2006 22:53
Salgo porque el tema se parece a un problema que nuestra comunidad tuvo con un caso parecido en una terraza; después de años; la comunidad demandó; después bastante tiempo, el propietario pudo hacer valer una especie de derecho adquirido por tiempo que nadie denunció; solo cuando el vecino de abajo se quejo por goteras; final; el juez didó el derecho a la comunidad pero valieron las argumentaciones del que hizo la obra;.la comunidad pago a su abogado, el vecino al suyo y por desgracia, la comunidad no mandó ejecutar la sentencia que requería derruir la obra y ahora el vecino es presidente a perpetuidad y todos tan contentos.